[Fwd: CRISTIAN CASAS-CETIC. resultados de elección. “coup d´etat”.]

This message didn't make it through the first time. -------- Original Message -------- Subject: CRISTIAN CASAS-CETIC. resultados de elección. “coup d´etat”. Date: Sun, 22 Mar 2009 15:06:32 -0300 From: Cristian Hernan Casas <cristiancasas@hotmail.com> To: <lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>, <nick.ashton-hart@icann.org>, <langdonorr@gmail.com>, <evan@telly.org>, <vanda@polo.inf.br>, <vanda@uol.vom.br>, <danielmonastersky@gmail.com>, Asociacion Internauta <presidente@internauta.org.ar> Estimados representantes encontrándome con inconvenientes técnicos en el correo institucional -cetic@ajudicialmdp.org.ar- desde el día 19 de marzo del corriente y dado la gravedad de la situación es que opté provisionalmente remitir la posición de quien suscribe por mi correo personal, a la espera de poder solucionar dicho problema en el mismo, por ésta semana trabajaré en el personal y los notificaré al respecto, desde ya gracias a todos. En consecuencia procedo: Primero: EL AUDIO ENVIADO DEL ACTO ELECCIONARIO ESTA INCOMPLETO LO CENSURAN EN EL MOMENTO EN QUE EL SECRETARIO CARLTON SAMUELS PROCLAMA FORMALMENTE A SERGIO SALINAS PORTO COMO PRESIDENTE, ¿DEBO INTERPRETAR QUE ES OTRO ERROR O CONTINUAMOS MANIPULANDO EL PROCESO? EN EL DERECHO EXISTE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS, QUE AQUÍ ESTA SIENDO VIOLADO. POR TAL RAZÓN IMPUGNO DICHOS AUDIOS, HACIENDO RESERVA DE RECURRIR ANTE LOS TRIBUNALES INTERNACIONALES EN FAVOR DEL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS -POLÍTICOS Y CIVILES- EN EL CASO DE SERGIO SALINAS PORTO.- CRISTIAN CASAS-CETIC EN SEGUNDO TERMINO REMITO LOS FUNDAMENTOS DE LA DEFENSA DE LA INVESTIDURA PRESIDENCIAL DEL SERGIO SALINAS PORTO A LA CLASE TRABAJADORA. AL PUEBLO DE MÉXICO QUE NOS COBIJO EN SU DF A LOS REPRESENTANTES DE LACRALO A LOS DISTINTOS TITULARES DEL GOBIERNO DE ICANN A LOS PUEBLOS DEL MUNDO. A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN NACIONALES E INTERNACIONALES. A LOS ORGANISMOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS. ¡HERMANAS, HERMANOS, CAMARADAS! Deseo comenzar manifestando mi enorme tristeza en cuanto a la información que acabo de recibir, dado que volvemos a caer en el mismo error, dar vueltas en el mismo circulo vicioso de lo que ordinariamente se denomina “la rosca de los cargos”, distrayéndonos de lo principal que es el trabajar en los temas por los cuales nos comprometimos en México. Planteadas así las cosas, debo decir que aquí está en juego la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante tal situación recurro a los estándares internacionales en la materia para interpretar sus posibles restricciones. El análisis del bochornoso suceso internacional que estamos viviendo, como es la destitución antidemocrática de un funcionario de Lacralo, actual Presidente Sergio Salinas Porto, debe ser trabajado desde dos apartados, el primero desde el punto de vista político y el segundo desde el punto de vista de la seguridad jurídica. Daré comienzo, recordando un mail que a todos llegó, luego de hacerse público el resultado final de las elecciones en la cual fue elegido el actual presidente Sr. Sergio Salinas Porto, que reza así: “...Estimado Carlos, Reconozco que la elección de Sergio representa un cambio de guardia para el equipo argentino al mando del LACRALO. A la vez, genera riesgos ante la complejidad de las problemáticas emergentes (nuevos gTLDs, non commercial advisory group, etc.), por la evidente inexperiencia de Sergio en la materia y sus limitaciones con la lengua imperial inglesa.Pero me imagino que vos y tus colegas apoyarán con el entusiasmo y la sagaz visión de siempre.Se me ocurre que vos y Carleton deben recibir honorarios de ICANN para asesorar a LACRALO en temas jurídicos y técnicos digitales a futuro. ¿Hay manera de negociar esto?. Regresé a casa del largo día de ayer pensando que la enorme contradicción entre acciones voluntariosas en defensa de usuarios choca con el suculento negocio de los registradores y sus aportaciones al patrimonio de ICAAN....un abrazo,Scott R. lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org http://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es_atlarge-ists.... http://www.lacralo.org...”.- Está a la vista que hay sectores que no aprobaban la elección de Sergio, por la simple razón de que el citado pelearía en defensa de los usuarios y contra los suculentos negocios de los poderosos. Los infantiles argumentos de un error aritmético en el recuento de votos, transcurridos más de 20 días, por medio de un mail, con desgrabaciones que no han sido peritadas por un ente imparcial, poderes que aparecen sin haber sido certificada la veracidad de su contenido conforme los lineamientos protocolares dados por el derecho público intenacional, la negativa a someterse ante los estrados de Tribunales imparciales Internacionales pone en evidencia que aquí se ha producido un *“coup d´etat”*. Recuerdo que el saliente Sr. Secretario y Presidente del Comité, Mr. Carlton Samuels advirtió que el día de la elección era el momento definitivo de emitir el voto, ya no era posible permitir el acceso a más candidatos y no se podía perder más tiempo, ese día se debía votar y quedar elegido el presidente y secretario. El recuento se efectuó por sistema electrónico y en un tiempo razonable, pues convengamos que tampoco eran tanto los electores para que se complique un recuento de votos -aproximadamente 20 representantes-. Todo ello dió como resultado final la proclama por parte del citado funcionario, fedatario de la fórmula electa Sergio Salinas Porto Presidente y Andrés Piazza Secretario, finalizando de ésta manera lo que todos consideramos un período normal de elecciones.- _*La coyuntura política golpista sigue latente. *_ Como hemos visto, estos actos no fueron más que preludios para instrumentar un golpe institucional. Advierto que algunos sectores reaccionarios personificados en el saliente Secretario Carlton Samuels basaron su impugnación en alegar su propia torpeza, lo cual los convierte en perdidosos, y conforme el principio objetivo de la derrota, deberían responder patrimonialmente, conduciendo con dicha actitud irreponsable a comprometer eventualmente los futuros intereses de ICANN, ante los eventuales daños y perjuicios y el daño moral ocasionados al actual Presidente Sergio Salinas Porto. Aunado a ello, reconocen que ésta irregularidad no encuentra sustento resolutivo en los reglamentos de ICANN -reglas del procedimiento ordinarias de LACRALO, así como las reglas de UNGA que son incorporadas por la referencia en las reglas ordinarias-, introduciéndonos en una laguna que solo la interpretación de las citadas normas internacionales, junto a la costumbre –como fuente del derecho- nos brinda una luz, que es que quien fue proclamado presidente es Sergio Salinas Porto, dado que a partir de ese día no solo fue reconocido por la publicidad de sus actos de gobiernos –entre los que podemos citar entrevistas con distintos organos de Gobierno de ICANN, legitimado en los diversos actos públicos de la Cumbre de México, como así tambien la primer convocatoria en el Hotel Sheraton a los restantes representanates en Lacralo con el reconocimiento de su mandato por los todo allí presentes, de los cuales existe prueba audiovisual al respecto-.- El ejercicio del derecho fundamental de ser votado, se corrobora si se acude al método de interpretación in dubio pro homine o pro libertate, que tiene como directriz favorecer a la libertad en caso de duda, esto es, implica considerar a la libertad como uno de los valores de la mayor importancia en un Estado de derecho, si se tiene en cuenta que los principios son las piezas más importantes del sistema jurídico, puesto que representa el poder en el campo de acción del individuo necesario para su desarrollo y autorrealización, lo cual redunda en beneficio de la sociedad. En ese sentido, en un Estado de derecho la tendencia en los ordenamientos jurídicos y la interpretación jurídica apunta a lograr la mayor libertad posible en el ejercicio de los derechos fundamentales, en este caso el derecho de ejercer el cargo por el cual fue designado el Sr. Sergio Salinas Porto.- Las verdaderas razones de la asonada “coup d´etat” se encuentran en la imposibilidad constitucional, política y diplomática para regresar al proyecto de las oligarquías, representado y encabezado por el Sr. Carlton Samuels. Ante anuncios importantes del Presidente Sergio Salinas Porto, en su primer acto de gobierno como Presidente, en su convocatoria el dia posterior a su proclamación formal, en la citada y prestigiosa empresa hotelera, que “...profundizarían el proceso de cambios y la recuperación de terreno en defensa de los usuarios de internet, organizando distintos grupos de estudio y capacitación...”, los conspiradores habían decidido acabar con quien dicen llamar el “inexperto y voluntarista Sergio Salinas Porto”. Todo un bloque conspirativo e insubordinado encabezado por el Sr Carlton Samuels trabajó aceleradamente para acabar con el Presidente Sergio Salinas Porto. Con éste accionar desestabilizador sólo han logrado quebrar la paz pública de los miembros de Lacralo y por consiente de los distintos estamentos de ICANN. Parafraseando al Excmo. Sr. Presidente de Bolivia, Evo Morales cuando se refirió a quienes atentaban contra las instituciones del gobierno democrático, me atrevo a decir que esto es un golpe “ideológico”: “Es la lucha del poder”, como dijo el líder popular, quien dejó claro lo que está en juego: “o los grupos gamonales (elite, H.D.) , o los movimientos populares”. (ver los documentos del Church Committee (1976) y las recientes memorias del líder militar de la organización fascista chilena “Patria y Libertad”, Roberto Thieme, sobre su colaboración subversiva con la Marina de Guerra y los transportistas chilenos en la destrucción del gobierno de la Unidad Popular). Definitivamente, que por cierto es bastante obvio, lo que hicieron es seguir pisoteando a los electores que confiamos en un funcionario como Carlton Samuels que hizo lo que se le dió la gana, y comete arbitrariedades con un sistema electoral que dió como legítimo triunfador a Sergio Salinas Porto. Es por esto que no les convino que quedara Sergio Salinas Porto, pero digan lo que digan, él es el LEGITIMO PRESIDENTE DE LACRALO, ya que es claro para todos que ganó las elecciones. Las crónicas de ese día así lo reflejan: “...Tecnologia | Martes 10 de Marzo de 2009, diario Infobae-argentina-: Designan a dos argentinos en altos cargos del gobierno mundial de Internet Los delegados Salinas Porto y Piazza deberán coordinar la participación de los miembros del ICANN en la región de América latina y el Caribe Dos argentinos fueron designados en altos cargos del Gobierno mundial de Internet, durante el 34º encuentro del Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) que se realizó en la ciudad de Mexico...Este organismo cuenta, dentro de su estructura, con la representación de las diferentes comunidades dentro de Internet y provenientes de las diversas regiones del planeta. En el caso de los usuarios de Internet, existe un Comité especial (ALAC) conformado por 15 miembros, entre los que se encuentra el argentino Carlos Aguirre. Hay cinco organizaciones, correspondientes a cada región, que poseen órganos deliberativos en los que se identifican los temas prioritarios para los usuarios individuales, así como también se seleccionan los integrantes del comité mundial (ALAC) y se le provee instancia y propuestas de modo permanente. En la región de LatinoAmerica y el Caribe (Lacralo), la elección de dos de los puestos más importantes fueron para otros argentinos. Sergio Salinas Porto fue elegido presidente de la región y Andres Piazza, quien ya se desempeña dentro del Policy Advisory Board de Dot Mobi (el dominio para contenidos móviles), fue votado para el puesto de Secretario de la región. La tarea que deberán llevar adelante será la de coordinar la participación de los delegados de la región, canalizando sus aportes y estimulando la creación de capacidades y la difusión como herramientas para el posterior desarrollo de un consenso “de abajo hacia arriba”...http://http://www.infobaeprofesional.com/notas/79469-Designan-a-dos-argentin...) Estimados amigos, en orden a ello, los de "abajo no damos consenso a las desprolijidades de los de arriba", desconocemos toda la documental de correo electrónico remitida desde que fuimos anoticiados de ésta grave irregularidad: la legitmidad de las bases de datos y de los cómputos, no sabemos si tienen como orígen el mismo documento fuente, desconocemos el acta de escrutinio y cómputo de la casilla, siendo incompleta remisión de los audios del acto eleccionario. Nos fuímos de México sabiendo que existió una igualdad en la suma total de votos y de las votaciones el día del acto eleccionario, proclamado a viva voz por el Sr. Secretario y Presidente Carlton Samuels, que dió como vencedor a Salinas Porto. Si después de veinte días manifiestan que encuentran un error arimético o un poder de extraña procedencia o, por el contrario, si hay diferencias, entonces han producido una alteración de las votaciones, lo que se conoce como fraude electoral. Mientras esto no sea entendido, estudiado y denunciado, simplemente sus ejecutores seguiran divirtiéndose con las demandas de “voto por coto, casilla por casilla”, o desvirtuando las denuncias de acciones ilegales. Los ciudadanos presentes en el acto eleccionario consideramos que existía la posibilidad de que fuera respetada la voluntad popular y porque vieron la posibilidad de que a través de la urnas, se lograra un cambio en nuestra región que resolviera las necesidades más urgentes de nuestros usuarios, que se ven reflejadas fundamentalmente en la situación de debilidad frente a las grandes corporaciones y la amplia brecha digital de los países que componen la región. Esta posibilidad se está viendo truncada una vez más, porque ciertos grupos antidemocráticos encabezados por el antecesor Secretario Carlton Samuels, están decididos a conservarlo para seguir fomentando sus privilegios sin importarles el desarrollo y el progreso de nuestra región.- Los ciudadanos que optamos por el voto, hoy comprobamos una vez más que lo ruin y lo grotesco sigue siendo utilizado para imponer mezquinos intereses.- A pesar de ello, tenemos la esperanza, una vez más, que los Tribunales Internaciones den un fallo favorable a la voluntad de los pueblo-usuario esperando que se descubra y aplique la justicia sobre los hechos tan bochornosos aquí cometidos. Es de reconocer que quienes hayan optado como una forma de lucha ejercer el voto para lograr sus objetivos, sean consecuentes y no desmayen en lograr lo que se han propuesto, porque son millones de ciudadanos que están convencidos en participar en los cambios que la región requiere para el bien de sus habitantes. La voluntad de nuestro pueblo consecuente es dar continuidad a las luchas históricas que nuestros ancestros nos han heredado: la Independencia, la Reforma, la Revolución y las posteriores luchas sociales contemporáneas, al luchar por alcanzar los anhelos de libertad e igualdad y luchando siempre contra aquellos grupos de retrógradas reaccionarios que actualmente se alzan contra el actual presidente Sergio Salinas Porto.- Desearían que los ciudadanos que votaron por un proyecto diferente al de ellos, aceptaran como una derrota y se tragaran la injusticia que pretenden cometer, pero la inconformidad y la demanda de justicia, representa un gran salto cualitativo para generar la conciencia de la necesidad de instrumentar otras formas de lucha, porque esto que hoy se vive en la región es parte de un proceso histórico que se encamina hacia la conformación de un movimiento revolucionario que tenga los instrumentos necesarios que le permita establecer un gobierno que represente los intereses de las causas populares. Lo que vivimos hoy millones de usuarios es la política neoliberal del sistema capitalista, supeditado a los intereses del Imperialismo, sistema capitalista que hecha a andar toda su maquinaria con el fin de imponer su voluntad y doblegar la voluntad de la mayoría del pueblo. Por tal razón éste intento de manipular un acto eleccionario se asimila a un golpe de estado, que de efectivizarse lleva a entender que quien desee reemplazar al actual presidente será un presidente de facto y sus impulsores infames traidores a los principios rectores de los derechos humanos. La Cumbre de ICANN concluyó hace más de veinte días, con un acuerdo entre todos los integrantes de la región de trabajar en diferentes grupos y de apoyo al Gobierno ejercido por Salinas Porto, aprobado por unanimidad en el DF de México.- De cualquier manera debían voltear la elección, mediante maniobras espurias. Uno de los modos más críticos que las personas individuales tienen para influir en la toma de decisiones de los gobiernos es votando. La votación es una expresión formal de preferencia por un candidato, por la oficina, o por una resolución propuesta ante una cuestión. Ciertamente, a la luz de los tratados internacionales, en relación con el contenido y alcance del derecho fundamental de ser votado y, en especial, con lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., 29 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se obtiene que se ha producido una violación a dichos instrumentos normativos, siendo un principio general del derecho y aplicable a éste escándalo internacional, el que un tratado obliga a los Estados por lo que respecta a la totalidad de su territorio y que, por tanto, un Estado “no pueda alegar su estructura federal para dejar de cumplir una obligación internacional, así como que un Estado que ha ratificado un tratado internacional no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de dicho instrumento. (ver TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE MÉXICO, 5 SUP-JDC-713/2004, sentencia del 22 de diciembre de 2004, TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE MÉXICO, EXPEDIENTE: SUP-JDC-695/2007 — 6 DE JULIO DE 2007, JORGE HANK RHON CONTRA EL TRIBUNAL,DE JUSTICIA ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL,DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA; Observación General No. 25, LVII período de sesiones (1996), párrafo 4. 2 Caso Yatama vs. Nicaragua, sentencia de 23 de junio de 2005, serie C no. 127, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, casos Mathieu-Mohin y Clerfayt vs. Bélgica, S. 02-03-1987, Matthews vs. Gran Bretaña, S. 18-02-1999 y Melnychenko v. Ucrania, S.12-10-2004. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Garrido y Baigorria vs. Argentina, Sentencia del 2 de febrero de 1996, serie C no. 26, pár. 46. 7 Ambos principios han sido codificados en la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados de 1969 (artículos 27 y 29). 8 Caso Yatama vs. Nicaragua, párr. 201. 9 Entre otros, Corte IDH, Caso de la Masacre de Pueblo Bello, vs. Colombia, Sentencia de 31 de enero de 2006, cit., párr 111; Caso Baena Ricardo y otros (270 trabajadores vs. Panamá). Sentencia de 2 de febrero de 2001. Serie C no. 72, párr. 178; caso Caballero Delgado y Santana. Sentencia de 8 de diciembre de 1995. Serie C no. 22, párr. 56. Entre otras, caso Garrido y Baigorria. Reparaciones, sentencia del 27 de agosto de 1998, Serie C, no. 39, párr. 68 y caso Durand y Ugarte. Sentencia sobre fondo. Sentencia del 16 de agosto de 2000. Serie C ,no. 68, párr. 136.11 Caso Velázquez Rodríguez. Sentencia de 29 de julio de 1988, Serie C, No 4,pár.167, y Caso Godínez Cruz. Sentencia de 20 de enero de 1989, Serie C, No.5, pár. 176.).- En este sentido, resulta relevante el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que, en conformidad con la Convención Americana, los Estados tienen la obligación de garantizar el goce de los derechos políticos, “lo cual implica que la regulación del ejercicio de dichos derechos y su aplicación sean acordes al principio de igualdad y no discriminación, y debe adoptar las medidas necesarias para garantizar su pleno ejercicio”, ello en conformidad con los deberes generales reconocidos en los términos de los artículos 1.1 y 2o. de la propia Convención Americana sobre Derechos Humanos. En efecto, estos artículos, hacen referencia a las principales obligaciones contraídas por los Estados frente a los individuos sujetos a su jurisdicción y frente a la comunidad internacional. El artículo 1.1. de la Convención Americana, de acuerdo con la jurisprudencia constante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “impone a los Estados partes los deberes fundamentales de respeto y garantía de los derechos, de tal modo que todo menoscabo a los derechos humanos reconocidos en la Convención que pueda ser atribuido, según las reglas del derecho internacional, a la acción u omisión de cualquier autoridad pública, constituye un hecho imputable al Estado que compromete su responsabilidad internacional”. Como ha destacado la Corte Interamericana, esta disposición establece la obligación a cargo de los Estados de “adecuar su derecho interno a las disposiciones de dicha Convención, para garantizar los derechos en ella consagrados”. En opinión de dicho Tribunal interamericano, la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos “no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer posible el cumplimiento de esta obligación, sino que comporta la necesidad de una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos”. _*Derechos humanos que están en juego*_ La preocupación por los derechos humanos fue una de las razones principales para la creación de las Naciones Unidas. Las atrocidades y el genocidio de la Segunda Guerra Mundial contribuyeron a un consenso para que la nueva organización debiera trabajar para prevenir tragedias similares en el futuro. En este sentido se creó un marco jurídico para considerar y actuaba sobre quejas referidas a violaciones de los derechos humanos. La Carta de la ONU (arts. 55 y 56) obliga a todos sus miembros a promover "el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos" y para tomar "medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización" para tal fin. Las Naciones Unidas y sus agencias son fundamentales en mantener y aplicar los principios emanados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; por ejemplo, el apoyo de la ONU para los países en transición a la democracia ha contribuido significativamente a la democratización por todo el mundo, y se ha manifestado en la asistencia técnica para posibilitar elecciones libres y justas, en mejorar las estructuras judiciales, en redactar constituciones, en formar funcionarios, o en transformar los movimientos armados en partidos políticos. Esto se ha visto recientemente en Afganistán y Timor Oriental. La ONU contribuye a elevar el significado del concepto de derechos humanos a través de sus tratados y su atención a los abusos específicos con sus resoluciones de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad o los fallos de la Corte Internacional de Justicia (ICJ). Derechos en juego. Ahora bien desde el punto de vista del derecho, debemos considerar lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por unanimidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948; la cual reconoce el rol que las elecciones abiertas y transparentes juegan en garantizar el derecho fundamental de participación en el gobierno. Así también, la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en el artículo 21: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”. El rol que periódicas y libres elecciones juega en garantizar el respeto por los derechos políticos también es expuesto en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, la carta de la organización de los estados americanos, Carta Africana (Banjul) sobre los Derechos Humanos de las Personas y muchos otros documentos de derechos humanos internacionales. El Artículo 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos es la garantía clave de los derechos de voto y libres elecciones, pero sus previsiones están estrechamente relacionadas con otros artículo, especialmente el Artículo 2. El Pacto incluye también las garantías de libertad de expresión (artículo 19), de asamblea (artículo 21), de asociación (artículo 22) y de no-discriminación (Artículo 26). NACIONES UNIDAS Declaración Universal de Derechos Humanos http://www1.umn.edu/humanrts/instree/spanish/sb1udr.html (1948) Artículo 21- ver sección I de este documento.- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos http://www1.umn.edu/humanrts/instree/spanish/sb3ccpr.html (1976). Artículo 25- ver sección II de este documento. CONSEJO DE EUROPA Convención para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms (entró en vigor en 1953).(http://www.echr.coe.int/Convention/webConvenENG.pdf ). Este documento es aplicado por el Tribunal el-Europeo de Derechos Humanos www.echr.coe.int y de conformidad con el Artículo 3 de Protocolo I de la Convención de Partidos pretende elecciones libres en intervalos razonables por la votación secreta en las condiciones que asegurarán la expresión libre de la opinión de la gente en la opción de la legislatura. Artículos 9, 10, y 11 de esta Convención también aseguran el derecho a la libertad de pensamiento, el derecho a la libertad de expresión, y el derecho a la libertad de asamblea pacífica. Organización para la Cooperación y Seguridad en Europa (OSCE) Estándares Internacionales para las elecciones International Standards of Elections (en ingles) (1990). El documento final fue emitido por la Conferencia contra la Seguridad y la Cooperación en Europa, celebrada en la reunión sobre la Dimensión Humana en Copenhague. El documento declara que las elecciones libres sostenidas en intervalos razonables por la votación secreta son esenciales para la completa expresión de la dignidad inherente y de los derechos iguales e inalienables de todos los seres humanos. UNIÓN EUROPEA (UE) Regulaciones del Consejo Council Regulations 975/99 and 976/99 (en ingles) (1999). Estas regulaciones proporcionan una base legal para operaciones de la Unión Europea que "contribuyen al objetivo general de desarrollo y consolidación de la democracia, a la autoridad de la ley y a respetar los derechos humanos y libertades fundamentales". En ellas se declara que la Unión Europea proporcionará la ayuda técnica y financiera para operaciones cuyo objetivo sea el de apoyar el proceso de democratización, en particular, el apoyo a procesos electorales. Estas regulaciones son mencionadas en una Comunicación del Consejo sobre la Ayuda en las Elecciones Europeas y la Observación (http://europa.eu.int/comm/external_relations/news/patten/speech_01_125.htm) . ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS. American Convention on Human Rights (entró en vigor en 1978). Ver Organización de Estados Americanos para todos los documentos http://www.oas.org/ Convención Interamericana Sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer http://www1.umn.edu/humanrts/instree/Spoliticalrts.html (entró en vigor en 1954) Artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos http://www1.umn.edu/humanrts/oasinstr/szoas3con.html y artículo 20 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre http://www1.umn.edu/humanrts/oasinstr/szoas2dec.html garantizan el derecho de los ciudadanos a votar y a ser votados en el periodo normal de elecciones. La Carta de la Organización de estados americanos http://www.oas.org/juridico/spanish/carta.html establece en su preámbulo “Ciertos de que la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región”; asimismo, establece que uno de los objetivos es promover y consolidar la democracia representativa con el debido respeto del principio de no intervención”. En 1991, La Asamblea General de la Organización de Estados Americanos. http://www1.umn.edu/humanrts/oasinstr/szoas3con.html,estableció un proceso, por medio del cual la Organización de Estados Americanos, tomará acción si el orden democrático se ve interrumpido en algunos de los estados miembros. En 1992 el Protocolo de Washington, (por ratificar), fortaleció los mecanismos de defensa de la democracia. UNIÓN AFRICANA http://www.africa-union.org/ (Anteriormente Organización de la Unión Africana) Carta Africana de Derechos Humanos http://www1.umn.edu/humanrts/instree/z1afchar.htm (1981) Artículo 13(1) de la Carta Africana (Banjul) de los Derechos Humanos, establece que todo ciudadano tiene el derecho de participar de forma libre en sus gobiernos. _*OBSERVACION*_: Finalmente, hago saber que copia de esta presentación como de su respuesta serán remitidas al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Liga por los Derechos Humanos, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, y Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, El Centro Carter http://www.cartercenter.org/; asociado con la Universidad de Emory http://www.emory.edu/; Centro para Votación y Democracia http://www.fairvote.org/; Comisión electoral Federal (FEC) http://www.fec.gov/pages/espanol.htm; Instituto para Democracia en Sudáfrica (IDASA) http://www.idasa.org.za/; Instituto Internacional para Democracia y Ayuda Electoral (IDEA) http://www.idea.int/esp/index.htm; Fundación Internacional para Servicios de Elección (IFES) http://www.ifes.org/; Liga de Mujeres votantes http://www.lwv.org/; Instituto Nacional Democrático - Elección y Procesos Políticos http://www.ndi.org/globalp/elections/elections.asp; Instituto Nacional de Derechos de Votación Nacional http://www.nvri.org; Rock the vote http://www.rockthevote.com/; Gobiernos Bolivariano de Venezuela -Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología-, Observatorio de la Democracia del MERCOSUR (ODM) (Dec. CMC Nº 05/07) (Coordinado por el CEMPED y la CRPM)(Dec. CMC Nº 24/04); y demás integrantes de la Comunidad Internacional.- _*Condiseración final*_ Señores, si ratificamos éste accionar irregular de arrebatarle la presidencia al Sr. Sergio Salinas Porto estaremos avalando futuras arbitrariedades. Como representante del Lacralo no voy a otorgar ese cheque en blanco al académico Dr. Andrés Piazza.- ------------------------------------------------------------------------ Con Messenger podés ver si llegaron correos nuevos ¡Conocé todo lo nuevo del Messenger 2009! <http://www.nuevomessenger2009.com/> -- -- Regards, Nick Ashton-Hart Director for At-Large Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) Main Tel: +33 (450) 40 46 88 USA DD: +1 (310) 301-8637 Fax: +41 (22) 594-85-44 Mobile: +41 (79) 595 54-68 email: nick.ashton-hart@icann.org Win IM: ashtonhart@hotmail.com / AIM/iSight: nashtonhart@mac.com / Skype: nashtonhart Online Bio: https://www.linkedin.com/in/ashtonhart

Estimados Miembros de LACRALO Fiel a mi promesa y a mi mandato aquí estoy nuevamente pero para trabajar. Con la premisa por lo pronto de consignas cortas y claras, para no quedar atrapados por la abundancia de información que hay en estos momentos. En primer lugar, el objetivo de este correo es recordar que se encuentra abierto el período para postulaciones al puesto de Secretario, que ha quedado vacante con mi renuncia a la misma para asumir legítimamente a mi posición de Presidente. Reitero las consideraciones hacia esta importante posición, que hiciera en la Ciudad de México e insto a los miembros de esta lista que se encuentren interesados en realizar aportes sustanciales y servir a la región. Los detalles de esta convocatoria fueron enviados oportunamente. Asimismo, me encuentro abierto a la recepción de sus manifestaciones de Voluntad para conformar los diferentes grupos de trabajo, como haya sido oportunamente conversado en la reunión de México. Apenas haya un Secretario en funciones se dedicará a comunicar la conformación de los diferentes Grupos de Trabajo, y luego procederemos a consolidar un responsable por cada grupo. Finalmente, recuerdo en esta lista que existen numerosas prioridades temáticas y una pendiente toma de posición en el asunto que abocará a la próxima conferencia de ALAC, como ya he resaltado en un correo electrónico días pasados. Saludos Cordiales Andrés Piazza PRESIDENTE DE LACRALO pd: Enviaré el texto de este correo en idioma inglés. Uno de los primeros temas a decidir será también la continuidad o no de este sistema de comunicación con traducciones automáticas. Dada mi condición de Presidente bilingue, mi preferencia sería la de enviar correos oficiales en ambos idiomas para alentar la participación de los colegas angloparlantes, y así procederé. _________________________________________________________________ Windows Live Hotmail now works up to 70% faster. http://windowslive.com/Explore/Hotmail?ocid=TXT_TAGLM_WL_hotmail_acq_faster_...
participants (2)
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Andres Piazza
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Nick Ashton-Hart