Re: [lac-discuss-en] =? Iso-8859-1? Q? Fw = 3A__Consulta_a_la_Regi F3n_-_E =? == Iso-8859-1? Q? Lecciones_ALAC_!? =
[[--Translated text (es -> en)--]] Subject: Re: =? Iso-8859-1? Q? Fw = 3A__Consulta_a_la_Regi F3n_-_E =? == Iso-8859-1? Q? Lecciones_ALAC_!? = From: asoto@ibero-americano.org Dear William, I am sorry to disagree in your interpretation. Insist that we are looking at regulations, not nationalities. The "animus", you must have if he wants to finish his studies, and that nimus desaparecercuando the same finish. That is, after finalzara end the management, in the event that was chosen. The most important thing is to be the gestin representing users Our RALO Internet, and being in contact with them, not only remotely. We must capture their concerns, to do this course, seminars. and then completes the cycle to bring these concerns to ICANN travs of our ALS. This is not what I say, are statutory issues we should all read, including the candidates. The example of Andres, vlido not at all. Always sercordobsy if intended to elect him president of LACNIC, debercumplir with regulations.I would have liked, which cites some aspect regulations. Best Regards Alberto Soto ----- Original Message ----- From: lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org [Mailto: lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org] On Behalf Of William M. Zamora - Lawyer Posted on: Thursday, August 9, 2012 9:50 a.m. To: lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org Subject: Re: [lac-discuss-en] Re: Question to Regin - Elections ALAC! Dear: From ADIAR, carefully follow the posing discusiny forward by Mr. Chairman. - Debaclarar one thing on the issue of animus and corpus, states that the residence of an individual as well Seala estdeterminada Mr. President in both aspects, but differ substantially in the careful interpretation which I do not think at all that the animus of Humberto is living in Edinburgh. - Those who have the pleasure and pride to know we know it's Humberto Chile to the core, his arguments are Chilean and therefore American, the place where they are our bones do not define us in all. - Humberto living in Edinburgh does not mean that in this world where we can be more aware of what's happening in our city for the internet local newspaper, I believe that this interpretation is not only objectively correct but that does not conform to the times and technologies we use. - The standard is not clear and decisive, to give them an example of what I ie, those who know me and know I'm Patagonian Chubut, in my little viv12 student years in the north of my country, in the province of Santa Fe, someone could say that dejde be Chubut and patagnico for being forced to live allpor econmicas issues?, Someone may think that eg. Mr. Andres Piazza Public Affairs Officer at present * LACNIC <http://www.linkedin.com/company/91831?trk=pro_other_cmpy> , * Who currently residing in Uruguay, Argentina ** less cordobsy? or know less what happens in our country?, at all, the animus is not just the will stay in one place, but the will to stay regardless of external circumstances. - I understand what sealado by Mr.President and will share if we lived in another was that there was the communication, but is not the case, in my absolutely personal and entirely subjective optical opinin consider Humberto Carrasco, has stated his home where the law but Whether residence is not defined by this situation whatsoever. - Best regards and sorry for the disgrecin William M. Zamora Representative ADIAR Informtico Law Association of Argentina On August 9, 2012 8:58 Horacio Fernandez Delpech < hfernandez@hfernandezdelpech.com.ar> escribitbNL>
-----Original Message----- From: Humberto Carrasco Sent: Thursday, August 09, 2012 3:37 AM To: lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org Subject: Re: [lac-discuss-es] Consulta a la Región - Elecciones ALAC !!!
Estimados todos:
Primero que todo, quiero manifestar que no estoy para nada molesto con el planeamiento. Lo único criticable es que se haga con tanto poco tiempo para responder antes de la teleconferencia del día. ¿No será muy poco tiempo preparar una respuesta adecuada?
De todas formas voy a responder hoy.
Me parece absolutamente necesario que se haga esta pregunta a la región para que no quede la menor duda de que si cumplo con los requistos para ser candidato. Aunque se me quiera ganar por secretaria "como se dice en Chile" voy a tratar de explicar con sólidos fundamentos jurídicos el porque estoy en completo desacuerdo con este intepretación del requisito que hacen algunos.
Lo único que les pido es que me den tiempo hasta las 18:00 UCT antes de emitir una opinión por la lista. A mi no me han dado la posibilidad de defenderme ni comentar esta situación. Por ello, en virtud del "Derecho al debido Proceso" tan de moda hoy en día, es que solicito ese
Por ello, a aquellos que aún no se pronuncian, les ruego, que no lo hagan hasta despues de emitir mi correo.
Un abrazo
Dear all:
First of all, let me say that I am not upset with this issue. The only criticism, is that I have little time to respond before the teleconference of today. Do you think I have enought time to prepare an appropriate response?
However, I will respond today.
I find it absolutely necessary to ask this question to the region to leave no doubt that I comply with the requirements to be a candidate. Although someone wants to win via secretary "as we say in Chile," I will try to explain the legal foundations because I completely disagree with this interpretation.
Please, give me time until 18:00 UCT before to send an opinion the list. I did not have the opportunity to defend or comment on this situation before. Therefore, under the "the right to due process" so fashionable today, in latinamerica, I request this time.
Therefore, If you have not send your opinion regarding this issue to the list, I beg you, please wait until my reply.
A hug
El 09-08-2012 1:00, José Francisco Arce escribió:
Estimados,
Les escribo en esta oportunidad para participarlos en una situación que se ha dado en las últimas semanas en LACRALO, referente a la situación de Humberto Carrasco como candidato a miembro de ALAC, teniendo su residencia actual en Edimburgo y el posible conflicto con los principios operativos de LACRALO en la regla numero 8 (Citada mas abajo).
He recibido mail del Staff de ICANN inclusive, consultando esta situación particular, y varios mails de miembros de la región preocupados y con dudas acerca de las elecciones próximas. Y se ha convertido en un tema que merece la discusión y el conocimiento de la región.
Antes de enviar este email, tuve oportunidad de hablar personalmente con Humberto y el comparte la idea de debatir entre todos esta
De todas las consultas y charlas que he tenido arme un resumen de las situaciones y preocupaciones generales y las comparto con ustedes para que puedan opinar.
Saludos
José Arce.-
Presidente de LACRALO
*Lugar de residencia de Humberto Carrasco*
Humberto está viviendo en Edimburgo, Escocia, y está estudiando un Doctorado en la Universidad de Edimburgo. Él mismo ha expresado esta situación cuando envió un correo electrónico a la lista de discusión de LACRALO, aceptando la nominación propuesta como representante de LACRALO ante ALAC.
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2012/004678. html
También existen correos electrónicos en la lista de discusión de LACRALO donde él solicita que lo llamen para una teleconferencia de LACRALO, donde brinda un número telefónico de Escocia para recibir la llamada.
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-en/2012/005262. html
Además en la página personal de Facebook, donde cada uno de los usuarios brinda los datos que quiere brindar de manera voluntaria, Humberto ha expresado que vive en Edimburgo, Escocia.
https://www.facebook.com/humberto.carrasco.376
< http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-en/2012/005262.ht ml También en su perfil personal de Facebook, Humberto ha expresado que comenzó sus estudios en la Universidad de Edimburgo en el año 2011. Como es de público conocimiento, estudiar un Doctorado de la rama que fuere, demanda mucho más que un año de estudio, por lo que se infiere que todavía está viviendo en Edimburgo y estudiando su Doctorado en la Universidad de Edimburgo.
https://www.facebook.com/humberto.carrasco.376/info
*Requisitos de residencia para estudiar un Doctorado en la Universidad de Edimburgo (Escocia)*
En el enlace que se acompaña se detallan los requisitos de residencia para estudiar un Doctorado en Edimburgo en el sector de las telecomunicaciones como el que Humberto está realizando.
http://www.drps.ed.ac.uk/08-09/regulations/postgrad.php
Entre esos requisitos contenidos en el punto 4 se exige que los candidatos a PhD deben mantener su *residencia en Edimburgo* *durante el período de estudio* (en Doctorados tienen un mínimo de 3 años de duración) a menos que una licencia de ausencia haya sido permitida. *Se entiende por residencia en Edimburgo: residencia en la ciudad de Edimburgo o en sus inmediaciones, y proximidad del candidato a Edimburgo, para permitir la facilidad de las reuniones cara a cara con sus supervisores y el estudio, dirigido por el supervisor y aprobado por la Facultad*.
Este documento de la Universidad de Edimburgo también establece la posibilidad de residencia en otro lugar para candidatos a PhD para fines de trabajo de campo e investigaciones académicas siempre que no excedan el plazo de 15 meses, aunque debiendo residir al menos durante 9 meses de la duración de su Doctorado en Edimburgo. Para hacer uso de esta posibilidad los candidatos deberán obtener la autorización por escrito del Director de la Facultad y con la exigencia de mantener un contacto regular con su propio supervisor.
Los permisos para razones distintas a trabajos de campo o investigaciones académicas, serán concedidos de manera excepcional por
*Requisitos para los representantes de LACRALO ante ALAC*
La primera regla a la que debemos acudir es a nuestros Principios Operativos de LACRALO, que tienen contemplada esta situación de manera expresa, taxativa y clara.
En caso de que haya laguna en ese tema en nuestros Principios Operativos, recién ahí se deben recurrir a reglas externas, como las Reglas de Procedimiento de ALAC, y recién luego a los Estatutos de
Las Reglas de Procedimiento de ALAC, no tienen nada previsto sobre este tema. Los estatutos de ICANN se refieren a la residencia, pero solo con respecto a los Directores de la Junta y para cumplir con el requisito de la diversidad regional que está contemplada y exigida de manera expresa para poder ser miembros.
*Principios Operativos de LACRALO*
Los Principios Operativos de LACRALO disponen en su principio número 8, primer párrafo referido a los representantes de LACRALO ante ALAC de manera expresa:
8. La LACRALO elegirá a dos (2) individuos para servir como representantes ante el At Large Advisory Committee (ALAC), en los términos que han sido especificados en los estatutos de ICANN. Sólo aquellas ALS que hayan sido acreditadas antes de la votación, podrán votar en la elección. Cada ALS acreditada tendrá derecho a un voto. Los *representantes seleccionados *deben ser miembros de diferentes ALS, *deben tener su lugar de residencia principal en diferentes países de la región*, y sus nacionalidades deben ser distintas. Los representantes tendrán a su cargo las responsabilidades estipuladas en los estatutos del ICANN.*
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25 20Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%220ES%2520.pdf?v ersion=1&modificationDate=1283972736000
*
*Interpretación de los abogados de ICANN*
Sam Eisner writes =>
**STARTS**
The LACRALO may wish to consider how issues of diversity are discussed in the ICANN Bylaws for the purposes of determining
For purposes of this sub-section 2 of Article VI, Section 2 of the ICANN Bylaws, if any candidate for director maintains citizenship of more than one country, or has been domiciled for more than five years in a country of which the candidate does not maintain citizenship ("Domicile"), that candidate may be deemed to be from either country and must select in his/her Statement of Interest the country of citizenship or Domicile that he/she wants the Nominating Committee to use for Diversity Calculation purposes. For purposes of this sub- section 2 of Article VI, Section 2 of the ICANN Bylaws, a person can only have one "Domicile," which shall be determined by where the candidate has a permanent residence and place of habitation.
There are considerations of issues of citizenship (which don't seem to be at issue with this candidate) and where he lives. The NomCom requirement sets a 5-year window which could allow for items such as schooling, etc. The LACRALO may wish to consider whether a school's requirement that a matriculant live near the school to further his education equals a requirement that the matriculant no longer maintain any sort of residence elsewhere and they may wish to discuss this with the candidate before taking a decision on whether the candidacy is viable. Whatever decision is taken, I would recommend getting a full view of the facts from the candidate, and not basing a decision fully on independent internet research.
I don't see in the ALAC ops document that there's any discussion of residency requirements, so I don't see a conflict there.
** ENDS**
En la consulta realizada a los abogados de ICANN, expresan lo expresado arriba. Aunque se olvidan que cuando la situación presentada está contemplada de manera expresa en nuestros estatutos, debemos recurrir en primer lugar, a ellos. Además hacen referencia a las elecciones a cargo del NomCom, que se rigen por reglas diferentes a las de LACRALO.
En este caso, estamos buscando elegir por la región, a un representante de LACRALO ante ALAC. Se tienen que aplicar las reglas que rigen en nuestra región, no las del NomCom. Las del NomCom se aplicarán cuando se elijan candidatos a su cargo, que no es nuestro caso.
Aplicar reglas de extraña jurisdicción afectan la *independencia y autonomía que debe tener un RALO: la posibilidad de dictar por sus propios estatutos y regirse por ellos*.
* *
*¿Cómo se debe interpretar el requisito de la residencia?*
Legalmente, la residencia implica dos elementos: el *corpus *y el *animus*. Es decir, encontrarse físicamente en un lugar (con el cuerpo de la persona en dicho lugar, viviendo en determinado lugar) y además dicha persona debe tener la intención, el *animus*, de permanecer allí.
En la documentación acompañada queda demostrado que Humberto Carrasco, vive, reside, tiene su *corpus* en Edimburgo y además que tiene la intención (el *animus*) de permanecer allí, debido a que aún se encuentra estudiando su Doctorado y para finalizarlo deberá continuar viviendo en Edimburgo, tal como se lo exigen los reglamentos de residencia para los Doctorados de la Universidad de
Además es propio y de la naturaleza de la residencia, que una persona no puede tener dos o más residencia, en distintos lugares y al mismo tiempo, debido principalmente a que una persona sólo dispone de un cuerpo. Es decir, en nuestro caso, Humberto no puede tener su residencia, vivir, en Edimburgo y en Chile, al mismo tiempo.
También vienen en ayuda para determinar la residencia de las personas, generalmente, las legislaciones en materia tributaria de cada Porque se entiende como regla general, que todos los ciudadanos tributan en el país en el que viven o tienen su residencia principal. Salvo excepciones, en las que una persona aún viviendo en un determinado país, deberá tributar en otro país, si en el segundo tiene fuente de ingresos.
Si se sostiene que Humberto tiene residencia en Chile, recurrimos a la legislación tributaria de dicho país, especialmente la referida al Impuesto sobre las Rentas provenientes de bienes situados en Chile o de actividades desarrolladas en él, es decir, de fuente chilena.
Para la legislación chilena se entiende entonces por residencia, a los fines tributarios a:
*"Residente", toda persona natural que permanezca en Chile más de seis meses en un año calendario, o más de seis meses en total, dentro de dos años tributarios consecutivos, *
Por lo tanto, debemos preguntarnos, partiendo de que una persona no puede tener dos residencias diferentes y al mismo tiempo, si ser residente en Chile implica estar más de seis meses en el país, y por otro lado, los reglamentos de residencia de la Universidad de Edimburgo, le exigen a Humberto residir en Edimburgo o sus inmediaciones durante el plazo de sus estudios, ¿cómo podría residir al
* *
*El quid a discutir es (desde mi punto de vista):*
Se incumple el requisito de la residencia que establecen los Principios Operativos de LACRALO *tener su lugar de residencia principal en diferentes países de la región por tener Humberto Carrasco actualmente su residencia en Edimburgo?*
Espero que podamos debatir este tema para hacer transparentes nuestros procesos. _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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__________ Información de ESET NOD32 Antivirus, versión de la base de firmas de virus 7369 (20120809) __________
ESET NOD32 Antivirus ha comprobado este mensaje.
William M. Zamora Advocate - Study jurdico "Lex-Trelew" Twitter: @ guillermozam Skype: gmzamora Iberoamerican Network Manager ElDerechoInformatico.com <http://www.elderechoinformatico.com> Immigrants N 320 - 0280-4427490 Trelew - Chubut _______________________________________________ [[--Original text (es) http://mm.icann.org/transbot_archive/2a19c349a5.html --]]
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