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June 2014
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Fwd: REMINDER - IMPORTANT ATLAS II Briefing call: ATLAS II - What to expect? A practical briefing call for ALS Representatives Participating in the ATLAS II.
by fatimacambronero@gmail.com June 16, 2014
by fatimacambronero@gmail.com June 16, 2014
June 16, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Fwd: REMINDER - IMPORTANT ATLAS II Briefing call: ATLAS II - What to expect? A practical briefing call for ALS Representatives Participating in the ATLAS II.
From: fatimacambronero(a)gmail.com
Dear,
Estcomenzando this call will take care of the meeting of ATLAS II
that tendrlugar in a week in London.
We have interpretation into Spanish.
I hope that an ESTN not, can join.
Best Regards,
Fatima Cambronero
---------- Forwarded message ----------
From: At-Large Staff <staff(a)atlarge.icann.org>
Date: 06/15/2014 21:14 GMT-03: 00
Subject: [Atlas-ii-participants] REMINDER - IMPORTANT ATLAS II Briefing
call: ATLAS II - What to expect? A practical briefing call for ALS
Representatives Participating in the ATLAS II.
To: ICANN At-Large Staff <staff(a)atlarge.icann.org> , ATLAS II Participants <
atlas-ii-participants(a)atlarge.icann.org>
Espaol after the english version
Franais en bas de ce message
************************
ATLAS II Dear Participants,
With the Second At-Large Summit (ATLAS II) taking place in a little more
than one week, Olivier Crepin-Leblond and Eduardo Diaz, the co-Chairs of
the ATLAS II Organizing Committee, would like to invite you to an ATLAS II
Entitled briefing call: * ATLAS II - What to expect? A practical briefing
call for ALS Representatives Participating in the ATLAS II. *
This call will include an overview of ATLAS II and At-Large meetings and
the main topics to be discussed as well as a briefing of social events,
social media activities, and logistics. There will be an opportunity Also
ATLAS II for participants to ask questions.
* This call is scheduled on Monday 16 June 2014 at 1300 UTC. *
For other times:
http://tinyurl.com/owl8q6t
The draft schedule and call details can be found at:
https://community.icann.org/x/tKrhAg
French and Spanish interpretation will be provided.
Adobe Connect:
http://icann.adobeconnect.com/atlas2/ Conference IDs:
EN: 1638
It is 1738
FR: 1838
http://adigo.com/icann/
If you require a dial-out please contact staff at At-Large
staff(a)atlarge.icann.org with your preferred number.
We look forward to having you join us on this call to briefing prepared for
your time at the ATLAS II in London!
Regards,
***********
Dear Participants in the ATLAS II,
With the second Summit At Large (ATLAS II) which will be held in
little more than a week, Olivier Crpin-Leblond and Eduardo Diaz, the co-
presidents ComitOrganizador ATLAS II, would like to invite them
a call for information entitled: * ATLAS II - What to expect?A
information call practice for representatives of the participating ALS
in ATLAS II. *
This call incluiruna complete revision of meetings and ATLAS II
At-Large and the main issues to be discussed also ascomo the
social events, social media activities and logistics. There will also be
an opportunity for participants to ask questions.
This call estprogramado for * Monday 16 June at 13:00 to 14:00
UTC. *
* To see the hours in their respective countries see: *
http://tinyurl.com/owl8q6t
The order of the day call details can be found at:
https://community.icann.org/x/tKrhAg
It ofrecerInterpretacin in Espaol and Francs.
Adobe Connect (in english):
http://icann.adobeconnect.com/atlas2/
Conference ID:
It is 1638
It is 1738
FR: 1838
http://adigo.com/icann/
If you require a phone call to his image, please contact
the At-Large in staff(a)atlarge.icann.org with your favorite number.
We look forward to your participation in this call to prepare
for his stay in the ATLAS II in London.
Best Regards,
*****************
Participants Chers au Sommet ATLAS II,
Avecle deuxime sommet At-Large (ATLAS II) lieudans qui aura un peu plus
d'une semaine, Olivier Crepin-Leblondet Eduardo Diaz, co-prsidentsdu them
ComitOrganisateur de l'ATLASII, aimeraient vous une sance inviter
d'information sur l'ATLASII, intitul * L'ATLASII - Une quoi s'attendre **
sance d'information pour les l'ATLASII reprsentantsdes ALS participant.
*
Vous de l'Aurez one aperu ATLASII, des runions At-Large et les
principauxthmes
qui seront abords ainsi they
vnements sociaux, sociaux et les activits demdias logistiques them. Them
Participants de l'ATLAS II auront galement l'occasion de poser des
questions.
* Cet appel aura lieu lundi 16 juin 2014 you 1300 UTC *
Pour voir votre heure locale:
http://tinyurl.com/owl8q6t
L'ordre du jour et de l'appel dtails sont les avaiable the page
suivante:
https://community.icann.org/x/tKrhAg
* Cet appel will interprten franais et anglais. *
Adobe Connect (audio en Anglais):
http://icann.adobeconnect.com/atlas2/
Pour la confrence ID:
EN: 1638
It is 1738
FR: 1838
http://adigo.com/icann/
Nous nous vous compter parmi nous rjouissonsde cette sance
d'information akin
de mieux vous votre participation prparer pour l'ATLASII London!
Cordialement,
Heidi Ullrich, Silvia Vivanco, Ariel Liang, Gisella Gruber, Nathalie
Peregrine and Terri Agnew
ICANN Policy Staff in support of ALAC
E-mail: staff(a)atlarge.icann.org
* One World, One Internet *
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/04bdd2ba65.html
--]]
1
0
Re: [lac-discuss-en] ? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
by aidanoblia@gmail.com June 16, 2014
by aidanoblia@gmail.com June 16, 2014
June 16, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
From: aidanoblia(a)gmail.com
Thanks Alejandro, your comment encourages me to continue in the effort,
also by the suggestion in the event. There are some topics covered in
ICANN related acjurdicamente we treat this as the
protection of personal data, even if the view is not exactly
equal estrelacionado, like the theme of Records, their functions
and the subjects involved.
This protection of personal data is one of the new rights,
development, we must all adapt to the new reality rules .. For ac
We are the first generation of rules while on center passes
and go for the second ..
Regards
Ada
The June 16, 2014, 0:30, Alejandro Pisanty <apisanty(a)gmail.com>
wrote
> Aída,
>
> qué bueno que alguien con tus conocimientos y trabajo escrupuloso entre en
> este terreno, como bien lo han preparado Fátima y Vanda.
>
> Ésta es la clase de trabajo que hace falta. Ahora bien, es un trabajo que
> está en marcha en ICANN desde hace mucho tiempo, pues ICANN está
> constantemente bajo presión para que los contratos que avala sean
> compatibles con las leyes en todos los países posibles. En particular el
> tema de privacidad es extremadamente contencioso y diverso. Seguramente has
> leído acerca del contencioso que existe entre la "Sección del Artículo 29"
> en Europa y ICANN, así como las controversias acerca del RAA (con las que
> iniciamos esta conversación).
>
> Creo que sería muy valioso que tú y los otros colegas de LACRALO que se
> dedican a estos temas asistan a las sesiones correspondientes en la reunión
> de ICANN en Londres o las sigan a distancia, y entren en contacto con los
> miembros de las comunidades afectadas más allá de ALAC. De esta manera
> daríamos un salto cualitativo en la capacidad de LACRALO de intervenir de
> manera informada, y retomar esta discusión después de la reunión con una
> orientación altamente productiva. El enriquecimiento del conocimiento
> jurídico detallado de la controversia ayudará a todos.
>
> Saludos cordiales.
>
> Alejandro Pisanty
>
>
> 2014-06-15 17:58 GMT-05:00 Aida Noblia <aidanoblia(a)gmail.com>:
>
>> Cierto. Fátima tiene razón , yo no entendía porqué ahora se repetía, ya
>> habíamos trabajado sobre el tema por varias personas, por febrero o marzo,
>> entre ellas Fátima y Alejandro, también Carlton.
>>
>> En un momento Fátima hiciste esa aclaración sobre el que el punto focal
>> es
>> esto de la retención y diferencias entre registrar y registry.
>>
>> Les envío algo al respecto . Espero pueda ser útil para la discusión del
>> tema. Es un poco largo.
>>
>> Según entendí, la tarea no es transcribir o linkear todas las
>> legislaciones, lo cual yo ya había enviado el link, sino que es confrontar
>> la lista de datos que aparecen en este documento del que nos enviaste el
>> link Fátima y la legislación de cada país
>>
>> Uruguay tiene legislación especial y registro de bases de datos personales
>> obligatorio, salvo excepciones
>>
>> Respecto a los datos que se retienen según la descripción de RAA 2013 del
>> borrador de 21 marzo 2014 :
>>
>> Se trata de un tema complejo. Delicado por sus consecuencias. Trataremos
>> algunos puntos.
>>
>> *Punto 1. Relaciones contractuales. encadenadas-*
>>
>>
>> Según entiendo: los datos que se retienen en el caso de los RAA son
>> derivados de una relación contractual entre dos partes: Quien registra los
>> datos y el Registrador o Registro (registry).
>>
>> Quien registra los datos NO es el titular de los datos sino quien los
>> recolectó del titular de los datos, que es la persona (física o jurídica)
>> que va a utilizar el dominio.
>>
>> Aquí hay dos relaciones contractuales que se encuetran encadenadas o
>> dependientes una de la otra.. a) Una es entre el titular de los datos y
>> quien los va a registrar y b) la otra es entre quien los registra y el
>> Registro.
>>
>> Nos interesa a efectos del análisis: Artículo 8 de la ley uruguaya, que de
>> manera similar a otras establece el *Principio de finalidad* por el que:
>>
>> "Los datos objeto de tratamiento no podrán ser utilizados para finalidades
>> distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención. Los
>> datos deberán ser eliminados cuando hayan dejado de ser necesarios o
>> pertinentes a los fines para los cuales hubieren sido recolectados. La
>> reglamentación determinará los casos y procedimientos en los que, por
>> excepción, y atendidos los valores históricos, estadísticos o científicos,
>> y de acuerdo con la legislación específica, se conserven datos personales
>> aún cuando haya perimido tal necesidad o pertinencia. Tampoco podrán
>> comunicarse datos entre bases de datos, sin que medie ley o previo
>> consentimiento informado del titular."
>>
>> Es obvio que quien desea utilizar un dominio debe adherirse a las reglas
>> respecto a la concesión de dicho dominio, siendo que en el caso estas
>> reglas relativas a la retencion de datos son utiles para cumplir la
>> finalidad de que se protejan los dominios registrados de ataques y
>> faciliten la resolucion de disputas al respecto de los mismos. Tampoco
>> puede el titular de los datos ( persona física o jurídica) desconocer que
>> la persona con la que contrata , que es quien se presentará al Registro,
>> necesita dar al Registro determinados datos personales de quien registra
>> el
>> dominio, pues son necesarios para quedar registrado.
>>
>> De todas maneras entiendo que es de orden que se ponga una cláusula al
>> respecto en este acuerdo para evitar conflictos presente el contrato
>> previo
>> donde conste esta autorización y consentimiento expreso y claro o en su
>> defecto que lo haga claramente, aunque por separado del contrato, en otro
>> documento. .
>>
>> Cuando la persona que realiza el registro se presenta a registrar el
>> dominio, está brindando datos ajenos pero autorizada por su contrato con
>> el
>> titular de los datos, y tambien el titular de los datos debe haber
>> autorizado la retencion por el tiempo que esta debe realizarse y para los
>> fines que se deben indicar expresamente.. Conviene que el Registro
>> conservara copia de este documento de autorización o del propio contrato
>> antecedente entre quien será el titular del dominio y quien lo registra.
>>
>> *Punto 2. Retencion de Datos*
>>
>>
>> En el caso de la retención de los datos por cierto tiempo, el titular de
>> los datos podría cuestionar no el hecho de dar sus datos para que se
>> registre el dominio, sino *que retengan los datos* porque no es solo para
>>
>> registrarlo, sino que es por efectos posteriores. Esto, por un lado: a)
>> debe ser también consentido por el titular de los datos en el contrato que
>> realiza con quien los va a registrar. Es decir que debe haber otra
>> cláusula
>> o expresión de voluntad en el mismo documento, en que claramente se
>> establezca que el titular de los datos consiente en que el Registro
>> retenga
>> los datos por un cierto tiempo, (serían los cinco años o plazo por el que
>> se hace en general la retención) porque esto es en beneficio de la buena
>> prestación del servicio y para proteger el sistema de usurapaciones o
>> fraudes respecto a los dominios, incluido el dominio de quien será su
>> titular y está contratando. Entiendo que esto es un fundamento válido y
>> poco objetable por el titular de los datos: brinda sus datos para una
>> finalidad determinada y no para otra y es a los efectos de la adecuada
>> prestacion del servicio que el va a utilizar. Protege su propio dominio
>> tambien.
>>
>> El Registro debe exigir que esta clausula este expresamente establecida n
>> el contrato entre el futuro titular del dominio y quien lo registra, del
>> cual queda con copia. ( o por documento aparte, lo cual es menos practico
>> pero puede subsanar en caso de que no lo estuviera en el mismo contrato)
>>
>> A su vez el titular de los datos tendrá el derecho de acuerdo a la ley y
>> entiendo que también debe quedar obligado a comunicar de inmediato todo
>> cambio de datos para que el Registro se mantenga actualizado. Dicho
>> titular
>> de los datos debera quedar facultado para ejercer los derechos de acceso a
>> la base de datos, previa identificacion, rectificacion, actualización,
>> inclusión o supresión de los datos personales que le corresponda incluidos
>> en la base de datos del Registo, si constata error o falsedad o exclusión
>> en la información de la que es titular o supresion de los datos inexactos.
>> También el titular de los datos tendrá el derecho a que el Registro
>> comunique los datos solo para los fines para los que los dio y en el caso
>> de la retención de datos el titular de los datos deberá consentir
>> expresamente en el contrato que se comuniquen esos datos para la finalidad
>> de protección del propio Registro como ya mencionamos.
>>
>> *Punto 3.. Datos protegidos*
>>
>>
>> En cuanto al tipo de datos protegidos.todas las leyes de proteccion de
>> datos que conozco establecen que se requiere consentimiento informado del
>> titular de los datos para ser tratados. Pero tambien establecen
>> excepciones
>> a ello. La ley uruguaya en el articulo 9 establece :" El tratamiento de
>> datos personales es lícito cuando el titular hubiere prestado su
>> consentimiento libre, previo, expreso e informado, el que deberá
>> documentarse. El referido consentimiento prestado con otras declaraciones,
>> deberá figurar en forma expresa y destacada, previa notificación al
>> requerido de datos, de la información descrita en el artículo 13 de la
>> presente ley"
>>
>> Pero a la vez, todas esas leyes, como deciamos, establecen que este
>> consentimiento NO se requiere en determinados casos que las mismas
>> legislaciones establecen de manera similar. Habria que ver en cada
>> legislacion las diferencias en este punto.
>>
>> La ley uruguaya en el mismo art. 9 a continuación establece 5 casos en
>> que
>> NO se requiere dicho consentimiento: entre los que están los datos que se
>> requieren para el Registro del Nombre de Dominio y que serían objeto de
>> retención según el documento de abril 2014..
>>
>> *Salvo:* la *direccion de correo electronico* , que es requerida en el
>>
>> punto 1.1.4.- En este caso para la retención según la ley uruguaya,
>> habria que tener el consentimiento expreso e informado del solicitante
>> también que diga que autoriza a dar su dirección de correo electrónico, en
>> el contrato con quien lo va a registrar y volcarlo tambien en el contrato
>> con el Registro, el que convendria exigir copia del primer contrato.
>>
>> En los otros casos de retención los demás datos están comprendidos en los
>> 5
>> casos de excepción al artículo 9, al menos en nuestro país son datos que
>> están en fuentes públicas (inc. A) o quedan en los otros incisos.
>>
>> Se los agrego a continuación:
>>
>> A) Si los datos provienen de fuentes públicas de información, tales como
>> registros o publicaciones en medios masivos de comunicación. B) Se recaben
>> para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en
>> virtud de una obligación legal. C) Se trate de listados cuyos d loatos se
>> limiten en el caso de personas físicas a nombres y apellidos, documento de
>> identidad, nacionalidad, domicilio y fecha de nacimiento. En el caso de
>> personas jurídicas, razón social, nombre de fantasía, registro único de
>> contribuyentes, domicilio, teléfono e identidad de las personas a cargo de
>> la misma. D) Deriven de una relación contractual, científica o profesional
>> del titular de los datos, y sean necesarios para su desarrollo o
>> cumplimiento. E) Se realice por personas físicas para su uso exclusivo
>> personal, individual o doméstico.
>>
>> Por ley posterior se agregaron al artículo 9 se consideran tambien bases
>> publicas o accesibles al publico:
>>
>> A) El Diario Oficial y las publicaciones oficiales, cualquiera sea su
>> soporte de registro o canal de comunicación.
>>
>> B) Las publicaciones en medios masivos de comunicación, entendiendo por
>> tales los provenientes de la prensa, cualquiera sea el soporte en el que
>> figuren o el canal a travésdel cual se practique la comunicación.
>>
>> C) Las guías, anuarios, directorios y similares en los que figuren nombres
>> y domicilios, u otros datos personales que hayan sido incluidos con el
>> consentimiento del titular.
>>
>> D) Todo otro registro o publicación en el que prevalezca el interés
>> general
>> en cuanto a que los datos personales en ellos contenidos puedan ser
>> consultados, difundidos o utilizados por parte de terceros. En caso
>> contrario, se podrá hacer uso del registro o publicación
>>
>> mediante técnicas de disociación u ocultamiento de los datos personales.
>>
>> O sea que en todos estos casos anteriormente mencionados NO se requiere el
>> consentimiento informado del titular de los datos.
>>
>> El articulo 4 definia: "Fuentes accesibles al público como: aquellas bases
>> de datos cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, no
>> impedida por una norma limitativa o sin más exigencia que, en su caso, el
>> abono de una contraprestación. "
>>
>> De todas maneras al firmar el titular de los datos el contrato como
>> expresabamos, ya esta autorizando el uso para esa finalidad de obtener y
>> preservar su dominio . En el caso de la retencion seria para prevenir
>> usurpaciones
>>
>> *4.Datos sensibles*
>>
>>
>> La legislación uruguaya, como las legislaciones que ví , divide los datos
>> personales en dos: datos personales en general y los datos sensibles, un
>> tipo especial dentro de datos personales, que es más protegido. Los datos
>> sensibles están taxativamente ennumerados en la ley uruguaya (preferencias
>> políticas o religiosas, origen étnico, afiliación sindical, datos de salud
>> y vida sexual)
>>
>> Estos NO son datos objeto de retencion, según el documento en estudio (
>> abril 2014 por lo que no nos extendemos en este tema.
>>
>> Respecto a estos datos: "Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar
>> datos sensibles. Estos sólo podrán ser objeto de tratamiento con el
>> consentimiento expreso y escrito del titular. Los datos sensibles sólo
>> pueden ser recolectados y objeto de tratamiento cuando medien razones de
>> interés general autorizadas por ley, o cuando el organismo solicitante
>> tenga mandato legal para hacerlo. También podrán ser tratados con
>> finalidades estadísticas o científicas cuando se disocien de sus
>> titulares.Queda prohibida la formación de bases de datos que almacenen
>> información que directa o indirectamente revele datos sensibles. " Aunque
>> hay algunas excepciones.
>>
>>
>> Esto es algo apresuradamente la visión que podemos dar en este momento.
>>
>> *EN RESUMEN:* Todo se resolvería al establecer detallada y expresamente en
>>
>> el contrato con el titular de los datos que va a ser el que haga uso del
>> dominio, las autorizaciones y consentimiento informado para que se haga la
>> retención de los datos con la finalidad exclusiva de evitar fraudes,
>> ocupación de dominios, y facilitar la resolución de disputas, todo según
>> lo
>> establezca la legislación que corresponda aplicar.
>>
>> Asimismo el Registro debería tener copia de este contrato y el titular de
>> los datos debería poder acceder a la base para ejercer sus derechos de
>> acceso, rectificación, actualización de datos, inclusión de datos nuevos,
>> o
>> supresión de los incorrectos, y control de la comunicación solo para los
>> fines mencionados..Esta actualización de los datos también debería ser una
>> obligación, para mantener el Registro actualizado.
>>
>> Saludos a todos
>>
>> Aída
>>
>>
>>
>>
>> Saludos y
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>> El 15 de junio de 2014, 11:36, Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br>
>> escribió:
>>
>> > Fatima tiene razón. El tema es relevante para nuestra region y por
>> > ejemplo Brasil tiene diversas acciones de protección de datos en
>> diversos
>> > ramos de actividad pero no tiene una ley. Tine si un proyecto de ley
>> desde
>> > 2010 que sigue en discussion en el Congreso porque fue modificado por
>> > cuenta de Snowden y su publicación que los datos personales y las
>> > comunicaciones de nuestra presidente fueran abiertos. Argentina se que
>> > tiene su Ley desde 2000. PY también , Chile, Peru.. Enfin hay muchas
>> > soluciones que pueden ser discutidas en face al RAA
>> > Vanda Scartezini
>> > Polo Consultores Associados
>> > Av. Paulista 1159, cj 1004
>> > 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>> > Land Line: +55 11 3266.6253
>> > Mobile: + 55 11 98181.1464
>> >
>> >
>> >
>> >
>> >
>> >
>> >
>> > On 6/13/14, 16:53, "Fatima Cambronero" <fatimacambronero(a)gmail.com>
>> wrote:
>> >
>> > >Alberto, todos,
>> > >
>> > >
>> > >Quizás se perdieron mi correo del 6 de abril donde abordé este tema
>> > >(retención de datos), hice mis comentarios e hice una propuesta de
>> trabajo
>> > >sobre este tema: leyes de protección de datos de cada uno de nuestros
>> > >países relacionados a la retención de datos. Allí propuse que
>> trabajemos
>> > >el
>> > >tema por país, que se agrupen las ALSs de cada país para abordar el
>> tema.
>> > >Allí está explicado por qué esa propuesta.
>> > >Pueden ver el registro de ese correo y propuesta aquí:
>> > >
>> http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
>> > >
>> > >Lamentablemente nadie respondió a ese correo ni a esa propuesta.
>> > >
>> > >En este enlace:
>> > >http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html
>> ,
>> > >que
>> > >es el registro de esta primera parte del año de las discusiones de
>> > >LACRALO,
>> > >podrán ver quiénes hemos estado empujando varios de los temas que
>> > >mencionas, como por ejemplo Whois (tú, Alejandro, Aída, yo), aun
>> cuando en
>> > >nuestro RALO tenemos expertos involucrados en el tema tanto en WGs
>> como en
>> > >RTs, que podrían estar informándonos y guiándonos para poder debatir
>> mejor
>> > >este asunto y llegar a adoptar posiciones en LACRALO.
>> > >
>> > >Recordemos además que las leyes de protección de datos de los
>> respectivos
>> > >países no están dentro del scope de ICANN. Sí en este caso el RAA en
>> > >cuanto
>> > >a la Descripción de Especificaciones de elementos de retención de
>> datos y
>> > >propósitos potencialmente legítimos para la recolección/retención de
>> > >datos.
>> > >
>> > >Saludos cordiales,
>> > >Fatima Cambronero
>> > >
>> > >
>> > >El 13 de junio de 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
>> >
>> > >escribió:
>> > >
>> > >> Alejandro, la intención no es formar una biblioteca. Muchas veces
>> > >> solicitaste capacitación. Esta es una forma de capacitar: la
>> búsqueda y
>> > >> lectura, y la realiza quien lo desea, sin imposiciones. No existen
>> > >> bibliotecas que contengan toda esta información, y las que existen
>> en
>> > >>cada
>> > >> país con sus propias leyes, no necesitan de ningún acuerdo para su
>> uso.
>> > >>Lo
>> > >> de las canciones, felizmente ya quedó en el pasado, pero es parte de
>> > >>todo
>> > >> lo que tenemos que hacer.
>> > >>
>> > >> Para qué? Algunos pocos ejemplos de los muchos por los cuales tenemos
>> > >>que
>> > >> saber un poco más de Protección de Datos personales:
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> - ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
>> > >> Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection
>> and
>> > >> Retention1
>> > >>
>> > >> - New GTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
>> > >> International transfer...
>> > >>
>> > >> - Art. 29 Data Protection Working Party (Bruselas, JUN
>> > >>2013)
>> > >>
>> > >> - Carta de ICANN al Superior Consejo Europeo de
>> Protección
>> > >>de
>> > >> Datos (Abril 2014). Objeto: Recopilación de datos, la retención y l
>> > >> aprivacidad en el contexto del contrato de Registradores (RAA 2013)
>> > >>
>> > >> - WHOIS Beta. Grupo de trabajo del Art. 29
>> > >>
>> > >> - Declaración de Montevideo sobre el futuro de la
>> > >>cooperación
>> > >> en internet que fue uno de los elementos base del Plan Estratégico
>> > >> 2013-2015 de la Región América Latina y Caribe.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Durante el período de comentarios, solo dos personas opinamos sobre
>> el
>> > >> primer ejemplo. Ahora contamos con Javier Pallero, un excelente
>> > >>profesional
>> > >> cuyos conocimientos sobre este tema son realmente sobresalientes.
>> > >>
>> > >> También falta capacitación en otros temas como WHOIS, y otros aún más
>> > >> técnicos como Seguridad en DNSs y varios de la misma o superior
>> > >>complejidad.
>> > >>
>> > >> Pero todo junto no podemos hacerlo, pero todos juntos podremos
>> hacerlo.
>> > >>
>> > >> Solo les pido a todos que colaboren, y una de las formas, es darme
>> > >>tiempo
>> > >> para continuar trabajando sobre ello.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Saludos cordiales
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Alberto Soto
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> De: Alejandro Pisanty [mailto:apisanty@gmail.com]
>> > >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 08:09 p.m.
>> > >> Para: Alberto Soto
>> > >> CC: Javier Pallero; LACRALO Español
>> > >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales,
>> privacidad
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Alberto,
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> pero... ¿cuál sería la discusión? ¿cuál sería el objeto de que
>> LACRALO
>> > >> haga el trabajo de formar una biblioteca de leyes de protección de
>> datos
>> > >> personales?
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Vamos en reversa:
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Bibliotecas así existen, hechas por organizaciones dedicadas de
>> manera
>> > >> profesional tanto al tema de privacidad como al archivo y biblioteca.
>> > >>Para
>> > >> acceder a las leyes es mejor buscar uno de estos acervos y hacer
>> > >>acuerdos
>> > >> para su posible uso.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Pero sobre todo: ¿para qué? ¿vamos a hacer un proyecto de LACRALO -
>> como
>> > >> debe ser, con misión, visión, objetivos, metas, recursos asignados,
>> > >> compromisos, charter, triángulo de hierro, rendición de cuentas... -
>> que
>> > >> consista en confrontar a cada ccTLD de la región con las leyes
>> > >>aplicables
>> > >> en su país?
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Suena un poco más ambicioso que hacer una colección de canciones y
>> > >>habría
>> > >> que estar muy bien preparados para emprenderlo. Y seguros de que no
>> hay
>> > >>una
>> > >> instancia mejor - por ejemplo, en cada país, o del tipo del
>> Observatorio
>> > >> Interamericano de Protección de Datos - que ya lo esté haciendo.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Hay otro problema en este campo que enfrentaremos como usuarios en
>> > >>algunos
>> > >> países de la región: los tratados internacionales como el TPP o TPPA
>> > >> (Tratado de Asociación Transpacífico) incluyen cláusulas muy
>> específicas
>> > >> que determinan las características del "whois" en los ccTLDs,
>> siempre a
>> > >> favor de los intereses comerciales, particularmente los de las
>> empresas
>> > >>en
>> > >> EU. ¿Estamos preparados como LACRALO para tratar este asunto? (puedo
>> > >> presentar más detalles si se requieren).
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> En las asociaciones que Uds. representan, ¿están en contacto con sus
>> > >> ccTLDs sobre algunos de estos temas? ¿qué posiciones tienen nuestras
>> > >> asociaciones?
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Saludos cordiales.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Alejandro Pisanty
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> 2014-06-12 10:18 GMT-05:00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
>> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >:
>> > >>
>> > >> Gracias Javier! Creo que les pediría por favor, a cada integrante de
>> > >> nuestras ALSs, que traten de enviarnos la legislación de su país al
>> > >> respecto. Si existe una Ley de Protección de Datos Personales (el
>> > >>link...),
>> > >> si la misma se está cumpliendo, si hay otras formas de obtener datos
>> > >> personales. En varios países hay organizaciones cuasi fantasmas que
>> > >>brindan
>> > >> datos en contra de la legislación vigente. Es la base que necesitamos
>> > >>para
>> > >> una buena discusión.
>> > >>
>> > >> Saludos cordiales
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Alberto Soto
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> De: Javier Pallero [mailto:javierjosepallero@gmail.com <mailto:
>> > >> javierjosepallero(a)gmail.com> ]
>> > >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 12:11 p.m.
>> > >> Para: Alberto Soto
>> > >> CC: LACRALO Español
>> > >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales,
>> privacidad
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Esto es interesante Alberto pues en la Argentina, por ejemplo, se
>> puede
>> > >> acceder al nombre, numero de CUIT, DNI y datos de delegación de
>> > >>cualquier
>> > >> registrante https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
>> > >>
>> > >> En el sistema viejo podía encontrarse la dirección física que se
>> > >>registró
>> > >> también. Pero igualmente con los datos que se encuentran en la
>> búsqueda
>> > >>eso
>> > >> no es difícil de averiguar por fuera.
>> > >>
>> > >> Hay ciertos datos (nombre, documento nacional de identidad,
>> > >>identificación
>> > >> tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio)
>> > >>que
>> > >> la ley argentina permite tratar sin obtener el consentimiento del
>> > >>titular,
>> > >> haciéndolos de "libre circulación". Son los que muestra el nic.ar <
>> > >> http://nic.ar> <http://nic.ar> Y a veces, esos datos son
>> demasiados
>> > >> (máxime cuando hoy en día el análisis de metadatos extrae información
>> > >>mas
>> > >> allá de lo explícito)
>> > >>
>> > >> Nuestra ley (y hasta donde tengo entendido, varias en la región)
>> > >>siguieron
>> > >> la directiva europea 95/46/EC aún vigente y en proceso de reforma.
>> Pero
>> > >>al
>> > >> menos en el caso argentino falta algo que la directiva europea sí
>> tiene:
>> > >> expresas menciones a principios de proporcionalidad. No solo se
>> trata de
>> > >> qué datos podrán ser traficados libremente, sino de cuánto es
>> necesario
>> > >> para el cumplimiento de los fines del registro.
>> > >>
>> > >> En lo que nos ocupa, se trata de la proporcionalidad respecto de los
>> > >>datos
>> > >> que se muestran y su utilidad para el registro público de los
>> titulares
>> > >>de
>> > >> dominios punto país. Sería interesante efecturar un buen
>> relevamiento y
>> > >> establecer algunos principios para evaluar cómo los administradores
>> de
>> > >> ccTLDs de la región tratan (y cómo deberían tratar) los datos de
>> > >> titularidad.
>> > >>
>> > >> Para terminar, en el reino unido no aplica la directiva europea, y
>> casi
>> > >> como en USA, el laissez faire lleva las riendas. Igualmente, sirve
>> para
>> > >> estas preguntas que se me ocurren para la región.
>> > >>
>> > >> Saludos.
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Javier J. Pallero
>> > >>
>> > >> http://about.me/javierpallero <
>> http://www.linkedin.com/in/javierpallero
>> > >
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> El 12 de junio de 2014, 11:15, Alberto Soto <
>> asoto(a)ibero-americano.org
>> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> <mailto:
>> asoto(a)ibero-americano.org
>> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> > > escribió:
>> > >>
>> > >> Este es un tema también importante para estudiar, y es técnico legal
>> y
>> > >>no
>> > >> técnico informático. El administrador del dominio .uk , a diferencia
>> de
>> > >>la
>> > >> generalidad del mundo, abre más datos personales atodos, mejor dicho
>> a
>> > >> cualquiera.
>> > >>
>> > >> Saludos cordiales
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> Alberto Soto
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> >
>> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
>> > >>mai
>> > >> <
>> > >>
>> > >>
>> >
>> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
>> > >>main-end-privacy
>> > >> >
>> > >> n-end-privacy
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> _______________________________________________
>> > >> lac-discuss-es mailing list
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> <mailto:
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> >
>> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>> > >>
>> > >> http://www.lacralo.org
>> > >>
>> > >>
>> > >>
>> > >> _______________________________________________
>> > >> lac-discuss-es mailing list
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org>
>> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>> > >>
>> > >> http://www.lacralo.org
>> > >>
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>> > >>
>> > >>
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>> > >>
>> > >> --
>> > >> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>> > >> Dr. Alejandro Pisanty
>> > >> Facultad de Química UNAM
>> > >> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>> > >> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
>> > >> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
>> > >> Blog: http://pisanty.blogspot.com
>> > >> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
>> > >> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
>> > >> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
>> > >> Twitter: http://twitter.com/apisanty
>> > >> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>> > >> . . . . . . . . . . . . . . . .
>> > >>
>> > >> _______________________________________________
>> > >> lac-discuss-es mailing list
>> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>> > >>
>> > >> http://www.lacralo.org
>> > >>
>> > >
>> > >
>> > >
>> > >--
>> > >*Fatima Cambronero*
>> > >Abogada-Argentina
>> > >
>> > >Phone: +54 9351 5282 668
>> > >Twitter: @facambronero
>> > >Skype: fatima.cambronero
>> > >_______________________________________________
>> > >lac-discuss-es mailing list
>> > >lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>> > >https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>> > >
>> > >http://www.lacralo.org
>> >
>> >
>> > _______________________________________________
>> > lac-discuss-es mailing list
>> > lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>> > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>> >
>> > http://www.lacralo.org
>> >
>>
>>
>>
>> --
>> Aida Noblia
>> _______________________________________________
>> lac-discuss-es mailing list
>> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>
>> http://www.lacralo.org
>>
>
>
>
> --
> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> Dr. Alejandro Pisanty
> Facultad de Química UNAM
> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> . . . . . . . . . . . . . . . .
>
Aida Noblia
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/fed7a099cc.html
--]]
1
0
Re: [lac-discuss-en] Agenda-Meetings in London / Events - Meetings in London
by aidanoblia@gmail.com June 16, 2014
by aidanoblia@gmail.com June 16, 2014
June 16, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Agenda-Meetings in London / Events - Meetings in London
From: aidanoblia(a)gmail.com
Thank Humberto
Regards
06.16.2014 6:32 GMT-03: 00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com> :
> Dear all,
>
> Here you can find the At Large's Meetings in London for every day:
>
> https://community.icann.org/display/als2/At-Large+
> Meetings+-+Saturday%2C+21+June+2014+Workspace
>
> Regards
>
> Estimados,
>
> Aqui encontrarán la agenda de reuniones de At Large en Londres para cada
> día:
>
> https://community.icann.org/display/als2/At-Large+
> Meetings+-+Saturday%2C+21+June+2014+Workspace
>
>
>
> Saludos
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
Aida Noblia
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/1fb791e180.html
--]]
1
0
June 16, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Agenda-Meetings in London / Events - Meetings in London
From: hcarrascob(a)gmail.com
Dear all,
Here you can find the At Large's Meetings in London for every day:
https://community.icann.org/display/als2/At-Large+Meetings+-+Saturday%2C+21…
Regards
Dear,
Here encontrarn meeting agendas At Large in London
every day:
https://community.icann.org/display/als2/At-Large+Meetings+-+Saturday%2C+21…
Regards
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/db795c9736.html
--]]
1
0
Re: [lac-discuss-en] ? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
by apisanty@gmail.com June 15, 2014
by apisanty@gmail.com June 15, 2014
June 15, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
From: apisanty(a)gmail.com
Ada,
qubueno someone with your knowledge and scrupulous work into
this field, as has been well prepared Ftima and Vanda.
This is the kind of work it takes. Now, it is a job that
Whether ICANN march long, because ICANN is
constantly under pressure to endorse contracts are
compatible with the laws in all possible countries. In particular the
Privacy issue is extremely contentious and diverse. Surely you
ledo about litigation between the "Section 29 of the article"
Europe and ICANN, ascomo disputes about the RAA (with which
started this conversation).
I think it will be very valuable to t and the other colleagues who LACRALO
devoted to these topics attend the relevant meetings in the meeting
ICANN in London or further distance, and coming into contact with the
members of affected communities ms allde ALAC. In this manner
daramos a quantum leap in the ability to intervene LACRALO
informed, and resume this discussion after the meeting of a
highly productive orientation. The enrichment of knowledge
jurdico detailed help all the controversy.
Best regards.
Alejandro Pisanty
6/15/2014 17:58 GMT-05: 00 Aida Noblia <aidanoblia(a)gmail.com> :
> Cierto. Fátima tiene razón , yo no entendía porqué ahora se repetía, ya
> habíamos trabajado sobre el tema por varias personas, por febrero o marzo,
> entre ellas Fátima y Alejandro, también Carlton.
>
> En un momento Fátima hiciste esa aclaración sobre el que el punto focal es
> esto de la retención y diferencias entre registrar y registry.
>
> Les envío algo al respecto . Espero pueda ser útil para la discusión del
> tema. Es un poco largo.
>
> Según entendí, la tarea no es transcribir o linkear todas las
> legislaciones, lo cual yo ya había enviado el link, sino que es confrontar
> la lista de datos que aparecen en este documento del que nos enviaste el
> link Fátima y la legislación de cada país
>
> Uruguay tiene legislación especial y registro de bases de datos personales
> obligatorio, salvo excepciones
>
> Respecto a los datos que se retienen según la descripción de RAA 2013 del
> borrador de 21 marzo 2014 :
>
> Se trata de un tema complejo. Delicado por sus consecuencias. Trataremos
> algunos puntos.
>
> *Punto 1. Relaciones contractuales. encadenadas-*
>
> Según entiendo: los datos que se retienen en el caso de los RAA son
> derivados de una relación contractual entre dos partes: Quien registra los
> datos y el Registrador o Registro (registry).
>
> Quien registra los datos NO es el titular de los datos sino quien los
> recolectó del titular de los datos, que es la persona (física o jurídica)
> que va a utilizar el dominio.
>
> Aquí hay dos relaciones contractuales que se encuetran encadenadas o
> dependientes una de la otra.. a) Una es entre el titular de los datos y
> quien los va a registrar y b) la otra es entre quien los registra y el
> Registro.
>
> Nos interesa a efectos del análisis: Artículo 8 de la ley uruguaya, que de
> manera similar a otras establece el *Principio de finalidad* por el que:
> "Los datos objeto de tratamiento no podrán ser utilizados para finalidades
> distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención. Los
> datos deberán ser eliminados cuando hayan dejado de ser necesarios o
> pertinentes a los fines para los cuales hubieren sido recolectados. La
> reglamentación determinará los casos y procedimientos en los que, por
> excepción, y atendidos los valores históricos, estadísticos o científicos,
> y de acuerdo con la legislación específica, se conserven datos personales
> aún cuando haya perimido tal necesidad o pertinencia. Tampoco podrán
> comunicarse datos entre bases de datos, sin que medie ley o previo
> consentimiento informado del titular."
>
> Es obvio que quien desea utilizar un dominio debe adherirse a las reglas
> respecto a la concesión de dicho dominio, siendo que en el caso estas
> reglas relativas a la retencion de datos son utiles para cumplir la
> finalidad de que se protejan los dominios registrados de ataques y
> faciliten la resolucion de disputas al respecto de los mismos. Tampoco
> puede el titular de los datos ( persona física o jurídica) desconocer que
> la persona con la que contrata , que es quien se presentará al Registro,
> necesita dar al Registro determinados datos personales de quien registra el
> dominio, pues son necesarios para quedar registrado.
>
> De todas maneras entiendo que es de orden que se ponga una cláusula al
> respecto en este acuerdo para evitar conflictos presente el contrato previo
> donde conste esta autorización y consentimiento expreso y claro o en su
> defecto que lo haga claramente, aunque por separado del contrato, en otro
> documento. .
>
> Cuando la persona que realiza el registro se presenta a registrar el
> dominio, está brindando datos ajenos pero autorizada por su contrato con el
> titular de los datos, y tambien el titular de los datos debe haber
> autorizado la retencion por el tiempo que esta debe realizarse y para los
> fines que se deben indicar expresamente.. Conviene que el Registro
> conservara copia de este documento de autorización o del propio contrato
> antecedente entre quien será el titular del dominio y quien lo registra.
>
> *Punto 2. Retencion de Datos*
>
> En el caso de la retención de los datos por cierto tiempo, el titular de
> los datos podría cuestionar no el hecho de dar sus datos para que se
> registre el dominio, sino *que retengan los datos* porque no es solo para
> registrarlo, sino que es por efectos posteriores. Esto, por un lado: a)
> debe ser también consentido por el titular de los datos en el contrato que
> realiza con quien los va a registrar. Es decir que debe haber otra cláusula
> o expresión de voluntad en el mismo documento, en que claramente se
> establezca que el titular de los datos consiente en que el Registro retenga
> los datos por un cierto tiempo, (serían los cinco años o plazo por el que
> se hace en general la retención) porque esto es en beneficio de la buena
> prestación del servicio y para proteger el sistema de usurapaciones o
> fraudes respecto a los dominios, incluido el dominio de quien será su
> titular y está contratando. Entiendo que esto es un fundamento válido y
> poco objetable por el titular de los datos: brinda sus datos para una
> finalidad determinada y no para otra y es a los efectos de la adecuada
> prestacion del servicio que el va a utilizar. Protege su propio dominio
> tambien.
>
> El Registro debe exigir que esta clausula este expresamente establecida n
> el contrato entre el futuro titular del dominio y quien lo registra, del
> cual queda con copia. ( o por documento aparte, lo cual es menos practico
> pero puede subsanar en caso de que no lo estuviera en el mismo contrato)
>
> A su vez el titular de los datos tendrá el derecho de acuerdo a la ley y
> entiendo que también debe quedar obligado a comunicar de inmediato todo
> cambio de datos para que el Registro se mantenga actualizado. Dicho titular
> de los datos debera quedar facultado para ejercer los derechos de acceso a
> la base de datos, previa identificacion, rectificacion, actualización,
> inclusión o supresión de los datos personales que le corresponda incluidos
> en la base de datos del Registo, si constata error o falsedad o exclusión
> en la información de la que es titular o supresion de los datos inexactos.
> También el titular de los datos tendrá el derecho a que el Registro
> comunique los datos solo para los fines para los que los dio y en el caso
> de la retención de datos el titular de los datos deberá consentir
> expresamente en el contrato que se comuniquen esos datos para la finalidad
> de protección del propio Registro como ya mencionamos.
>
> *Punto 3.. Datos protegidos*
>
> En cuanto al tipo de datos protegidos.todas las leyes de proteccion de
> datos que conozco establecen que se requiere consentimiento informado del
> titular de los datos para ser tratados. Pero tambien establecen excepciones
> a ello. La ley uruguaya en el articulo 9 establece :" El tratamiento de
> datos personales es lícito cuando el titular hubiere prestado su
> consentimiento libre, previo, expreso e informado, el que deberá
> documentarse. El referido consentimiento prestado con otras declaraciones,
> deberá figurar en forma expresa y destacada, previa notificación al
> requerido de datos, de la información descrita en el artículo 13 de la
> presente ley"
>
> Pero a la vez, todas esas leyes, como deciamos, establecen que este
> consentimiento NO se requiere en determinados casos que las mismas
> legislaciones establecen de manera similar. Habria que ver en cada
> legislacion las diferencias en este punto.
>
> La ley uruguaya en el mismo art. 9 a continuación establece 5 casos en que
> NO se requiere dicho consentimiento: entre los que están los datos que se
> requieren para el Registro del Nombre de Dominio y que serían objeto de
> retención según el documento de abril 2014..
>
> *Salvo:* la *direccion de correo electronico* , que es requerida en el
> punto 1.1.4.- En este caso para la retención según la ley uruguaya,
> habria que tener el consentimiento expreso e informado del solicitante
> también que diga que autoriza a dar su dirección de correo electrónico, en
> el contrato con quien lo va a registrar y volcarlo tambien en el contrato
> con el Registro, el que convendria exigir copia del primer contrato.
>
> En los otros casos de retención los demás datos están comprendidos en los 5
> casos de excepción al artículo 9, al menos en nuestro país son datos que
> están en fuentes públicas (inc. A) o quedan en los otros incisos.
>
> Se los agrego a continuación:
>
> A) Si los datos provienen de fuentes públicas de información, tales como
> registros o publicaciones en medios masivos de comunicación. B) Se recaben
> para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en
> virtud de una obligación legal. C) Se trate de listados cuyos d loatos se
> limiten en el caso de personas físicas a nombres y apellidos, documento de
> identidad, nacionalidad, domicilio y fecha de nacimiento. En el caso de
> personas jurídicas, razón social, nombre de fantasía, registro único de
> contribuyentes, domicilio, teléfono e identidad de las personas a cargo de
> la misma. D) Deriven de una relación contractual, científica o profesional
> del titular de los datos, y sean necesarios para su desarrollo o
> cumplimiento. E) Se realice por personas físicas para su uso exclusivo
> personal, individual o doméstico.
>
> Por ley posterior se agregaron al artículo 9 se consideran tambien bases
> publicas o accesibles al publico:
>
> A) El Diario Oficial y las publicaciones oficiales, cualquiera sea su
> soporte de registro o canal de comunicación.
>
> B) Las publicaciones en medios masivos de comunicación, entendiendo por
> tales los provenientes de la prensa, cualquiera sea el soporte en el que
> figuren o el canal a travésdel cual se practique la comunicación.
>
> C) Las guías, anuarios, directorios y similares en los que figuren nombres
> y domicilios, u otros datos personales que hayan sido incluidos con el
> consentimiento del titular.
>
> D) Todo otro registro o publicación en el que prevalezca el interés general
> en cuanto a que los datos personales en ellos contenidos puedan ser
> consultados, difundidos o utilizados por parte de terceros. En caso
> contrario, se podrá hacer uso del registro o publicación
>
> mediante técnicas de disociación u ocultamiento de los datos personales.
>
> O sea que en todos estos casos anteriormente mencionados NO se requiere el
> consentimiento informado del titular de los datos.
>
> El articulo 4 definia: "Fuentes accesibles al público como: aquellas bases
> de datos cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, no
> impedida por una norma limitativa o sin más exigencia que, en su caso, el
> abono de una contraprestación. "
>
> De todas maneras al firmar el titular de los datos el contrato como
> expresabamos, ya esta autorizando el uso para esa finalidad de obtener y
> preservar su dominio . En el caso de la retencion seria para prevenir
> usurpaciones
>
> *4.Datos sensibles*
>
> La legislación uruguaya, como las legislaciones que ví , divide los datos
> personales en dos: datos personales en general y los datos sensibles, un
> tipo especial dentro de datos personales, que es más protegido. Los datos
> sensibles están taxativamente ennumerados en la ley uruguaya (preferencias
> políticas o religiosas, origen étnico, afiliación sindical, datos de salud
> y vida sexual)
>
> Estos NO son datos objeto de retencion, según el documento en estudio (
> abril 2014 por lo que no nos extendemos en este tema.
>
> Respecto a estos datos: "Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar
> datos sensibles. Estos sólo podrán ser objeto de tratamiento con el
> consentimiento expreso y escrito del titular. Los datos sensibles sólo
> pueden ser recolectados y objeto de tratamiento cuando medien razones de
> interés general autorizadas por ley, o cuando el organismo solicitante
> tenga mandato legal para hacerlo. También podrán ser tratados con
> finalidades estadísticas o científicas cuando se disocien de sus
> titulares.Queda prohibida la formación de bases de datos que almacenen
> información que directa o indirectamente revele datos sensibles. " Aunque
> hay algunas excepciones.
>
>
> Esto es algo apresuradamente la visión que podemos dar en este momento.
>
> *EN RESUMEN:* Todo se resolvería al establecer detallada y expresamente en
> el contrato con el titular de los datos que va a ser el que haga uso del
> dominio, las autorizaciones y consentimiento informado para que se haga la
> retención de los datos con la finalidad exclusiva de evitar fraudes,
> ocupación de dominios, y facilitar la resolución de disputas, todo según lo
> establezca la legislación que corresponda aplicar.
>
> Asimismo el Registro debería tener copia de este contrato y el titular de
> los datos debería poder acceder a la base para ejercer sus derechos de
> acceso, rectificación, actualización de datos, inclusión de datos nuevos, o
> supresión de los incorrectos, y control de la comunicación solo para los
> fines mencionados..Esta actualización de los datos también debería ser una
> obligación, para mantener el Registro actualizado.
>
> Saludos a todos
>
> Aída
>
>
>
>
> Saludos y
>
>
>
>
>
>
>
>
> El 15 de junio de 2014, 11:36, Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br>
> escribió:
>
> > Fatima tiene razón. El tema es relevante para nuestra region y por
> > ejemplo Brasil tiene diversas acciones de protección de datos en
> diversos
> > ramos de actividad pero no tiene una ley. Tine si un proyecto de ley
> desde
> > 2010 que sigue en discussion en el Congreso porque fue modificado por
> > cuenta de Snowden y su publicación que los datos personales y las
> > comunicaciones de nuestra presidente fueran abiertos. Argentina se que
> > tiene su Ley desde 2000. PY también , Chile, Peru.. Enfin hay muchas
> > soluciones que pueden ser discutidas en face al RAA
> > Vanda Scartezini
> > Polo Consultores Associados
> > Av. Paulista 1159, cj 1004
> > 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> > Land Line: +55 11 3266.6253
> > Mobile: + 55 11 98181.1464
> >
> >
> >
> >
> >
> >
> >
> > On 6/13/14, 16:53, "Fatima Cambronero" <fatimacambronero(a)gmail.com>
> wrote:
> >
> > >Alberto, todos,
> > >
> > >
> > >Quizás se perdieron mi correo del 6 de abril donde abordé este tema
> > >(retención de datos), hice mis comentarios e hice una propuesta de
> trabajo
> > >sobre este tema: leyes de protección de datos de cada uno de nuestros
> > >países relacionados a la retención de datos. Allí propuse que trabajemos
> > >el
> > >tema por país, que se agrupen las ALSs de cada país para abordar el
> tema.
> > >Allí está explicado por qué esa propuesta.
> > >Pueden ver el registro de ese correo y propuesta aquí:
> > >
> http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
> > >
> > >Lamentablemente nadie respondió a ese correo ni a esa propuesta.
> > >
> > >En este enlace:
> > >http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html,
> > >que
> > >es el registro de esta primera parte del año de las discusiones de
> > >LACRALO,
> > >podrán ver quiénes hemos estado empujando varios de los temas que
> > >mencionas, como por ejemplo Whois (tú, Alejandro, Aída, yo), aun cuando
> en
> > >nuestro RALO tenemos expertos involucrados en el tema tanto en WGs como
> en
> > >RTs, que podrían estar informándonos y guiándonos para poder debatir
> mejor
> > >este asunto y llegar a adoptar posiciones en LACRALO.
> > >
> > >Recordemos además que las leyes de protección de datos de los
> respectivos
> > >países no están dentro del scope de ICANN. Sí en este caso el RAA en
> > >cuanto
> > >a la Descripción de Especificaciones de elementos de retención de datos
> y
> > >propósitos potencialmente legítimos para la recolección/retención de
> > >datos.
> > >
> > >Saludos cordiales,
> > >Fatima Cambronero
> > >
> > >
> > >El 13 de junio de 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org>
> > >escribió:
> > >
> > >> Alejandro, la intención no es formar una biblioteca. Muchas veces
> > >> solicitaste capacitación. Esta es una forma de capacitar: la búsqueda
> y
> > >> lectura, y la realiza quien lo desea, sin imposiciones. No existen
> > >> bibliotecas que contengan toda esta información, y las que existen en
> > >>cada
> > >> país con sus propias leyes, no necesitan de ningún acuerdo para su
> uso.
> > >>Lo
> > >> de las canciones, felizmente ya quedó en el pasado, pero es parte de
> > >>todo
> > >> lo que tenemos que hacer.
> > >>
> > >> Para qué? Algunos pocos ejemplos de los muchos por los cuales tenemos
> > >>que
> > >> saber un poco más de Protección de Datos personales:
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> - ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
> > >> Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and
> > >> Retention1
> > >>
> > >> - New GTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
> > >> International transfer...
> > >>
> > >> - Art. 29 Data Protection Working Party (Bruselas, JUN
> > >>2013)
> > >>
> > >> - Carta de ICANN al Superior Consejo Europeo de
> Protección
> > >>de
> > >> Datos (Abril 2014). Objeto: Recopilación de datos, la retención y l
> > >> aprivacidad en el contexto del contrato de Registradores (RAA 2013)
> > >>
> > >> - WHOIS Beta. Grupo de trabajo del Art. 29
> > >>
> > >> - Declaración de Montevideo sobre el futuro de la
> > >>cooperación
> > >> en internet que fue uno de los elementos base del Plan Estratégico
> > >> 2013-2015 de la Región América Latina y Caribe.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Durante el período de comentarios, solo dos personas opinamos sobre el
> > >> primer ejemplo. Ahora contamos con Javier Pallero, un excelente
> > >>profesional
> > >> cuyos conocimientos sobre este tema son realmente sobresalientes.
> > >>
> > >> También falta capacitación en otros temas como WHOIS, y otros aún más
> > >> técnicos como Seguridad en DNSs y varios de la misma o superior
> > >>complejidad.
> > >>
> > >> Pero todo junto no podemos hacerlo, pero todos juntos podremos
> hacerlo.
> > >>
> > >> Solo les pido a todos que colaboren, y una de las formas, es darme
> > >>tiempo
> > >> para continuar trabajando sobre ello.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Saludos cordiales
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Alberto Soto
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> De: Alejandro Pisanty [mailto:apisanty@gmail.com]
> > >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 08:09 p.m.
> > >> Para: Alberto Soto
> > >> CC: Javier Pallero; LACRALO Español
> > >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales,
> privacidad
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Alberto,
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> pero... ¿cuál sería la discusión? ¿cuál sería el objeto de que LACRALO
> > >> haga el trabajo de formar una biblioteca de leyes de protección de
> datos
> > >> personales?
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Vamos en reversa:
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Bibliotecas así existen, hechas por organizaciones dedicadas de manera
> > >> profesional tanto al tema de privacidad como al archivo y biblioteca.
> > >>Para
> > >> acceder a las leyes es mejor buscar uno de estos acervos y hacer
> > >>acuerdos
> > >> para su posible uso.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Pero sobre todo: ¿para qué? ¿vamos a hacer un proyecto de LACRALO -
> como
> > >> debe ser, con misión, visión, objetivos, metas, recursos asignados,
> > >> compromisos, charter, triángulo de hierro, rendición de cuentas... -
> que
> > >> consista en confrontar a cada ccTLD de la región con las leyes
> > >>aplicables
> > >> en su país?
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Suena un poco más ambicioso que hacer una colección de canciones y
> > >>habría
> > >> que estar muy bien preparados para emprenderlo. Y seguros de que no
> hay
> > >>una
> > >> instancia mejor - por ejemplo, en cada país, o del tipo del
> Observatorio
> > >> Interamericano de Protección de Datos - que ya lo esté haciendo.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Hay otro problema en este campo que enfrentaremos como usuarios en
> > >>algunos
> > >> países de la región: los tratados internacionales como el TPP o TPPA
> > >> (Tratado de Asociación Transpacífico) incluyen cláusulas muy
> específicas
> > >> que determinan las características del "whois" en los ccTLDs, siempre
> a
> > >> favor de los intereses comerciales, particularmente los de las
> empresas
> > >>en
> > >> EU. ¿Estamos preparados como LACRALO para tratar este asunto? (puedo
> > >> presentar más detalles si se requieren).
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> En las asociaciones que Uds. representan, ¿están en contacto con sus
> > >> ccTLDs sobre algunos de estos temas? ¿qué posiciones tienen nuestras
> > >> asociaciones?
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Saludos cordiales.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Alejandro Pisanty
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> 2014-06-12 10:18 GMT-05:00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >:
> > >>
> > >> Gracias Javier! Creo que les pediría por favor, a cada integrante de
> > >> nuestras ALSs, que traten de enviarnos la legislación de su país al
> > >> respecto. Si existe una Ley de Protección de Datos Personales (el
> > >>link...),
> > >> si la misma se está cumpliendo, si hay otras formas de obtener datos
> > >> personales. En varios países hay organizaciones cuasi fantasmas que
> > >>brindan
> > >> datos en contra de la legislación vigente. Es la base que necesitamos
> > >>para
> > >> una buena discusión.
> > >>
> > >> Saludos cordiales
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Alberto Soto
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> De: Javier Pallero [mailto:javierjosepallero@gmail.com <mailto:
> > >> javierjosepallero(a)gmail.com> ]
> > >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 12:11 p.m.
> > >> Para: Alberto Soto
> > >> CC: LACRALO Español
> > >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales,
> privacidad
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Esto es interesante Alberto pues en la Argentina, por ejemplo, se
> puede
> > >> acceder al nombre, numero de CUIT, DNI y datos de delegación de
> > >>cualquier
> > >> registrante https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
> > >>
> > >> En el sistema viejo podía encontrarse la dirección física que se
> > >>registró
> > >> también. Pero igualmente con los datos que se encuentran en la
> búsqueda
> > >>eso
> > >> no es difícil de averiguar por fuera.
> > >>
> > >> Hay ciertos datos (nombre, documento nacional de identidad,
> > >>identificación
> > >> tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio)
> > >>que
> > >> la ley argentina permite tratar sin obtener el consentimiento del
> > >>titular,
> > >> haciéndolos de "libre circulación". Son los que muestra el nic.ar <
> > >> http://nic.ar> <http://nic.ar> Y a veces, esos datos son
> demasiados
> > >> (máxime cuando hoy en día el análisis de metadatos extrae información
> > >>mas
> > >> allá de lo explícito)
> > >>
> > >> Nuestra ley (y hasta donde tengo entendido, varias en la región)
> > >>siguieron
> > >> la directiva europea 95/46/EC aún vigente y en proceso de reforma.
> Pero
> > >>al
> > >> menos en el caso argentino falta algo que la directiva europea sí
> tiene:
> > >> expresas menciones a principios de proporcionalidad. No solo se trata
> de
> > >> qué datos podrán ser traficados libremente, sino de cuánto es
> necesario
> > >> para el cumplimiento de los fines del registro.
> > >>
> > >> En lo que nos ocupa, se trata de la proporcionalidad respecto de los
> > >>datos
> > >> que se muestran y su utilidad para el registro público de los
> titulares
> > >>de
> > >> dominios punto país. Sería interesante efecturar un buen relevamiento
> y
> > >> establecer algunos principios para evaluar cómo los administradores de
> > >> ccTLDs de la región tratan (y cómo deberían tratar) los datos de
> > >> titularidad.
> > >>
> > >> Para terminar, en el reino unido no aplica la directiva europea, y
> casi
> > >> como en USA, el laissez faire lleva las riendas. Igualmente, sirve
> para
> > >> estas preguntas que se me ocurren para la región.
> > >>
> > >> Saludos.
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Javier J. Pallero
> > >>
> > >> http://about.me/javierpallero <
> http://www.linkedin.com/in/javierpallero
> > >
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> El 12 de junio de 2014, 11:15, Alberto Soto <
> asoto(a)ibero-americano.org
> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> <mailto:asoto@ibero-americano.org
> > >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> > > escribió:
> > >>
> > >> Este es un tema también importante para estudiar, y es técnico legal y
> > >>no
> > >> técnico informático. El administrador del dominio .uk , a diferencia
> de
> > >>la
> > >> generalidad del mundo, abre más datos personales atodos, mejor dicho a
> > >> cualquiera.
> > >>
> > >> Saludos cordiales
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> Alberto Soto
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> > >>
> >
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
> > >>mai
> > >> <
> > >>
> > >>
> >
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
> > >>main-end-privacy
> > >> >
> > >> n-end-privacy
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> _______________________________________________
> > >> lac-discuss-es mailing list
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> <mailto:
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> >
> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> > >>
> > >> http://www.lacralo.org
> > >>
> > >>
> > >>
> > >> _______________________________________________
> > >> lac-discuss-es mailing list
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org>
> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> > >>
> > >> http://www.lacralo.org
> > >>
> > >>
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> > >>
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> > >>
> > >>
> > >> --
> > >> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> > >> Dr. Alejandro Pisanty
> > >> Facultad de Química UNAM
> > >> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> > >> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> > >> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> > >> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> > >> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> > >> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
> > >> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
> > >> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> > >> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> > >> . . . . . . . . . . . . . . . .
> > >>
> > >> _______________________________________________
> > >> lac-discuss-es mailing list
> > >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> > >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> > >>
> > >> http://www.lacralo.org
> > >>
> > >
> > >
> > >
> > >--
> > >*Fatima Cambronero*
> > >Abogada-Argentina
> > >
> > >Phone: +54 9351 5282 668
> > >Twitter: @facambronero
> > >Skype: fatima.cambronero
> > >_______________________________________________
> > >lac-discuss-es mailing list
> > >lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> > >https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> > >
> > >http://www.lacralo.org
> >
> >
> > _______________________________________________
> > lac-discuss-es mailing list
> > lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >
> > http://www.lacralo.org
> >
>
>
>
> --
> Aida Noblia
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
---------------------------
Dr. Alejandro Pisanty
UNAM Faculty of Chemistry
AvUniversity 3000, 04510 Mexico DF Mexico
+52-1-5541444475 FROM ABROAD
SMS +525541444475 +525541444475 FROM MEXICO
Blog: http://pisanty.blogspot.com
LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
Join the LinkedIn group UNAM,
http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
Twitter: http://twitter.com/apisanty
---- >> Join ISOC Mexico, http://www.isoc.org
. . . . . . . . . . . . . . . .
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/12ce5aca4d.html
--]]
1
0
Re: [lac-discuss-en] ? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
by aidanoblia@gmail.com June 15, 2014
by aidanoblia@gmail.com June 15, 2014
June 15, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Utf-8 q Protection = C3 = 2C == B3n_de_datos_personales = utf-8 q = _Privacy???
From: aidanoblia(a)gmail.com
Right. Fátima has reason, I did not understand it Repeta porquahora as
habamos worked on the issue for several persons, by February or March
including Ftima and Alexander, Carlton also.
In a moment Ftima aclaracin did that on which the focal point is
retenciny this the differences between record and registry.
Les mailing something. I hope to be useful for the discussion of
subject. It is a bit long.
According entend, the task is not transcribed or linkear all
laws, which I had already sent the link, but is confronted
list information in this document you sent us
The legislation Ftima link and each pas
Uruguay has legislacin special and record personal databases
mandatory exceptions
With respect to data retained According to the description of RAA 2013
draft March 21, 2014:
This is a complex issue. Delicate by its consequences. Try
some points.
* Item 1. Contractual relations. chained-*
According understand: the data are retained in the case of RAA are
arising from a contractual relationship between two parties: Who records
data and the Registrar or registry (registry).
Who records the data is NOT the owner of the data but who the
recolectdel owner of the data, which is the person (physical or jurdica)
it will use the.
Aquhay two contract relationships or chained encuetran
dependent of each other .. a) A is between the owner of the data and
who is going to record and b) who the other is between the registers and the
Register.
We are interested in the purposes of analysis: Article 8 of the Uruguayan law, which
Similarly to other sets the * purpose * principle by which:
"The data processed podrn not be used for purposes
different or incompatible with those for which they obtencin. The
Bern data be deleted when they are no longer necessary or
relevant to the purposes for which unless it has been collected. The
Ruling determine them cases and proceedings in which, for
exception, and attended the histricos values \u200b\u200bestadsticos or scientists,
and according to especfica legislacin, personal data is retained
when such an outdated necessity or relevance. Nor podrn
communicate data between databases without it being pre-law or
informed consent of the owner. "
Obviously, those who want to use a domain must adhere to the rules
regarding granting of said domain, being that for these
rules on the retention of data are useful to meet the
purpose of the domains registered attacks and protect
facilitate the resolution of disputes in respect thereof. Neither
can the owner of the data (physical or legal person) deny that
the person who hires, that's who registry presentaral,
need to register certain personal data to whose records the
domain, they are required to be recorded.
Anyway understand it is in order to put on a clusula
respect to this agreement to avoid this conflict the previous contract
autorizaciny stating this clear and express consent or in
defect that clearly does, though separate contract, in another
document. .
When the person doing the registration is submitted to register the
domain, but estbrindando outliers authorized by its contract with the
owner of the data, and also the owner of the data must be
authorized by the retention time and this must be done for
purposes should indicate explicitly that the Registry should ..
retain copy of this document from the contract itself autorizacino
history between who serel domain owner and who registers.
* Item 2. * Data Retention
For the retention of data for a time, the holder of
data may not question the fact of giving their data to be
register the domain but retain the data * that * is not only because
register, it is aftereffects. This, on the one hand: a)
also must be consented to by the owner of the data in the contract
hits with whom to register.This means that there must be another clusula
or expression of will on the same document, which clearly
stating that the holder agrees that the Registration Data hold
data for some time, (will be five years or the period for which
the retention is done in general) because it is in the interest of good
prestacin service and to protect the system or usurapaciones
fraud regarding the domains, including the domain who Sersu
holder and estcontratando. I understand that this is a foundation and Valid
little objectionable to the owner of the data: provides data for a
determined and not for any other purpose and is for the purpose of proper
the provision of the service to use. Protect your own domain
too.
The Registry should require that this clause expressly provided that n
the contract between the future owner of the domain and who registers of
which is copied. (Or a separate document, which is less practical
but you can correct if I were not on the same contract)
In turn, the owner of the data tendrel right according to law
I understand that also should be required to immediately disclose all
change data to the registry keeps updated. The holder
Data shall be entitled to exercise the rights of access to
database, after identification, rectification, update,
inclusino supresin of personal data that corresponds including
database in the Recording, if it finds error or misrepresentation or exclusion
the information of which he is the owner or deletion of inaccurate data.
Also the owner of the data tendrel right to Registry
provide data only for the purposes for which it gave in the case
retention data of the data subject deberconsentir
expressly in the contract that these data are disclosed for the purpose
of protection of the registry itself as already mentioned.
* Point 3 .. protected data *
As for the type of data you protegidos.todas protection laws of
I know data establish that informed consent is required from
data subject to be treated. But also derogate
thereto. Uruguayan law in Article 9: "The treatment of
lcito personal data is when the holder has given his
free, prior, express and informed consent, which must
documented. The said consent given with other statements,
deberfigurar explicitly and prominently, prior notification to
required data, of the information described in the article 13 of the
this Act "
But then again, all these laws, as we said, this set
consent is NOT required in certain cases the same
laws provide similarly. Would have to look at each
differences legislation at this point.
Uruguayan law in the same art.9 Continuation established 5 where
NO such consent is required: including the data ESTN
required for Registration of Domain Name and that will be the subject of
According to the document retention in April 2014 ..
* Subject: * the * email address *, which is required in the
1.1.4 -. In this case the retention According to Uruguayan law,
would have to have the express and informed consent of the applicant
also authorizes that says give your e-mail address in
the contract who will also record and overturn the contract
with the registry, which should require the copy of the first contract.
In other cases of retention data ESTN the others included in the 5
cases of exception to article 9, at least in our country are data
ESTN them in the bublic sources (inc. A) or are in the other subsections.
They are added to Continuation:
A) If the data comes from pblicas sources of information, such as
records or publications in mass media.B) were collected
themselves to exercise the powers or functions of the state
under a legal obligation. C) In the case of d whose listings are loatos
limit in the case of physical persons to names, document
identity, nationality, address and date of birth. For
legal bodies, social reason, fantasy name, unique record of
taxpayers, address, phone and identity of persons responsible for
thereof. D) Arising from a professional contractual relationship, or cientfica
the owner of the data, and are necessary for their development or
compliance. E) is made by physical persons for their exclusive use
personal, individual or domestics.
For subsequent law was added to the article 9 bases is also considered
public or accessible to the public:
A) The Official Journal and publications, whatever their
recording medium or communication channel.
B) Publications in mass-media, understanding
such those from the press, whatever the medium in which
listed or channel to which the communication is travsdel practice.
C) Directories, yearbooks, directories, and similar materials bearing the names
and addresses, or other personal details that have been included with the
consent of the owner.
D) Any other record or publication in the prevailing public interest
in that the personal information contained therein may be
viewed, distributed or used by third parties. Should
Otherwise, use the registration or publication is podrhacer
by disociacinu concealment techniques of personal data.
So in all these cases mentioned above is NOT required
informed consent of the data subject.
Defined in Article 4: "Sources accessible to the public as those bases
data which can be consulted by anyone, not
prevented by a restrictive standard or requirement without ms, where appropriate, the
payment of a contraprestacin. "
Anyway holder to sign the contract as data
we expressed, and are authorizing the use for that purpose of obtaining and
preserving its domain. For retention to prevent serious
encroachments
* Sensitive * 4.Time
The Uruguayan legislacin as the laws that v divides data
personal into two: general personal data and sensitive data, a
special type in personal data, which is more protected. Data
exhaustively enumerated in sensitive ESTN Uruguayan law (preferences
policies or religious beliefs, ethnic background, union affiliation, health data
and sexual life)
These are NOT subject to retention data, according to the document under consideration (
April 2014 so we do not extend this topic.
For these data: "No person shall be required to provide
sensitive data. These podrn only be processed with the
express written consent of the owner. Sensitive data only
can be collected and processed for compelling reasons
General interest authorized by law, or when the applicant organization
have legal mandate to do so. Also be able to be treated with
cientficas statistics purposes or dissociate when their
titulares.Queda prohibited the formation of databases that store
information that directly or indirectly disclose sensitive data. "Although
there are some exceptions.
This is something hastily vision we can give at this time.
* SUMMARY: * All details will be resolved to establish and expressly
the contract with the owner of the data that will be availing
domain, authorizations and informed consent is made to the
retention of data for the sole purpose of preventing fraud,
occupation of domains, and facilitate the resolution of disputes, all According to the
The legislation set to be applied.
Registration should also have a copy of this contract and the holder of
data should be able to access the database to exercise their rights
access, Corrigendum, Upgrading data, inclusion of new data, or
supresin of incorrect, and the communication control only the
mentioned purposes .. This update of the data must also be a
obligation to maintain the updated registry.
Greetings to all
Ada
Greetings and
The June 15, 2014, 11:36 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br> wrote:
> Fatima tiene razón. El tema es relevante para nuestra region y por
> ejemplo Brasil tiene diversas acciones de protección de datos en diversos
> ramos de actividad pero no tiene una ley. Tine si un proyecto de ley desde
> 2010 que sigue en discussion en el Congreso porque fue modificado por
> cuenta de Snowden y su publicación que los datos personales y las
> comunicaciones de nuestra presidente fueran abiertos. Argentina se que
> tiene su Ley desde 2000. PY también , Chile, Peru.. Enfin hay muchas
> soluciones que pueden ser discutidas en face al RAA
> Vanda Scartezini
> Polo Consultores Associados
> Av. Paulista 1159, cj 1004
> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> Land Line: +55 11 3266.6253
> Mobile: + 55 11 98181.1464
>
>
>
>
>
>
>
> On 6/13/14, 16:53, "Fatima Cambronero" <fatimacambronero(a)gmail.com> wrote:
>
> >Alberto, todos,
> >
> >
> >Quizás se perdieron mi correo del 6 de abril donde abordé este tema
> >(retención de datos), hice mis comentarios e hice una propuesta de trabajo
> >sobre este tema: leyes de protección de datos de cada uno de nuestros
> >países relacionados a la retención de datos. Allí propuse que trabajemos
> >el
> >tema por país, que se agrupen las ALSs de cada país para abordar el tema.
> >Allí está explicado por qué esa propuesta.
> >Pueden ver el registro de ese correo y propuesta aquí:
> >http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
> >
> >Lamentablemente nadie respondió a ese correo ni a esa propuesta.
> >
> >En este enlace:
> >http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html,
> >que
> >es el registro de esta primera parte del año de las discusiones de
> >LACRALO,
> >podrán ver quiénes hemos estado empujando varios de los temas que
> >mencionas, como por ejemplo Whois (tú, Alejandro, Aída, yo), aun cuando en
> >nuestro RALO tenemos expertos involucrados en el tema tanto en WGs como en
> >RTs, que podrían estar informándonos y guiándonos para poder debatir mejor
> >este asunto y llegar a adoptar posiciones en LACRALO.
> >
> >Recordemos además que las leyes de protección de datos de los respectivos
> >países no están dentro del scope de ICANN. Sí en este caso el RAA en
> >cuanto
> >a la Descripción de Especificaciones de elementos de retención de datos y
> >propósitos potencialmente legítimos para la recolección/retención de
> >datos.
> >
> >Saludos cordiales,
> >Fatima Cambronero
> >
> >
> >El 13 de junio de 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org>
> >escribió:
> >
> >> Alejandro, la intención no es formar una biblioteca. Muchas veces
> >> solicitaste capacitación. Esta es una forma de capacitar: la búsqueda y
> >> lectura, y la realiza quien lo desea, sin imposiciones. No existen
> >> bibliotecas que contengan toda esta información, y las que existen en
> >>cada
> >> país con sus propias leyes, no necesitan de ningún acuerdo para su uso.
> >>Lo
> >> de las canciones, felizmente ya quedó en el pasado, pero es parte de
> >>todo
> >> lo que tenemos que hacer.
> >>
> >> Para qué? Algunos pocos ejemplos de los muchos por los cuales tenemos
> >>que
> >> saber un poco más de Protección de Datos personales:
> >>
> >>
> >>
> >> - ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
> >> Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and
> >> Retention1
> >>
> >> - New GTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
> >> International transfer...
> >>
> >> - Art. 29 Data Protection Working Party (Bruselas, JUN
> >>2013)
> >>
> >> - Carta de ICANN al Superior Consejo Europeo de Protección
> >>de
> >> Datos (Abril 2014). Objeto: Recopilación de datos, la retención y l
> >> aprivacidad en el contexto del contrato de Registradores (RAA 2013)
> >>
> >> - WHOIS Beta. Grupo de trabajo del Art. 29
> >>
> >> - Declaración de Montevideo sobre el futuro de la
> >>cooperación
> >> en internet que fue uno de los elementos base del Plan Estratégico
> >> 2013-2015 de la Región América Latina y Caribe.
> >>
> >>
> >>
> >> Durante el período de comentarios, solo dos personas opinamos sobre el
> >> primer ejemplo. Ahora contamos con Javier Pallero, un excelente
> >>profesional
> >> cuyos conocimientos sobre este tema son realmente sobresalientes.
> >>
> >> También falta capacitación en otros temas como WHOIS, y otros aún más
> >> técnicos como Seguridad en DNSs y varios de la misma o superior
> >>complejidad.
> >>
> >> Pero todo junto no podemos hacerlo, pero todos juntos podremos hacerlo.
> >>
> >> Solo les pido a todos que colaboren, y una de las formas, es darme
> >>tiempo
> >> para continuar trabajando sobre ello.
> >>
> >>
> >>
> >> Saludos cordiales
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> >> Alberto Soto
> >>
> >>
> >>
> >> De: Alejandro Pisanty [mailto:apisanty@gmail.com]
> >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 08:09 p.m.
> >> Para: Alberto Soto
> >> CC: Javier Pallero; LACRALO Español
> >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales, privacidad
> >>
> >>
> >>
> >> Alberto,
> >>
> >>
> >>
> >> pero... ¿cuál sería la discusión? ¿cuál sería el objeto de que LACRALO
> >> haga el trabajo de formar una biblioteca de leyes de protección de datos
> >> personales?
> >>
> >>
> >>
> >> Vamos en reversa:
> >>
> >>
> >>
> >> Bibliotecas así existen, hechas por organizaciones dedicadas de manera
> >> profesional tanto al tema de privacidad como al archivo y biblioteca.
> >>Para
> >> acceder a las leyes es mejor buscar uno de estos acervos y hacer
> >>acuerdos
> >> para su posible uso.
> >>
> >>
> >>
> >> Pero sobre todo: ¿para qué? ¿vamos a hacer un proyecto de LACRALO - como
> >> debe ser, con misión, visión, objetivos, metas, recursos asignados,
> >> compromisos, charter, triángulo de hierro, rendición de cuentas... - que
> >> consista en confrontar a cada ccTLD de la región con las leyes
> >>aplicables
> >> en su país?
> >>
> >>
> >>
> >> Suena un poco más ambicioso que hacer una colección de canciones y
> >>habría
> >> que estar muy bien preparados para emprenderlo. Y seguros de que no hay
> >>una
> >> instancia mejor - por ejemplo, en cada país, o del tipo del Observatorio
> >> Interamericano de Protección de Datos - que ya lo esté haciendo.
> >>
> >>
> >>
> >> Hay otro problema en este campo que enfrentaremos como usuarios en
> >>algunos
> >> países de la región: los tratados internacionales como el TPP o TPPA
> >> (Tratado de Asociación Transpacífico) incluyen cláusulas muy específicas
> >> que determinan las características del "whois" en los ccTLDs, siempre a
> >> favor de los intereses comerciales, particularmente los de las empresas
> >>en
> >> EU. ¿Estamos preparados como LACRALO para tratar este asunto? (puedo
> >> presentar más detalles si se requieren).
> >>
> >>
> >>
> >> En las asociaciones que Uds. representan, ¿están en contacto con sus
> >> ccTLDs sobre algunos de estos temas? ¿qué posiciones tienen nuestras
> >> asociaciones?
> >>
> >>
> >>
> >> Saludos cordiales.
> >>
> >>
> >>
> >> Alejandro Pisanty
> >>
> >>
> >>
> >> 2014-06-12 10:18 GMT-05:00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
> >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >:
> >>
> >> Gracias Javier! Creo que les pediría por favor, a cada integrante de
> >> nuestras ALSs, que traten de enviarnos la legislación de su país al
> >> respecto. Si existe una Ley de Protección de Datos Personales (el
> >>link...),
> >> si la misma se está cumpliendo, si hay otras formas de obtener datos
> >> personales. En varios países hay organizaciones cuasi fantasmas que
> >>brindan
> >> datos en contra de la legislación vigente. Es la base que necesitamos
> >>para
> >> una buena discusión.
> >>
> >> Saludos cordiales
> >>
> >>
> >>
> >> Alberto Soto
> >>
> >>
> >>
> >> De: Javier Pallero [mailto:javierjosepallero@gmail.com <mailto:
> >> javierjosepallero(a)gmail.com> ]
> >> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 12:11 p.m.
> >> Para: Alberto Soto
> >> CC: LACRALO Español
> >> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales, privacidad
> >>
> >>
> >>
> >> Esto es interesante Alberto pues en la Argentina, por ejemplo, se puede
> >> acceder al nombre, numero de CUIT, DNI y datos de delegación de
> >>cualquier
> >> registrante https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
> >>
> >> En el sistema viejo podía encontrarse la dirección física que se
> >>registró
> >> también. Pero igualmente con los datos que se encuentran en la búsqueda
> >>eso
> >> no es difícil de averiguar por fuera.
> >>
> >> Hay ciertos datos (nombre, documento nacional de identidad,
> >>identificación
> >> tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio)
> >>que
> >> la ley argentina permite tratar sin obtener el consentimiento del
> >>titular,
> >> haciéndolos de "libre circulación". Son los que muestra el nic.ar <
> >> http://nic.ar> <http://nic.ar> Y a veces, esos datos son demasiados
> >> (máxime cuando hoy en día el análisis de metadatos extrae información
> >>mas
> >> allá de lo explícito)
> >>
> >> Nuestra ley (y hasta donde tengo entendido, varias en la región)
> >>siguieron
> >> la directiva europea 95/46/EC aún vigente y en proceso de reforma. Pero
> >>al
> >> menos en el caso argentino falta algo que la directiva europea sí tiene:
> >> expresas menciones a principios de proporcionalidad. No solo se trata de
> >> qué datos podrán ser traficados libremente, sino de cuánto es necesario
> >> para el cumplimiento de los fines del registro.
> >>
> >> En lo que nos ocupa, se trata de la proporcionalidad respecto de los
> >>datos
> >> que se muestran y su utilidad para el registro público de los titulares
> >>de
> >> dominios punto país. Sería interesante efecturar un buen relevamiento y
> >> establecer algunos principios para evaluar cómo los administradores de
> >> ccTLDs de la región tratan (y cómo deberían tratar) los datos de
> >> titularidad.
> >>
> >> Para terminar, en el reino unido no aplica la directiva europea, y casi
> >> como en USA, el laissez faire lleva las riendas. Igualmente, sirve para
> >> estas preguntas que se me ocurren para la región.
> >>
> >> Saludos.
> >>
> >>
> >>
> >>
> >> Javier J. Pallero
> >>
> >> http://about.me/javierpallero <http://www.linkedin.com/in/javierpallero
> >
> >>
> >>
> >>
> >> El 12 de junio de 2014, 11:15, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
> >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> <mailto:asoto@ibero-americano.org
> >> <mailto:asoto@ibero-americano.org> > > escribió:
> >>
> >> Este es un tema también importante para estudiar, y es técnico legal y
> >>no
> >> técnico informático. El administrador del dominio .uk , a diferencia de
> >>la
> >> generalidad del mundo, abre más datos personales atodos, mejor dicho a
> >> cualquiera.
> >>
> >> Saludos cordiales
> >>
> >>
> >>
> >> Alberto Soto
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
> >>mai
> >> <
> >>
> >>
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do
> >>main-end-privacy
> >> >
> >> n-end-privacy
> >>
> >>
> >>
> >> _______________________________________________
> >> lac-discuss-es mailing list
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> <mailto:
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> >
> >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>
> >> http://www.lacralo.org
> >>
> >>
> >>
> >> _______________________________________________
> >> lac-discuss-es mailing list
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org>
> >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>
> >> http://www.lacralo.org
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> >>
> >> --
> >> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> >> Dr. Alejandro Pisanty
> >> Facultad de Química UNAM
> >> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> >> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> >> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> >> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> >> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> >> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
> >> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
> >> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> >> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> >> . . . . . . . . . . . . . . . .
> >>
> >> _______________________________________________
> >> lac-discuss-es mailing list
> >> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>
> >> http://www.lacralo.org
> >>
> >
> >
> >
> >--
> >*Fatima Cambronero*
> >Abogada-Argentina
> >
> >Phone: +54 9351 5282 668
> >Twitter: @facambronero
> >Skype: fatima.cambronero
> >_______________________________________________
> >lac-discuss-es mailing list
> >lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >
> >http://www.lacralo.org
>
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
Aida Noblia
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/7e3865b07e.html
--]]
1
0
Re: [lac-discuss-en] ? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
by vanda@uol.com.br June 15, 2014
by vanda@uol.com.br June 15, 2014
June 15, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
From: vanda(a)uol.com.br
Fatima has reason. The topic is relevant to our region and
example Brazil has diverse actions in various data protection
fields of activity but has no law. Tine if a bill from
2010 which is still in discussion in Congress because it was amended by
Snowden and his account of that personal data publication and
communications were opened our president. Argentina is that
has its Law since 2000. PY also, Chile, Peru .. Enfin there are many
solutions that can be discussed in face to RAA
Vanda Scartezini
Polo Consultores Associados
Av Paulista 1159, 1004 cj
01311-200 - Sao Paulo, SP, Brazil
Land Line: +55 11 3266.6253
Mobile: + 55 11 98181.1464
On 6/13/14, 16:53 "Fatima Cambronero" <fatimacambronero(a)gmail.com> wrote:
> Alberto, all,
>
>
> Perhaps my mail was lost on April 6 where abordeste topic
> (Data retention), I made my comments and made a job offer
> On this subject: Data protection laws of each of our
> Passes related to data retention. Allpropuse to work
> The
> Topic by pas, the ALS each country are grouped together to address the issue.
> Allestexplicado by quesa proposal.
> You can see that email registration and proposal here:
> Http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
>
> Unfortunately no one answered that email or that proposal.
>
> In this link:
> Http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html,
> That
> Is the record of the first part of the year of discussions
> LACRALO
> Podrn see quines have been pushing various issues that
> Mention, such as Whois (t, Alexander, Ada, I), although in
> Our THIN have experts involved in the issue as both WGs
> RTs, which may be guindonos informndonos and to discuss best
> On the issue and to take positions in LACRALO.
>
> Remember that besides the data protection laws of the respective
> Passes not within the scope of ESTN ICANN. Sen RAA in this case
> As
> A description of the item specifications and data retention
> Potentially legtimos propsitos for recoleccin / retention of
> Data.
>
> Best regards,
> Fatima Cambronero
>
>
> On 13 June 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org>
> Wrote:
>
Alejandro >> The intention is not to form a library.Often
Capacitacin >> requested. This is a way to train: the search and
>> Reading, and who performs as desired, without impositions. There
>> Libraries containing all this information, and those in
Each >>
>> Country with its own laws, no need OF ANY use agreement.
What >>
Lyrics >> happily and remain the past, but is part of
All >>
>> We have to do.
>>
>> To what? A few examples of the many by which we
That >>
Know a little more >> Protection of personal data:
>>
>>
>>
>> - ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
Specification and Data Elements >> Legitimate Purposes for Collection and
Retention1 >>
>>
>> - New gTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
International transfer ... >>
>>
>> - Art29 Data Protection Working Party (Brussels, JUN
>> 2013)
>>
>> - Letter to ICANN European Council Superior Protection
Of >>
Data >> (April 2014). Purpose: Recopilacin data, the retencinyl
Aprivacidad >> in the context of the contract of Registrars (RAA 2013)
>>
>> - WHOIS Beta. Task Art. 29
>>
>> - Montevideo Declaration on the future of the
Cooperation >>
Internet >> that was one of the basic elements of the strategic plan
2013-2015 >> Regin of Latin America and Caribbean.
>>
>>
>>
During >> the period of review, only two people opine on the
First example >>. Javier Pallero now have an excellent
Professional >>
>> Whose knowledge on this topic are really outstanding.
>>
Also missing >> capacitacin on other issues as WHOIS, and other ANMS
Security >> technicians as DNSs and several of the same or greater
>> Complexity.
>>
But >> can not do it all together, but together we can do it.
>>
Only >> I ask everyone to work together, and one of the forms is giving me
Time >>
>> To continue working on it.
>>
>>
>>
Best regards >>
>>
>>
>>
>>
>>
Alberto Soto >>
>>
>>
>>
>> From: Alejandro Pisanty [mailto: apisanty(a)gmail.com]
>> Sent: Thursday, June 12, 2014 8:09 pm
>> To: Alberto Soto
>> CC: Javier Pallero; LACRALO Espaol
>> Subject: Re: [lac-discuss-es] Protection of Personal Data Privacy
>>
>>
>>
Alberto >>,
>>
>>
>>
Cul ... >> but will the discussion? culture will be the object that LACRALO
>> Do the job of forming a library of data protection laws
Personal >>?
>>
>>
>>
Let >> reverse:
>>
>>
>>
Libraries >> asexisten, made by organizations devoted so
Professional >> both privacy issue as the file and library.
For >>
>> Access laws is best to seek one of these collections and make
Agreements >>
For possible use >>.
>>
>>
>>
>> But above all for what? we will make a draft LACRALO - as
>> Should be, with mission, vision, objectives, goals, resources allocated,
>> Commitments, charter, iron triangle, ... accountability - that
Consists >> confront each ccTLD of the region with laws
Applicable >>
>> In your country?
>>
>>
>>
Ms >> Sounds a bit ambitious to do a collection of songs and
There will >>
>> To be very well prepared to undertake it. And no insurance
One >>
Instance >> better - for example, in each country, or the type of the Observatory
Inter->> Data Protection - now you esthaciendo.
>>
>>
>>
>> There is another problem in this field will face as users
Some >>
Countries in the region >>: international treaties such as the TPP or TPPA
>> (Treaty of Association Transpacfico) include very especficas clusulas
>> That determine the characteristics of the "whois" in ccTLDs, always
>> Favor of commercial interests, particularly those of business
In >>
EU >>. We are prepared as LACRALO to address this issue? (I can
Ms file >> details if required).
>>
>>
>>
In >> associations which you represent ESTN in touch with
CcTLDs >> on some of these issues? quposiciones have our
Associations >>?
>>
>>
>>
Best regards >>.
>>
>>
>>
Alejandro Pisanty >>
>>
>>
>>
06/12/2014 >> 10:18 GMT-05: 00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
>> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >:
>>
Thanks >> Javier!I will ask them to please every member of
Our ALS >> that try to send The legislation of your country to
>> Regard. If there is a Law of Protection of Personal Data (the
Link ... >>)
If it is >> estcumpliendo, if there are other ways to get data
>> Personal. In several countries there are organizations quasi ghosts
Provide >>
Against data >> with current legislation. It is the foundation we need
To >>
>> A good discussion.
>>
Best regards >>
>>
>>
>>
Alberto Soto >>
>>
>>
>>
>> From: Javier Pallero [mailto: javierjosepallero(a)gmail.com <mailto:
Javierjosepallero(a)gmail.com >>>]
>> Sent: Thursday, June 12, 2014 24:11
>> To: Alberto Soto
>> CC: LACRALO Espaol
>> Subject: Re: [lac-discuss-es] Protection of Personal Data Privacy
>>
>>
>>
Alberto >> This is interesting because in Argentina, for example, can
>> Access the name, Tax ID number, ID and data delegacin of
Any >>
Registrant >> https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
>>
In the old system >> the direccinfsica found that pruning
RegistrtbNL >> >>> too. But also with the data found in the search
That >>
>> It is not difficult to figure out.
>>
Certain >> details (name, national identity,
Identification >>
Tax or pension >>, occupation, date of birth and address)
That >>
Argentina >> the law allows treatment without obtaining the consent of
>> Holder
Hacindolos >> "free circulation".They are showing nic.ar <
Http://nic.ar >>> <http://nic.ar> And sometimes, these data are too
>> (Mxime when now gives the analysis of extracted metadata information
More >>
Allde >> what explcito)
>>
Our law >> (and as far as I have understood, several in the region)
Continued >>
European Directive 95/46/EC >> an existing and reform process. But
To >>
>> Least in the case of Argentina missing something that the European directive Stiene:
>> Express references to principles of proportionality. Not only is
Qudatos >> podrn being trafficked freely, but how much is needed
>> To fulfill the purposes of registration.
>>
>> In what concerns us, is in respect of the proportionality
Data >>
>> Shown and its utility for the public record holders
Of >>
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>> Establish some principles for assessing how managers
CcTLDs in the region >> try (ycmo MUST try) data
>> Ownership.
>>
>> Finally, in the uk the European Directive does not apply, and almost
USA >> and the laissez faire holds the reins. It also serves to
>> These questions that come to mind for the region.
>>
Regards >>.
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Javier J. Pallero >>
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Http://about.me/javierpallero >> <http://www.linkedin.com/in/javierpallero>
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>> <mailto:asoto@ibero-americano.org><mailto:asoto@ibero-americano.org
>> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >> Wrote:
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Http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-do >>
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Lac-discuss->>'s mailing list
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >> <mailto:
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >>> <mailto:
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >> <mailto:
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >> >>
>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>
Http://www.lacralo.org >>
>>
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Lac-discuss->>'s mailing list
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >> <mailto:
Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org >>>
>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>
Http://www.lacralo.org >>
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>> -
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Dr. Alejandro Pisanty >>
UNAM Faculty of Chemistry >>
3000 University Avenue >> 04510 Mexico DF Mexico
+52-1-5541444475 FROM ABROAD >>
SMS +525541444475 >> +525541444475 FROM MEXICO
Blog >>: http://pisanty.blogspot.com
LinkedIn >>: http://www.linkedin.com/in/pisanty
UNAM >> Join the group on LinkedIn,
Http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 >>
>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
---- >> Join >> ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>>. . . . . . . . . . . . . . . .
>>
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>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>
Http://www.lacralo.org >>
>>
>
>
>
> -
> * Fatima * Cambronero
> Attorney-Argentina
>
> Phone: +54 9351 5282 668
> Twitter: @ facambronero
> Skype: fatima.cambronero
> _______________________________________________
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> Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> Http://www.lacralo.org
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http://mm.icann.org/transbot_archive/e00d8ecfb1.html
--]]
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Re: [lac-discuss-en] ? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
by asoto@ibero-americano.org June 13, 2014
by asoto@ibero-americano.org June 13, 2014
June 13, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
From: asoto(a)ibero-americano.org
My apologies Fatima, mo gross error, and thanks for remembering.
Best Regards
Alberto Soto
From: Fatima Cambronero [mailto: fatimacambronero(a)gmail.com]
Posted on: Friday, June 13, 2014 4:54 pm
To: Alberto Soto
CC: Alejandro Pisanty; LACRALO Espaol
Subject: Re: [lac-discuss-es] Protection of Personal Data Privacy
Alberto, all,
Perhaps my mail was lost on April 6 where abordeste topic
(Data retention), I made my comments and made a job offer
on this subject: Data protection laws of each of our countries
related to the retention of data.Allpropuse theme to work
by country, the ALS of each country are grouped together to address the issue. All
estexplicado by quesa proposal.
You can see the record of that mail and given here:
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
Unfortunately nobody answered that email or that proposal.
In this link:
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html that
is the record of the first part of the year of discussions LACRALO
podrn see quines have been pushing various issues you mention,
Whois such as (t, Alexander, Ada, I), although in our THIN
we have experts involved in the issue in both WGs and RTs that
informndonos be and will be able to discuss best guindonos this
matter and come to take positions in LACRALO.
Recall in addition that the data protection laws of the respective
passes not within the scope of ESTN ICANN.Sen this case the RAA as
Article description of the item specifications and data retention
propsitos potentially legtimos for recoleccin / retention data.
Best Regards,
Fatima Cambronero
The June 13, 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org> > Wrote:
Alejandro, the intention is not to form a library. Often
Note capacitacin. This is a way to train: the search and
reading, and who performs as desired, without impositions. There
libraries containing all this information, and those that exist in each
country with its own laws, no need OF ANY use agreement. It
songs, and happily remain the past, but it's part of everything
we have to do.
For what? A few examples of the many for which we have
know a little more than Protection of personal data:
- ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and
Retention1
- New gTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
International transfer
- Article 29 Data Protection Working Party (Brussels, JUN 2013)
- Letter to ICANN Superior Protection of European Council
Facts (April 2014). Purpose: Recopilacin data, the retencinyl
aprivacidad in the context of the contract of Registrars (RAA 2013)
- WHOIS Beta. Task Art. 29
- Declaration of Montevideo on the future of the cooperation
Internet was one of the basic elements of the strategic plan 2013-2015
Regin of Latin America and Caribbean.
During the period of review, only two people opine on the
first example.Javier Pallero now have an excellent professional
whose knowledge on this topic are really outstanding.
Also missing capacitacin on other issues as WHOIS, and other ANMS
Safety technicians as DNSs and several of the same or higher complexity.
But we can not do it all together, but together we can do it.
Just ask all work together, and one of the forms is giving me time
to continue working on it.
Best Regards
Alberto Soto
From: Alejandro Pisanty [mailto: apisanty(a)gmail.com <mailto:apisanty@gmail.com>
]
Posted on: Thursday, June 12, 2014 8:09 pm
To: Alberto Soto
CC: Javier Pallero; LACRALO Espaol
Subject: Re: [lac-discuss-es] Protection of Personal Data Privacy
Alberto,
but the discussion will cul ...? cultural order that will make LACRALO
work to form a library of data protection laws
personal?
We will reverse:
Asexisten Libraries, made by dedicated organizations so
both professional privacy issue as the file and library. For
access laws is best to seek one of these collections and make agreements
for possible use.
But above all for what? we will make a draft LACRALO - as
should be, with mission, vision, objectives, goals, resources allocated,
commitments, charter, iron triangle, ... accountability - that
consists confront each ccTLD of the region with the applicable laws
your country?
Sounds a little more ambitious to do a collection of songs and there will
to be very well prepared to undertake it.And sure there is no
best instance - for example, in each country, or the type of the Observatory
Inter-American Data Protection - now you esthaciendo.
Another problem in this area as users will face some
countries in the region: international treaties such as the TPP or TPPA
(Treaty of Association Transpacfico) that include very especficas clusulas
determine the characteristics of the "whois" in ccTLDs, always in favor of
commercial interests, particularly those of companies in EU.
We are prepared as LACRALO to address this issue? (I can submit
more details if required).
In associations which you represent ESTN in touch with ccTLDs
about some of these issues? quposiciones have our associations?
Best regards.
Alejandro Pisanty
6/12/2014 10:18 GMT-05: 00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org><mailto:asoto@ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org> >>:
Thanks Javier! I will ask them to please every member of
our ALS, to try to send The legislation of his country to
respect. If there is a Law of Protection of Personal Data (the link), if
estcumpliendo it is, if there are other ways to get data
personal. In several countries there are organizations that provide quasi ghosts
data against with current legislation. It is the foundation we need to
good discussion.
Best Regards
Alberto Soto
From: Javier Pallero [mailto: javierjosepallero(a)gmail.com
<mailto:javierjosepallero@gmail.com><mailto:javierjosepallero@gmail.com
<mailto:javierjosepallero@gmail.com> >]
Posted on: Thursday, June 12, 2014 24:11
To: Alberto Soto
CC: LACRALO Espaol
Subject: Re: [lac-discuss-es] Protection of Personal Data Privacy
This is interesting since in Argentina Alberto, for example, can be
access the name, Tax ID number, ID and any data delegacin
registrant https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
In the old system the direccinfsica pruning found that registrtbNL> too. But also with the data found in the search that
It is not difficult to figure out.
There are certain details (name, national identity, identification
tax or social security, occupation, date of birth and address) that
Argentina law allows treatment without obtaining the consent of the owner,
hacindolos "free circulation". They are showing nic.ar
<http://nic.ar><http://nic.ar><http://nic.ar> And sometimes, these data
are too (when mxime now gives the analysis of extracted metadata
allde what explcito more information)
Our law (and to my knowledge, several in the region) followed
European Directive 95/46/EC and an effective reform process. But
least in the case of Argentina missing something that the European directive Stiene:
express references to principles of proportionality. Not only is qu
podrn be trafficked data freely, but how much is needed for
fulfillment of the purposes of registration.
In what concerns us, it is the proportionality in the data
shown and its utility for the public record holders
pas domains point. Efecturar be interesting and a good survey
establish some principles for assessing how managers
ccTLDs in the region treated (ycmo MUST try) data
ownership.
Finally, in the uk the European Directive does not apply, and almost as
in USA, laissez faire holds the reins. Also serves to these
questions that come to mind for the region.
Greetings.
Javier J. Pallero
http://about.me/javierpallero <http://www.linkedin.com/in/javierpallero>
The June 12, 2014, 11:15 AM, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org><mailto:asoto@ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org> > <mailto:asoto@ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org><mailto:asoto@ibero-americano.org
<mailto:asoto@ibero-americano.org> >>> Wrote:
This is also important to study subject, and is not legal technician
informtico technician. The domain administrator. Uk, unlike the
generality of the world, open ms personal data atodos rather to
any.
Best Regards
Alberto Soto
http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-domai
<http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-doma
in end-privacy>
n-end-privacy
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/eecd79a0ef.html
--]]
1
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Re: [lac-discuss-en] ? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
by fatimacambronero@gmail.com June 13, 2014
by fatimacambronero@gmail.com June 13, 2014
June 13, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re:? = Iso-8859-1 == q F3n_de_datos_personales Protection = iso-8859-1 = q = 2C_privacidad???
From: fatimacambronero(a)gmail.com
Alberto, all,
Perhaps my mail was lost on April 6 where abordeste topic
(Data retention), I made my comments and made a job offer
on this subject: Data protection laws of each of our
passes related to data retention. Allpropuse to work the
theme by pas, the ALS of each country are grouped together to address the issue.
Allestexplicado by quesa proposal.
You can see the record of that mail and given here:
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/008846.html
Unfortunately nobody answered that email or that proposal.
In this link:
http://atlarge-lists.icann.org/pipermail/lac-discuss-es/2014/date.html that
is the record of the first part of the year of discussions LACRALO
podrn see quines have been pushing various issues that
mention, such as Whois (t, Alexander, Ada, I), although in
our THIN have experts involved in the issue as both WGs
RTs, which may be guindonos informndonos and to discuss best
on the issue and to take positions in LACRALO.
Recall in addition that the data protection laws of the respective
passes not within the scope of ESTN ICANN. Sen this case the RAA as
Article description of the item specifications and data retention
propsitos potentially legtimos for recoleccin / retention data.
Best Regards,
Fatima Cambronero
The June 13, 2014, 16:12, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org>
wrote:
> Alejandro, la intención no es formar una biblioteca. Muchas veces
> solicitaste capacitación. Esta es una forma de capacitar: la búsqueda y
> lectura, y la realiza quien lo desea, sin imposiciones. No existen
> bibliotecas que contengan toda esta información, y las que existen en cada
> país con sus propias leyes, no necesitan de ningún acuerdo para su uso. Lo
> de las canciones, felizmente ya quedó en el pasado, pero es parte de todo
> lo que tenemos que hacer.
>
> Para qué? Algunos pocos ejemplos de los muchos por los cuales tenemos que
> saber un poco más de Protección de Datos personales:
>
>
>
> - ICANN's public consultation on 2013 RAA Data Retention
> Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and
> Retention1
>
> - New GTLD Program. Personal Data Privacy statement: 1.
> International transfer...
>
> - Art. 29 Data Protection Working Party (Bruselas, JUN 2013)
>
> - Carta de ICANN al Superior Consejo Europeo de Protección de
> Datos (Abril 2014). Objeto: Recopilación de datos, la retención y l
> aprivacidad en el contexto del contrato de Registradores (RAA 2013)
>
> - WHOIS Beta. Grupo de trabajo del Art. 29
>
> - Declaración de Montevideo sobre el futuro de la cooperación
> en internet que fue uno de los elementos base del Plan Estratégico
> 2013-2015 de la Región América Latina y Caribe.
>
>
>
> Durante el período de comentarios, solo dos personas opinamos sobre el
> primer ejemplo. Ahora contamos con Javier Pallero, un excelente profesional
> cuyos conocimientos sobre este tema son realmente sobresalientes.
>
> También falta capacitación en otros temas como WHOIS, y otros aún más
> técnicos como Seguridad en DNSs y varios de la misma o superior complejidad.
>
> Pero todo junto no podemos hacerlo, pero todos juntos podremos hacerlo.
>
> Solo les pido a todos que colaboren, y una de las formas, es darme tiempo
> para continuar trabajando sobre ello.
>
>
>
> Saludos cordiales
>
>
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
> De: Alejandro Pisanty [mailto:apisanty@gmail.com]
> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 08:09 p.m.
> Para: Alberto Soto
> CC: Javier Pallero; LACRALO Español
> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales, privacidad
>
>
>
> Alberto,
>
>
>
> pero... ¿cuál sería la discusión? ¿cuál sería el objeto de que LACRALO
> haga el trabajo de formar una biblioteca de leyes de protección de datos
> personales?
>
>
>
> Vamos en reversa:
>
>
>
> Bibliotecas así existen, hechas por organizaciones dedicadas de manera
> profesional tanto al tema de privacidad como al archivo y biblioteca. Para
> acceder a las leyes es mejor buscar uno de estos acervos y hacer acuerdos
> para su posible uso.
>
>
>
> Pero sobre todo: ¿para qué? ¿vamos a hacer un proyecto de LACRALO - como
> debe ser, con misión, visión, objetivos, metas, recursos asignados,
> compromisos, charter, triángulo de hierro, rendición de cuentas... - que
> consista en confrontar a cada ccTLD de la región con las leyes aplicables
> en su país?
>
>
>
> Suena un poco más ambicioso que hacer una colección de canciones y habría
> que estar muy bien preparados para emprenderlo. Y seguros de que no hay una
> instancia mejor - por ejemplo, en cada país, o del tipo del Observatorio
> Interamericano de Protección de Datos - que ya lo esté haciendo.
>
>
>
> Hay otro problema en este campo que enfrentaremos como usuarios en algunos
> países de la región: los tratados internacionales como el TPP o TPPA
> (Tratado de Asociación Transpacífico) incluyen cláusulas muy específicas
> que determinan las características del "whois" en los ccTLDs, siempre a
> favor de los intereses comerciales, particularmente los de las empresas en
> EU. ¿Estamos preparados como LACRALO para tratar este asunto? (puedo
> presentar más detalles si se requieren).
>
>
>
> En las asociaciones que Uds. representan, ¿están en contacto con sus
> ccTLDs sobre algunos de estos temas? ¿qué posiciones tienen nuestras
> asociaciones?
>
>
>
> Saludos cordiales.
>
>
>
> Alejandro Pisanty
>
>
>
> 2014-06-12 10:18 GMT-05:00 Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
> <mailto:asoto@ibero-americano.org> >:
>
> Gracias Javier! Creo que les pediría por favor, a cada integrante de
> nuestras ALSs, que traten de enviarnos la legislación de su país al
> respecto. Si existe una Ley de Protección de Datos Personales (el link...),
> si la misma se está cumpliendo, si hay otras formas de obtener datos
> personales. En varios países hay organizaciones cuasi fantasmas que brindan
> datos en contra de la legislación vigente. Es la base que necesitamos para
> una buena discusión.
>
> Saludos cordiales
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
> De: Javier Pallero [mailto:javierjosepallero@gmail.com <mailto:
> javierjosepallero(a)gmail.com> ]
> Enviado el: jueves, 12 de junio de 2014 12:11 p.m.
> Para: Alberto Soto
> CC: LACRALO Español
> Asunto: Re: [lac-discuss-es] Protección de datos personales, privacidad
>
>
>
> Esto es interesante Alberto pues en la Argentina, por ejemplo, se puede
> acceder al nombre, numero de CUIT, DNI y datos de delegación de cualquier
> registrante https://nic.ar/busqueda-dominio-no-disponible.xhtml
>
> En el sistema viejo podía encontrarse la dirección física que se registró
> también. Pero igualmente con los datos que se encuentran en la búsqueda eso
> no es difícil de averiguar por fuera.
>
> Hay ciertos datos (nombre, documento nacional de identidad, identificación
> tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio) que
> la ley argentina permite tratar sin obtener el consentimiento del titular,
> haciéndolos de "libre circulación". Son los que muestra el nic.ar <
> http://nic.ar> <http://nic.ar> Y a veces, esos datos son demasiados
> (máxime cuando hoy en día el análisis de metadatos extrae información mas
> allá de lo explícito)
>
> Nuestra ley (y hasta donde tengo entendido, varias en la región) siguieron
> la directiva europea 95/46/EC aún vigente y en proceso de reforma. Pero al
> menos en el caso argentino falta algo que la directiva europea sí tiene:
> expresas menciones a principios de proporcionalidad. No solo se trata de
> qué datos podrán ser traficados libremente, sino de cuánto es necesario
> para el cumplimiento de los fines del registro.
>
> En lo que nos ocupa, se trata de la proporcionalidad respecto de los datos
> que se muestran y su utilidad para el registro público de los titulares de
> dominios punto país. Sería interesante efecturar un buen relevamiento y
> establecer algunos principios para evaluar cómo los administradores de
> ccTLDs de la región tratan (y cómo deberían tratar) los datos de
> titularidad.
>
> Para terminar, en el reino unido no aplica la directiva europea, y casi
> como en USA, el laissez faire lleva las riendas. Igualmente, sirve para
> estas preguntas que se me ocurren para la región.
>
> Saludos.
>
>
>
>
> Javier J. Pallero
>
> http://about.me/javierpallero <http://www.linkedin.com/in/javierpallero>
>
>
>
> El 12 de junio de 2014, 11:15, Alberto Soto <asoto(a)ibero-americano.org
> <mailto:asoto@ibero-americano.org> <mailto:asoto@ibero-americano.org
> <mailto:asoto@ibero-americano.org> > > escribió:
>
> Este es un tema también importante para estudiar, y es técnico legal y no
> técnico informático. El administrador del dominio .uk , a diferencia de la
> generalidad del mundo, abre más datos personales atodos, mejor dicho a
> cualquiera.
>
> Saludos cordiales
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
>
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-domai
> <
> http://www.theguardian.com/technology/2014/jun/11/nominet-new-rules-uk-doma…
> >
> n-end-privacy
>
>
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> <mailto:
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org> >
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
>
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org <mailto:
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org>
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
>
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>
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> --
> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> Dr. Alejandro Pisanty
> Facultad de Química UNAM
> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> . . . . . . . . . . . . . . . .
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
* Fatima * Cambronero
Attorney-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668
Twitter: @ facambronero
Skype: fatima.cambronero
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/aa4bbbe5fd.html
--]]
1
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Fwd: New Public Comment: Introduction of Two-Character Domain Names in the New gTLD Namespace
by apisanty@gmail.com June 13, 2014
by apisanty@gmail.com June 13, 2014
June 13, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Fwd: New Public Comment: Introduction of Two-Character Domain Names in the New gTLD Namespace
From: apisanty(a)gmail.com
Colleagues,
this new query ICANN should care especially those
have worried or disagreed with the use of some names
territorial. While all proposals exclude the names of the
ISO 3166 or list, similar even similar degree of confusion
MUST attract your attention. If this is the case, now is when, not deal
with interpretations of the terms and procedures as has happened in
previous occasions.
Alejandro Pisanty
---------- Forwarded message ----------
From: ICANN At-Large Staff <staff(a)atlarge.icann.org>
Date: Fri, June 13, 2014 at 10:14 a.m.
Subject: [ALAC-Announce] New Public Comment: Introduction of Two-Character
Domain Names in the New gTLD Namespace
To: "ALAC-Announce(a)atlarge-lists.icann.org" <
ALAC-Announce(a)atlarge-lists.icann.org>
Dear All,
Please kindly note That the At-Large Workspace for the PC Following you
Been created:
Introduction of Two-Character Domain Names in the New gTLD Namespace
< https://community.icann.org/x/VqzhAg>
Regards,
Heidi Ullrich, Silvia Vivanco, Ariel Liang, Gisella Gruber, Nathalie
Peregrine and Terri Agnew
ICANN Policy Staff in support of ALAC
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