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September 2014
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[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: cveraq(a)gmail.com
This says Ftima makes sense to me.
Carlos Vera Quintana
0988141143
Sguemecveraq
> El 14/09/2014, a las 12:22, Fatima Cambronero <fatimacambronero(a)gmail.com> escribió:
>
> Estimadas/os,
>
>
> Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron
> con anterioridad en este hilo.
>
> Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al
> Programa de Felowship como gobierno (
> https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en)
>
>
> Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres
> donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a
> esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba
> participar en esas reuniones.
>
>
> Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las
> personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con
> periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios.
> Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
>
>
> Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y
> conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO (
> http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que
> está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
>
>
> También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han
> tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que
> At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
>
> At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar
> todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un
> trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente,
> anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
>
>
> Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y
> los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras
> cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el
> Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta
> que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
>
>
> En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una
> necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en
> At-Large.
>
>
> Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me
> parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
>
>
> Fatima Cambronero
>
> El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br>
> escribió:
>
>> Alejandro.
>> Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el
>> NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de
>> propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como
>> board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del
>> Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se
>> como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser
>> miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay
>> especial restricción.
>>
>>
>> Vanda Scartezini
>> Polo Consultores Associados
>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>> Land Line: +55 11 3266.6253
>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>> On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty(a)gmail.com> wrote:
>>>
>>> Colegas,
>>>
>>> ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
>>> principios (cada quien elige su mezcla).
>>>
>>> Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
>>> permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
>>> profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo
>>> en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno
>>> peruano,
>>> en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
>>> estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI
>>> tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes
>>> para
>>> expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
>>>
>>> No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
>>> otro tema.
>>>
>>> Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
>>> regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la
>>> organización.
>>>
>>> Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
>>> interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer
>>> saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su
>>> independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en
>>> conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un
>>> comité
>>> confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
>>> conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
>>>
>>> Alejandro Pisanty
>>>
>>> 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe>:
>>>
>>>> Estimad@s tod@s,
>>>>
>>>>
>>>> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
>>>> impidió hacerlo antes.
>>>>
>>>>
>>>> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de
>>>> intereses
>>>> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno
>>>> desempeña
>>>> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
>>>> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
>>>> representar a los usuarios, sería introducir una variable
>>>> discriminatoria a
>>>> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales
>>>> de un
>>>> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
>>>> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía
>>>> que
>>>> ninguna ley en el mundo prohíbe.
>>>>
>>>>
>>>> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno
>>>> que
>>>> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
>>>> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y
>>>> 3
>>>> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
>>>> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
>>>> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
>>>> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia,
>>>> 2.
>>>> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
>>>> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
>>>> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
>>>> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la
>>>> Calidad).
>>>> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
>>>> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad
>>>> técnica de
>>>> sus pronunciamientos.
>>>>
>>>>
>>>> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien
>>>> trabajo
>>>> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
>>>> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual.
>>>> No
>>>> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
>>>> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
>>>> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5
>>>> Vocales)
>>>> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo
>>>> a
>>>> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
>>>> sentido de un pronunciamiento.
>>>>
>>>>
>>>> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se
>>>> encargan
>>>> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto
>>>> Amazon
>>>> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
>>>> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
>>>> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una
>>>> Comisión
>>>> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con
>>>> otras
>>>> áreas, etc).
>>>>
>>>>
>>>> He revisado con detenimiento el bylaws
>>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>> (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
>>>>
>>>>
>>>> a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el
>>>> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
>>>> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y
>>>> esos
>>>> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
>>>> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación
>>>> en
>>>> el Diario Oficial ³El Peruano².
>>>>
>>>>
>>>> b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es
>>>> decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar
>>>> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
>>>> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del
>>>> gobierno.
>>>>
>>>>
>>>> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>>>> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso,
>>>> entonces se
>>>> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque
>>>> también
>>>> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico
>>>> las
>>>> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y
>>>> leyes
>>>> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
>>>> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
>>>> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
>>>> trabajadora del gobierno.
>>>>
>>>>
>>>> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>>>> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
>>>> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo
>>>> que
>>>> las autoridades de LACRALO determinen.
>>>>
>>>>
>>>> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
>>>> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que
>>>> Johnny
>>>> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio
>>>> Salinas,
>>>> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
>>>>
>>>>
>>>> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
>>>> comentario adicional.
>>>>
>>>>
>>>> Maritza Agüero
>>>>
>>>> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco
>>>> <hcarrascob(a)gmail.com
>>>>> escribió:
>>>>
>>>>> Estimado Alejandro,
>>>>>
>>>>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>>>>>
>>>>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
>>>>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>>>>>
>>>>> *Español:*
>>>>>
>>>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>>>>
>>>>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS
>>>>> DIRECTORES)
>>>>> *
>>>>>
>>>>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
>>>>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
>>>>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por
>>>>> tratado o
>>>>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
>>>>> presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una
>>>>> persona
>>>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada
>>>>> de
>>>>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
>>>>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas
>>>>> gubernamentales o
>>>>> públicas.
>>>>>
>>>>> *Portugués:*
>>>>>
>>>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>>>>
>>>>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>>>>>
>>>>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de
>>>>> uma
>>>>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado
>>>>> ou
>>>>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
>>>>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
>>>>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
>>>>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
>>>>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
>>>>>
>>>>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
>>>>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>>>>>
>>>>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
>>>>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo
>>>>> tanto, es
>>>>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho,
>>>>> las
>>>>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse
>>>>> restrictivamente" y
>>>>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme
>>>>> con lo
>>>>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
>>>>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
>>>>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe.
>>>>> Todos
>>>>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser
>>>>> miembros
>>>>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse
>>>>> como
>>>>> ALS."
>>>>>
>>>>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
>>>>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con
>>>>> ello me
>>>>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen
>>>>> los
>>>>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
>>>>> criterios, los que son:
>>>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
>>>>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
>>>>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
>>>>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
>>>>>
>>>>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
>>>>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>>>>>
>>>>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
>>>>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
>>>>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
>>>>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>>>>>
>>>>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple
>>>>> en
>>>>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
>>>>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se
>>>>> cumpliría
>>>>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>>>>>
>>>>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
>>>>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de
>>>>> LACRALO.
>>>>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
>>>>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
>>>>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>>>>>
>>>>> Un abrazo a todos
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>>
>>>>>> Humberto,
>>>>>>
>>>>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en
>>>>>> https://www.icann.org/
>>>>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>>>>
>>>>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>>>>>
>>>>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>>>>>> a national government or a multinational entity established by
>>>>>> treaty or other agreement between national governments may serve
>>>>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>>>>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>>>>>> employed by such government or multinational entity and whose
>>>>>> primary function with such government or entity is to develop or
>>>>>> influence governmental or public policies.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
>>>>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>>>>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>>>>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>>>>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>>>>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>>>>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
>>>>>> artículo.
>>>>>>
>>>>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>>>>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>>>>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>>>>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
>>>>>> abogados).
>>>>>>
>>>>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>>>>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>>>>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>>>>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
>>>>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>>>>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>>>>>> regularmente pagan sus cuentas.
>>>>>>
>>>>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>>>>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>>>>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>>>>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>>>>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>>>>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>>>>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>>>>>
>>>>>> Alejandro Pisanty
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>>>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Estimado Alejandro:
>>>>>>
>>>>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>>>>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>>>>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>>>>>> revisarla en detalle?
>>>>>>
>>>>>> Muchas gracias de antemano.
>>>>>>
>>>>>> Un abrazo
>>>>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>>>
>>>>>> Vanda,
>>>>>>
>>>>>> aquí hay un malentendido.
>>>>>>
>>>>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>>>>>> el Board - a
>>>>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>>>>>> organizaciones que
>>>>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>>>>
>>>>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>>>>>> cuidadosamente y
>>>>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>>>>>> educación e
>>>>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>>>>
>>>>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>>>>>> las cuales
>>>>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>>>>
>>>>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>>>>>> - están
>>>>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>>>>>> pueden ir en
>>>>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
>>>>>> representados en
>>>>>> ICANN a través del GAC.
>>>>>>
>>>>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>>>>>> NPOC; NCSG, At
>>>>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>>>>>> Independencia de
>>>>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>>>>>> como las
>>>>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>>>>>> claridad sin
>>>>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>>>>
>>>>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>>>>>> posiciones de los
>>>>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>>>>
>>>>>> Alejandro Pisanty
>>>>>>
>>>>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>>>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>>>>>> tuvo en este
>>>>>> asunto.
>>>>>>
>>>>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>>>>>> una persona del
>>>>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>>>>>> directa con los
>>>>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>>>>
>>>>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
>>>>>> tiene una actividad
>>>>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>>>>>> simplesmente una
>>>>>> empleada del gobierno. w
>>>>>>
>>>>>> Mis razones:
>>>>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>>>>>> represente la posición
>>>>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>>>>>> el órgano de
>>>>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>>>>>> de LACRALO ,
>>>>>> como hacemos con los empleados de las universidades
>>>>>> públicas que están en
>>>>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>>>>>> de la
>>>>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>>>>>> todos conocido,
>>>>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>>>>>> involucrado con
>>>>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>>>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>>>>>> los usuarios, en
>>>>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>>>>>> el facto de la
>>>>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>>>>>> especial
>>>>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>>>>
>>>>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>>>>>> asuma la posición a
>>>>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>>>>>> demás.
>>>>>>
>>>>>> Abrazos a todos
>>>>>>
>>>>>> Vanda Scartezini
>>>>>> Polo Consultores Associados
>>>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>>>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>>>>>>
>>>>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>>>>>> persona función de su
>>>>>> trabajo puede participar: como representante directo
>>>>>> del gobierno, como
>>>>>> representante de interés de un agente económico, sea
>>>>>> una entidad con fines
>>>>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>>>>>> también espacio apra
>>>>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>>>>>> discriminación si es una
>>>>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>>>>>> intelectual.
>>>>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>>>>>> agravar los que
>>>>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>>>>>> internet. Para estes
>>>>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>>>>>> foco en la defensa de
>>>>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>>>>>> sean gobiernos nin
>>>>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>>>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>>>>>> agencia de gobierno
>>>>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>>>>>> defensa de s\los
>>>>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>>>>>> presidente de la agencia
>>>>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>>>>>> en nada tenia en
>>>>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>>>>>> están ahora tampoco
>>>>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>>>>> Vanda Scartezini
>>>>>> Polo Consultores Associados
>>>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>>>>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>>>>>>
>>>>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>>>>>> de modo pragmático y
>>>>>> también apegados a Derecho.
>>>>>>
>>>>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>>>>>> grupos, son profesionales
>>>>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>>>>>> resulta un insumo
>>>>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>>>>>> trabajo aquí o en las
>>>>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>>>>>> de modo directo
>>>>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>>>>>> profesionales, etc) o
>>>>>> indirecto (valor agregado a sus propias
>>>>>> profesiones). Por tanto el
>>>>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>>>>>> trabajan por que esa
>>>>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>>>>>> les remunera
>>>>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>>>>>> interés por el usuario es
>>>>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>>>>>> exclusiva a estos temas
>>>>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>>>>
>>>>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>>>>>> vivimos de esto ni directa
>>>>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
>>>>>> no aparece "voluntario
>>>>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>>>>>> remunera de ningún modo. El
>>>>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
>>>>>> caso nuestra
>>>>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>>>>>> constante o profunda como
>>>>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>>>>>> dedicado al voluntariado,
>>>>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>>>>>> agrega valor para lo
>>>>>> que hacemos profesionalmente.
>>>>>>
>>>>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>>>>>> algún momento tuviera un
>>>>>> conflicto de intereses real o potencial esto
>>>>>> deberá ser analizado EN
>>>>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>>>>>> este delegado continua o
>>>>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>>>>>> está el suplente
>>>>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>>>>>> participar por algo
>>>>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
>>>>>> de los miembros puede
>>>>>> tener un conflicto en determinado y específico
>>>>>> tema, lo declara y se
>>>>>> abstiene de participar o delega su participación y
>>>>>> es el hecho que
>>>>>> corresponde.
>>>>>>
>>>>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>>>>>> institución PODRÍA
>>>>>> representar un conflicto es irrelevante para la
>>>>>> actuación de la delegada
>>>>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>>>>>> conflicto se lo analizará Y
>>>>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>>>>
>>>>>> Carlos Vera Quintana
>>>>>> 0988141143
>>>>>> Sígueme @cveraq
>>>>>>
>>>>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>>>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>>>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>> escribió:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Sergio,
>>>>>>
>>>>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
>>>>>> que esto supera cualquiera
>>>>>> del
>>>>>> tipo.
>>>>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>>>>>> funcionario público, que el
>>>>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>>>>>> directamente un
>>>>>> conflicto de
>>>>>> interés cuando hay que defender los intereses
>>>>>> de los usuarios. Lo
>>>>>> quieras
>>>>>> justificar como lo quieras justificar.
>>>>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>>>>>> Agencia del gobierno que
>>>>>> se
>>>>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>>>>>> ejemplo ficticio, que un
>>>>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>>>>>> de Perú se convierta en
>>>>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>>>>>> que va a representar y
>>>>>> defender
>>>>>> INDECOPI?
>>>>>> En el caso de que un empleado del gobierno
>>>>>> (empleado o funcionario)
>>>>>> quiera
>>>>>> representar los intereses de los usuarios, es
>>>>>> un conflicto, acá y en
>>>>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>>>>>> situaciones similares en LACRALO?
>>>>>> Sí.
>>>>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>>>>>> ALS? Sí. Que no lo
>>>>>> quieran
>>>>>> hacer es otra cosa.
>>>>>> Además sería importante que leas
>>>>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>>>>> preocupación
>>>>>> está dirigida a asegurarles una debida
>>>>>> representación a AUI Perú,
>>>>>> porque sé
>>>>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>>>>>> esa representación y mi
>>>>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>>>>>> persona que no tenga
>>>>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>>>>>> LACRALO. Esa fue la
>>>>>> misma
>>>>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>>>>> Por otro lado sería importante que te informes
>>>>>> correctamente antes de
>>>>>> realizar ataques contra mi persona, que además
>>>>>> no tienen nada que ver.
>>>>>> Yo
>>>>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>>>>>> Córdoba ni del gobierno
>>>>>> de
>>>>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
>>>>>> gobierno de Argentina).
>>>>>> Yo
>>>>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>>>>>> la UNC como Profesora
>>>>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>>>>>> ningún sueldo, ni
>>>>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>>>>>> porque me gusta la docencia
>>>>>> y
>>>>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>>>>>> la decisión que he tomado
>>>>>> de
>>>>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>>>>>> personales.
>>>>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
>>>>>> el tema que he planteado y
>>>>>> no
>>>>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>>>>>> atención sobre asuntos que no
>>>>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>>>>>> está conversando.
>>>>>> También sería bueno ver un poco más de
>>>>>> corporativismo al momento de
>>>>>> discutir statements y policies, eso sería más
>>>>>> productivo para LACRALO.
>>>>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>>>>>> inexistente con la nueva
>>>>>> representación que han elegido.
>>>>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>>>>>> no se convierta en regla
>>>>>> en
>>>>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>>>>
>>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>>
>>>>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>>>>>> Salinas Porto <
>>>>>> presidencia(a)internauta.org.ar
>>>>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
>>>>>> escribió:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>>>>>> acuerdo con vos.
>>>>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>>>>>> propio de un recién iniciado.
>>>>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>>>>>> ser empleado publico.
>>>>>> Con el criterio que estas marcando muchos
>>>>>> de los/las compañeros de
>>>>>> LACRALO
>>>>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>>>>>> lo que se, muchos se
>>>>>> desempeñan
>>>>>> como docentes de universidades publicas
>>>>>> (vos también no?), o son
>>>>>> empleados
>>>>>> de la justicia, o empleados de
>>>>>> reparticiones municipales o
>>>>>> provinciales.
>>>>>> Estudiantes de una universidad pública
>>>>>> (podria llegar a pender su nota
>>>>>> de
>>>>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>>>>> El conflicto recide en si es funcionario
>>>>>> público con deciciones
>>>>>> gubernamentales o no.
>>>>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>>>>>> incluso cuando te propusiste
>>>>>> para
>>>>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>>>>>> interes cuando persibías
>>>>>> dinero del
>>>>>> gobierno nacional (que es de donde
>>>>>> provienen los fondos de educación
>>>>>> en
>>>>>> argentina) siendo docente de la
>>>>>> universidad nacional de córdoba.
>>>>>> Para que quede claro y no se mal
>>>>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>>>>>> conflicto de interes en lo que respecta a
>>>>>> vos ni en lo que respecta a
>>>>>> Maritza.
>>>>>> Abrazo querida fatima!
>>>>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>>>>>> Cambronero" <
>>>>>> fatimacambronero(a)gmail.com
>>>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>>>>>> escribió:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Johnny, todas/os,
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> En primer lugar quisiera disculparme
>>>>>> por la demora en responder este
>>>>>> hilo
>>>>>> de correos. Estuve de viaje y con
>>>>>> dificultades para seguir todas las
>>>>>> conversaciones.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Luego me gustaría hacer dos
>>>>>> comentarios respecto de este asunto.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> La posibilidad de designar dos
>>>>>> contactos por cada ALS (uno primario
>>>>>> con
>>>>>> derecho a voto y un contacto
>>>>>> secundario sin derecho a voto) se
>>>>>> encuentra
>>>>>> vigente desde los comienzos mismos de
>>>>>> LACRALO. Pueden revisar
>>>>>> nuestros
>>>>>> Principios Operativos vigentes aquí,
>>>>>> en el #4:
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>>>>>> Principios%25
>>>>>>
>>>>>> 2
>>>>>> 0Operativos%2520de%2520la%
>>>>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>>>>> e
>>>>>> rsion=1&modificationDate=
>>>>>> 1283972736000&api=v2
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> En segundo lugar, respecto de la
>>>>>> solicitud que estás realizando
>>>>>> Johnny, de
>>>>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
>>>>>> contacto secundario (eso dices
>>>>>> en el
>>>>>> primer párrafo de tu correo) o como
>>>>>> contacto primario con derecho a
>>>>>> voto
>>>>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>>>>>> correo) de AUI Perú, quisiera
>>>>>> manifestar una preocupación al
>>>>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
>>>>>> aclarar
>>>>>> que he tenido una conversación en
>>>>>> privado con Maritza sobre este
>>>>>> tema, a
>>>>>> quién conozco personalmente del
>>>>>> Fellowship Program de ICANN y del
>>>>>> curso de
>>>>>> ISOC de Next Generation Leaders del
>>>>>> cual soy su Experta Moderadora,
>>>>>> respecto de quien no tengo ningún
>>>>>> conflicto personal y con quien me
>>>>>> une
>>>>>> incluso una amistad.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>>>>>> Instituto Nacional de Defensa de la
>>>>>> Competencia y de la Protección de la
>>>>>> Propiedad Intelectual, que es la
>>>>>> Agencia del gobierno peruano encargada
>>>>>> de la Propiedad Intelectual.
>>>>>> Enlace
>>>>>> a su sitio web:
>>>>>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>>>>>> defensa de los derechos de los
>>>>>> consumidores (por favor, corríjanme si
>>>>>> me equivoco), es finalmente
>>>>>> una
>>>>>> agencia del gobierno. El gobierno
>>>>>> peruano es quien paga todos los
>>>>>> meses su
>>>>>> sueldo.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>>>>>> siendo el contacto primario de
>>>>>> AUI
>>>>>> Perú con derecho a voto una persona
>>>>>> que es empleada del gobierno de
>>>>>> Perú,
>>>>>> en el caso de presentarse un conflicto
>>>>>> entre los intereses de los
>>>>>> usuarios
>>>>>> de Internet (regionales, aunque
>>>>>> principalmente locales) y el gobierno
>>>>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
>>>>>> en una situación de conflicto
>>>>>> de
>>>>>> intereses, y debería apartarse de
>>>>>> representar a los usuarios de
>>>>>> Internet
>>>>>> de
>>>>>> Perú y abstenerse de votar como
>>>>>> delegada de su ALS. En ese caso,
>>>>>> estaríamos
>>>>>> volviendo inexistente la
>>>>>> representación de dicha ALS. En mi
>>>>>> opinión,
>>>>>> se
>>>>>> podría participar de las discusiones
>>>>>> como contacto secundario, pero
>>>>>> al
>>>>>> momento del voto, siendo contacto
>>>>>> primario, se deberían abstener
>>>>>> perdiendo
>>>>>> el derecho que le asiste a toda ALS
>>>>>> acreditada.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
>>>>>> a Johnny a Maritza la
>>>>>> posibilidad de
>>>>>> revisar esta modificación del contacto
>>>>>> primario con derecho a voto de
>>>>>> AUI
>>>>>> Perú para lograr que su participación
>>>>>> sea realmente efectiva dentro
>>>>>> de
>>>>>> LACRALO y de At-Large en general, en
>>>>>> representación de los intereses
>>>>>> de
>>>>>> los
>>>>>> usuarios finales de Internet.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Quedo a su disposición para colaborar
>>>>>> con ustedes en lo que esté
>>>>>> dentro de
>>>>>> mis posibilidades.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Saludos cordiales,
>>>>>>
>>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>>>>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
>>>>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
>>>>>>
>>>>>> escribió:
>>>>>>
>>>>>> Estimado Alberto,
>>>>>>
>>>>>> En principio para felicitar esta
>>>>>> iniciativa, me parece muy
>>>>>> saludable
>>>>>> que
>>>>>> las ALS deleguen o acrediten a un
>>>>>> segundo representante. En este
>>>>>>
>>>>>> sentido,
>>>>>>
>>>>>> presentamos a la Srta. Abogada
>>>>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
>>>>>> representante de AUI PERU, para
>>>>>> los efectos de representación ante
>>>>>>
>>>>>> LACRALO
>>>>>>
>>>>>> e ICANN.
>>>>>>
>>>>>> En este mismo sentido, en mi
>>>>>> condición de Presidente y Titular
>>>>>>
>>>>>> acreditado
>>>>>>
>>>>>> de AUI PERU, mediante el presente
>>>>>> solicito se le otorgue las
>>>>>> credenciales de votación en
>>>>>> representación de nuestra
>>>>>> organización
>>>>>> en LACRALO.
>>>>>>
>>>>>> Agradezco la atención al presente.
>>>>>>
>>>>>> Atentamente,
>>>>>>
>>>>>> Johnny Laureano
>>>>>> Pdte. AUI PERU
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>>>>>> Alberto Soto
>>>>>> <alberto(a)soto.net.ar
>>>>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
>>>>>>
>>>>>> escribió:
>>>>>>
>>>>>> Estimados, según nuestras
>>>>>> normas cada ALS puede tener
>>>>>> dos
>>>>>>
>>>>>> representantes.
>>>>>>
>>>>>> Uno de ellos es quien es
>>>>>> designado por la misma y
>>>>>> autorizado a
>>>>>> votar,
>>>>>>
>>>>>> y
>>>>>>
>>>>>> es
>>>>>>
>>>>>> a
>>>>>> quien se le envían las
>>>>>> credenciales correspondientes.
>>>>>>
>>>>>> Pero en algunas
>>>>>> organizaciones, por varias
>>>>>> razones el titular puede
>>>>>> no
>>>>>> estar
>>>>>> disponible en algunos momentos
>>>>>> y desea que el otro
>>>>>> representante
>>>>>>
>>>>>> tenga la
>>>>>>
>>>>>> información necesaria.
>>>>>>
>>>>>> Es por ello que las ALSs que
>>>>>> lo deseen, pueden enviarme el
>>>>>> nombre y
>>>>>>
>>>>>> correo
>>>>>>
>>>>>> del segundo representante para
>>>>>> agregarlos en las listas de
>>>>>> mails de
>>>>>> LACRALO.
>>>>>>
>>>>>> Siempre permanecerá para la
>>>>>> votación el designado
>>>>>> oportunamente,
>>>>>> hasta
>>>>>>
>>>>>> que
>>>>>>
>>>>>> la ALS informe oficialmente un
>>>>>> cambio.
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Saludos cordiales
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>>
>>>>>> Alberto Soto
>>>>>>
>>>>>>
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>>>>>> Dr. Alejandro Pisanty
>>>>>> Facultad de Química UNAM
>>>>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
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>
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> *Fatima Cambronero*
> Abogada-Argentina
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> http://www.lacralo.org
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/96372ef1ce.html
--]]
1
0
Sept. 14, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: fatimacambronero(a)gmail.com
Dear / os,
It seems important to note some comments that were made
earlier in this thread.
It is a fact that for Maritza reunin ICANN Durban aplical
Felowship as a government program (
https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en)
Then I remember I Glad we crossed a corridor in London reunin
where both Bamos to a meeting of the GAC and Maritza told me he was going to
reunin the GAC as being the government of his country, was interested
participate in these meetings.
I understand what happens in many of our countries, is that
people who represent our government in the GAC are not renewed with
periodicity and do not result in new people to fill those spaces.
I guess something like this can happen in the case of Per.
Perhaps a better option of participation for Maritza, for your background and
knowledge, either individually participate in the GNSO CPI (
http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) that
estespecficamente focused on intellectual property.
I also think it is important that we emphasize the important role they have
generations that had preceded us in At-Large to make
At-Large is currently the home of the end users.
At-Large is a residual community where ms come to participate
everyone who does not enter another constituency. Neither one has At-Large
negative differential treatment as early tenaa. Many people,
before us, trabajmuy hard to achieve this recognition.
Even in London we spent a week defending the rights and
the interests of end users, asking among other
things, the user is recognized as the fifth stakeholder
Ecosystem IG.We made a declaration with recommendations to the Board
just solve the recognition thereof.
In my view, all these events deserve respect and
need to take seriously the work done in LACRALO and
At-Large.
I guess in this matter seguirdebatiendo LACRALO, and in my case, I
seems important to bring this preocupacin tambina ALAC.
Fatima Cambronero
The September 14, 2014, 13:29 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br>
I wrote:
> Alejandro.
> Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el
> NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de
> propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como
> board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del
> Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se
> como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser
> miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay
> especial restricción.
>
>
> Vanda Scartezini
> Polo Consultores Associados
> Av. Paulista 1159, cj 1004
> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> Land Line: +55 11 3266.6253
> Mobile: + 55 11 98181.1464
>
>
>
>
>
>
>
> On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty(a)gmail.com> wrote:
>
> >Colegas,
> >
> >ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
> >principios (cada quien elige su mezcla).
> >
> >Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
> >permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
> >profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo
> >en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno
> >peruano,
> >en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
> >estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI
> >tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes
> >para
> >expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
> >
> >No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
> >otro tema.
> >
> >Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
> >regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la
> >organización.
> >
> >Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
> >interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer
> >saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su
> >independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en
> >conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un
> >comité
> >confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
> >conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
> >
> >Alejandro Pisanty
> >
> >2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe>:
> >
> >> Estimad@s tod@s,
> >>
> >>
> >> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
> >> impidió hacerlo antes.
> >>
> >>
> >> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de
> >>intereses
> >> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno
> >>desempeña
> >> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
> >> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
> >> representar a los usuarios, sería introducir una variable
> >>discriminatoria a
> >> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales
> >>de un
> >> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
> >> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía
> >>que
> >> ninguna ley en el mundo prohíbe.
> >>
> >>
> >> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno
> >>que
> >> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
> >> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y
> >>3
> >> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
> >> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
> >> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
> >> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia,
> >>2.
> >> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
> >> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
> >> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
> >> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la
> >>Calidad).
> >> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
> >> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad
> >>técnica de
> >> sus pronunciamientos.
> >>
> >>
> >> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien
> >>trabajo
> >> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
> >> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual.
> >>No
> >> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
> >> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
> >> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5
> >>Vocales)
> >> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo
> >>a
> >> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
> >> sentido de un pronunciamiento.
> >>
> >>
> >> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se
> >>encargan
> >> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto
> >>Amazon
> >> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
> >> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
> >> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una
> >>Comisión
> >> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con
> >>otras
> >> áreas, etc).
> >>
> >>
> >> He revisado con detenimiento el bylaws
> >> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
> >> (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
> >>
> >>
> >> a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el
> >> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
> >> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y
> >>esos
> >> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
> >> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación
> >>en
> >> el Diario Oficial ³El Peruano².
> >>
> >>
> >> b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es
> >> decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar
> >> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
> >> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del
> >>gobierno.
> >>
> >>
> >> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> >> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso,
> >>entonces se
> >> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque
> >>también
> >> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico
> >>las
> >> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y
> >>leyes
> >> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
> >> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
> >> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
> >> trabajadora del gobierno.
> >>
> >>
> >> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> >> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
> >> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo
> >>que
> >> las autoridades de LACRALO determinen.
> >>
> >>
> >> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
> >> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que
> >>Johnny
> >> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio
> >>Salinas,
> >> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
> >>
> >>
> >> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
> >> comentario adicional.
> >>
> >>
> >> Maritza Agüero
> >>
> >> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco
> >><hcarrascob(a)gmail.com
> >> > escribió:
> >>
> >>> Estimado Alejandro,
> >>>
> >>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
> >>>
> >>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
> >>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
> >>>
> >>> *Español:*
> >>>
> >>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
> >>>
> >>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS
> >>>DIRECTORES)
> >>> *
> >>>
> >>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
> >>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
> >>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por
> >>>tratado o
> >>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
> >>> presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una
> >>>persona
> >>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada
> >>>de
> >>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
> >>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas
> >>>gubernamentales o
> >>> públicas.
> >>>
> >>> *Portugués:*
> >>>
> >>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
> >>>
> >>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
> >>>
> >>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de
> >>>uma
> >>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado
> >>>ou
> >>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
> >>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
> >>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
> >>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
> >>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
> >>>
> >>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
> >>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
> >>>
> >>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
> >>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo
> >>>tanto, es
> >>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho,
> >>>las
> >>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse
> >>>restrictivamente" y
> >>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme
> >>>con lo
> >>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
> >>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
> >>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe.
> >>>Todos
> >>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser
> >>>miembros
> >>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse
> >>>como
> >>> ALS."
> >>>
> >>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
> >>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con
> >>>ello me
> >>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen
> >>>los
> >>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
> >>> criterios, los que son:
> >>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
> >>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
> >>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
> >>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
> >>>
> >>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
> >>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
> >>>
> >>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
> >>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
> >>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
> >>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
> >>>
> >>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple
> >>>en
> >>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
> >>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se
> >>>cumpliría
> >>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
> >>>
> >>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
> >>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de
> >>>LACRALO.
> >>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
> >>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
> >>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
> >>>
> >>> Un abrazo a todos
> >>>
> >>>
> >>>
> >>>
> >>>
> >>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
> >>>
> >>>> Humberto,
> >>>>
> >>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en
> >>>>https://www.icann.org/
> >>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
> >>>>
> >>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
> >>>>
> >>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
> >>>> a national government or a multinational entity established by
> >>>> treaty or other agreement between national governments may serve
> >>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
> >>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
> >>>> employed by such government or multinational entity and whose
> >>>> primary function with such government or entity is to develop or
> >>>> influence governmental or public policies.
> >>>>
> >>>>
> >>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
> >>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
> >>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
> >>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
> >>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
> >>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
> >>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
> >>>> artículo.
> >>>>
> >>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
> >>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
> >>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
> >>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
> >>>> abogados).
> >>>>
> >>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
> >>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
> >>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
> >>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
> >>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
> >>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
> >>>> regularmente pagan sus cuentas.
> >>>>
> >>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
> >>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
> >>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
> >>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
> >>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
> >>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
> >>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
> >>>>
> >>>> Alejandro Pisanty
> >>>>
> >>>>
> >>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
> >>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Estimado Alejandro:
> >>>>
> >>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
> >>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
> >>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
> >>>> revisarla en detalle?
> >>>>
> >>>> Muchas gracias de antemano.
> >>>>
> >>>> Un abrazo
> >>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
> >>>>
> >>>> Vanda,
> >>>>
> >>>> aquí hay un malentendido.
> >>>>
> >>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
> >>>> el Board - a
> >>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
> >>>> organizaciones que
> >>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
> >>>>
> >>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
> >>>> cuidadosamente y
> >>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
> >>>> educación e
> >>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
> >>>>
> >>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
> >>>> las cuales
> >>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
> >>>>
> >>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
> >>>> - están
> >>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
> >>>> pueden ir en
> >>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
> >>>> representados en
> >>>> ICANN a través del GAC.
> >>>>
> >>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
> >>>> NPOC; NCSG, At
> >>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
> >>>> Independencia de
> >>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
> >>>> como las
> >>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
> >>>> claridad sin
> >>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
> >>>>
> >>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
> >>>> posiciones de los
> >>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
> >>>>
> >>>> Alejandro Pisanty
> >>>>
> >>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
> >>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
> >>>> tuvo en este
> >>>> asunto.
> >>>>
> >>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
> >>>> una persona del
> >>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
> >>>> directa con los
> >>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
> >>>>
> >>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
> >>>> tiene una actividad
> >>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
> >>>> simplesmente una
> >>>> empleada del gobierno. w
> >>>>
> >>>> Mis razones:
> >>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
> >>>> represente la posición
> >>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
> >>>> el órgano de
> >>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
> >>>> de LACRALO ,
> >>>> como hacemos con los empleados de las universidades
> >>>> públicas que están en
> >>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
> >>>> de la
> >>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
> >>>> todos conocido,
> >>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
> >>>> involucrado con
> >>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
> >>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
> >>>> los usuarios, en
> >>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
> >>>> el facto de la
> >>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
> >>>> especial
> >>>> titulo, pueda ser un impedimento.
> >>>>
> >>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
> >>>> asuma la posición a
> >>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
> >>>> demás.
> >>>>
> >>>> Abrazos a todos
> >>>>
> >>>> Vanda Scartezini
> >>>> Polo Consultores Associados
> >>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
> >>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> >>>> Land Line: +55 11 3266.6253
> >>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
> >>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
> >>>>
> >>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
> >>>> persona función de su
> >>>> trabajo puede participar: como representante directo
> >>>> del gobierno, como
> >>>> representante de interés de un agente económico, sea
> >>>> una entidad con fines
> >>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
> >>>> también espacio apra
> >>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
> >>>> discriminación si es una
> >>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
> >>>> intelectual.
> >>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
> >>>> agravar los que
> >>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
> >>>> internet. Para estes
> >>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
> >>>> foco en la defensa de
> >>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
> >>>> sean gobiernos nin
> >>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
> >>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
> >>>> agencia de gobierno
> >>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
> >>>> defensa de s\los
> >>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
> >>>> presidente de la agencia
> >>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
> >>>> en nada tenia en
> >>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
> >>>> están ahora tampoco
> >>>> tienen foco en usuarios de internet.
> >>>> Vanda Scartezini
> >>>> Polo Consultores Associados
> >>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
> >>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> >>>> Land Line: +55 11 3266.6253
> >>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
> >>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
> >>>>
> >>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
> >>>> de modo pragmático y
> >>>> también apegados a Derecho.
> >>>>
> >>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
> >>>> grupos, son profesionales
> >>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
> >>>> resulta un insumo
> >>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
> >>>> trabajo aquí o en las
> >>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
> >>>> de modo directo
> >>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
> >>>> profesionales, etc) o
> >>>> indirecto (valor agregado a sus propias
> >>>> profesiones). Por tanto el
> >>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
> >>>> trabajan por que esa
> >>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
> >>>> les remunera
> >>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
> >>>> interés por el usuario es
> >>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
> >>>> exclusiva a estos temas
> >>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
> >>>>
> >>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
> >>>> vivimos de esto ni directa
> >>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
> >>>> no aparece "voluntario
> >>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
> >>>> remunera de ningún modo. El
> >>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
> >>>> caso nuestra
> >>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
> >>>> constante o profunda como
> >>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
> >>>> dedicado al voluntariado,
> >>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
> >>>> agrega valor para lo
> >>>> que hacemos profesionalmente.
> >>>>
> >>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
> >>>> algún momento tuviera un
> >>>> conflicto de intereses real o potencial esto
> >>>> deberá ser analizado EN
> >>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
> >>>> este delegado continua o
> >>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
> >>>> está el suplente
> >>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
> >>>> participar por algo
> >>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
> >>>> de los miembros puede
> >>>> tener un conflicto en determinado y específico
> >>>> tema, lo declara y se
> >>>> abstiene de participar o delega su participación y
> >>>> es el hecho que
> >>>> corresponde.
> >>>>
> >>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
> >>>> institución PODRÍA
> >>>> representar un conflicto es irrelevante para la
> >>>> actuación de la delegada
> >>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
> >>>> conflicto se lo analizará Y
> >>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
> >>>>
> >>>> Carlos Vera Quintana
> >>>> 0988141143
> >>>> Sígueme @cveraq
> >>>>
> >>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
> >>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
> >>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Sergio,
> >>>>
> >>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
> >>>> que esto supera cualquiera
> >>>> del
> >>>> tipo.
> >>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
> >>>> funcionario público, que el
> >>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
> >>>> directamente un
> >>>> conflicto de
> >>>> interés cuando hay que defender los intereses
> >>>> de los usuarios. Lo
> >>>> quieras
> >>>> justificar como lo quieras justificar.
> >>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
> >>>> Agencia del gobierno que
> >>>> se
> >>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
> >>>> ejemplo ficticio, que un
> >>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
> >>>> de Perú se convierta en
> >>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
> >>>> que va a representar y
> >>>> defender
> >>>> INDECOPI?
> >>>> En el caso de que un empleado del gobierno
> >>>> (empleado o funcionario)
> >>>> quiera
> >>>> representar los intereses de los usuarios, es
> >>>> un conflicto, acá y en
> >>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
> >>>> situaciones similares en LACRALO?
> >>>> Sí.
> >>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
> >>>> ALS? Sí. Que no lo
> >>>> quieran
> >>>> hacer es otra cosa.
> >>>> Además sería importante que leas
> >>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
> >>>> preocupación
> >>>> está dirigida a asegurarles una debida
> >>>> representación a AUI Perú,
> >>>> porque sé
> >>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
> >>>> esa representación y mi
> >>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
> >>>> persona que no tenga
> >>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
> >>>> LACRALO. Esa fue la
> >>>> misma
> >>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
> >>>> Por otro lado sería importante que te informes
> >>>> correctamente antes de
> >>>> realizar ataques contra mi persona, que además
> >>>> no tienen nada que ver.
> >>>> Yo
> >>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
> >>>> Córdoba ni del gobierno
> >>>> de
> >>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
> >>>> gobierno de Argentina).
> >>>> Yo
> >>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
> >>>> la UNC como Profesora
> >>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
> >>>> ningún sueldo, ni
> >>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
> >>>> porque me gusta la docencia
> >>>> y
> >>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
> >>>> la decisión que he tomado
> >>>> de
> >>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
> >>>> personales.
> >>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
> >>>> el tema que he planteado y
> >>>> no
> >>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
> >>>> atención sobre asuntos que no
> >>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
> >>>> está conversando.
> >>>> También sería bueno ver un poco más de
> >>>> corporativismo al momento de
> >>>> discutir statements y policies, eso sería más
> >>>> productivo para LACRALO.
> >>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
> >>>> inexistente con la nueva
> >>>> representación que han elegido.
> >>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
> >>>> no se convierta en regla
> >>>> en
> >>>> este hilo ni en LACRALO.
> >>>>
> >>>> Fatima Cambronero
> >>>>
> >>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
> >>>> Salinas Porto <
> >>>> presidencia(a)internauta.org.ar
> >>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
> >>>> acuerdo con vos.
> >>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
> >>>> propio de un recién iniciado.
> >>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
> >>>> ser empleado publico.
> >>>> Con el criterio que estas marcando muchos
> >>>> de los/las compañeros de
> >>>> LACRALO
> >>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
> >>>> lo que se, muchos se
> >>>> desempeñan
> >>>> como docentes de universidades publicas
> >>>> (vos también no?), o son
> >>>> empleados
> >>>> de la justicia, o empleados de
> >>>> reparticiones municipales o
> >>>> provinciales.
> >>>> Estudiantes de una universidad pública
> >>>> (podria llegar a pender su nota
> >>>> de
> >>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
> >>>> El conflicto recide en si es funcionario
> >>>> público con deciciones
> >>>> gubernamentales o no.
> >>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
> >>>> incluso cuando te propusiste
> >>>> para
> >>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
> >>>> interes cuando persibías
> >>>> dinero del
> >>>> gobierno nacional (que es de donde
> >>>> provienen los fondos de educación
> >>>> en
> >>>> argentina) siendo docente de la
> >>>> universidad nacional de córdoba.
> >>>> Para que quede claro y no se mal
> >>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
> >>>> conflicto de interes en lo que respecta a
> >>>> vos ni en lo que respecta a
> >>>> Maritza.
> >>>> Abrazo querida fatima!
> >>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
> >>>> Cambronero" <
> >>>> fatimacambronero(a)gmail.com
> >>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Johnny, todas/os,
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> En primer lugar quisiera disculparme
> >>>> por la demora en responder este
> >>>> hilo
> >>>> de correos. Estuve de viaje y con
> >>>> dificultades para seguir todas las
> >>>> conversaciones.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Luego me gustaría hacer dos
> >>>> comentarios respecto de este asunto.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> La posibilidad de designar dos
> >>>> contactos por cada ALS (uno primario
> >>>> con
> >>>> derecho a voto y un contacto
> >>>> secundario sin derecho a voto) se
> >>>> encuentra
> >>>> vigente desde los comienzos mismos de
> >>>> LACRALO. Pueden revisar
> >>>> nuestros
> >>>> Principios Operativos vigentes aquí,
> >>>> en el #4:
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
> >>>> Principios%25
> >>>>
> >>>> 2
> >>>> 0Operativos%2520de%2520la%
> >>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
> >>>> e
> >>>> rsion=1&modificationDate=
> >>>> 1283972736000&api=v2
> >>>>
> >>>>
> >>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> En segundo lugar, respecto de la
> >>>> solicitud que estás realizando
> >>>> Johnny, de
> >>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
> >>>> contacto secundario (eso dices
> >>>> en el
> >>>> primer párrafo de tu correo) o como
> >>>> contacto primario con derecho a
> >>>> voto
> >>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
> >>>> correo) de AUI Perú, quisiera
> >>>> manifestar una preocupación al
> >>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
> >>>> aclarar
> >>>> que he tenido una conversación en
> >>>> privado con Maritza sobre este
> >>>> tema, a
> >>>> quién conozco personalmente del
> >>>> Fellowship Program de ICANN y del
> >>>> curso de
> >>>> ISOC de Next Generation Leaders del
> >>>> cual soy su Experta Moderadora,
> >>>> respecto de quien no tengo ningún
> >>>> conflicto personal y con quien me
> >>>> une
> >>>> incluso una amistad.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
> >>>> Instituto Nacional de Defensa de la
> >>>> Competencia y de la Protección de la
> >>>> Propiedad Intelectual, que es la
> >>>> Agencia del gobierno peruano encargada
> >>>> de la Propiedad Intelectual.
> >>>> Enlace
> >>>> a su sitio web:
> >>>> http://www.indecopi.gob.pe/
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
> >>>> defensa de los derechos de los
> >>>> consumidores (por favor, corríjanme si
> >>>> me equivoco), es finalmente
> >>>> una
> >>>> agencia del gobierno. El gobierno
> >>>> peruano es quien paga todos los
> >>>> meses su
> >>>> sueldo.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
> >>>> siendo el contacto primario de
> >>>> AUI
> >>>> Perú con derecho a voto una persona
> >>>> que es empleada del gobierno de
> >>>> Perú,
> >>>> en el caso de presentarse un conflicto
> >>>> entre los intereses de los
> >>>> usuarios
> >>>> de Internet (regionales, aunque
> >>>> principalmente locales) y el gobierno
> >>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
> >>>> en una situación de conflicto
> >>>> de
> >>>> intereses, y debería apartarse de
> >>>> representar a los usuarios de
> >>>> Internet
> >>>> de
> >>>> Perú y abstenerse de votar como
> >>>> delegada de su ALS. En ese caso,
> >>>> estaríamos
> >>>> volviendo inexistente la
> >>>> representación de dicha ALS. En mi
> >>>> opinión,
> >>>> se
> >>>> podría participar de las discusiones
> >>>> como contacto secundario, pero
> >>>> al
> >>>> momento del voto, siendo contacto
> >>>> primario, se deberían abstener
> >>>> perdiendo
> >>>> el derecho que le asiste a toda ALS
> >>>> acreditada.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
> >>>> a Johnny a Maritza la
> >>>> posibilidad de
> >>>> revisar esta modificación del contacto
> >>>> primario con derecho a voto de
> >>>> AUI
> >>>> Perú para lograr que su participación
> >>>> sea realmente efectiva dentro
> >>>> de
> >>>> LACRALO y de At-Large en general, en
> >>>> representación de los intereses
> >>>> de
> >>>> los
> >>>> usuarios finales de Internet.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Quedo a su disposición para colaborar
> >>>> con ustedes en lo que esté
> >>>> dentro de
> >>>> mis posibilidades.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Saludos cordiales,
> >>>>
> >>>> Fatima Cambronero
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
> >>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
> >>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
> >>>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>> Estimado Alberto,
> >>>>
> >>>> En principio para felicitar esta
> >>>> iniciativa, me parece muy
> >>>>saludable
> >>>> que
> >>>> las ALS deleguen o acrediten a un
> >>>> segundo representante. En este
> >>>>
> >>>> sentido,
> >>>>
> >>>> presentamos a la Srta. Abogada
> >>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
> >>>> representante de AUI PERU, para
> >>>> los efectos de representación ante
> >>>>
> >>>> LACRALO
> >>>>
> >>>> e ICANN.
> >>>>
> >>>> En este mismo sentido, en mi
> >>>> condición de Presidente y Titular
> >>>>
> >>>> acreditado
> >>>>
> >>>> de AUI PERU, mediante el presente
> >>>> solicito se le otorgue las
> >>>> credenciales de votación en
> >>>> representación de nuestra
> >>>> organización
> >>>> en LACRALO.
> >>>>
> >>>> Agradezco la atención al presente.
> >>>>
> >>>> Atentamente,
> >>>>
> >>>> Johnny Laureano
> >>>> Pdte. AUI PERU
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
> >>>> Alberto Soto
> >>>> <alberto(a)soto.net.ar
> >>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
> >>>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>> Estimados, según nuestras
> >>>> normas cada ALS puede tener
> >>>>dos
> >>>>
> >>>> representantes.
> >>>>
> >>>> Uno de ellos es quien es
> >>>> designado por la misma y
> >>>> autorizado a
> >>>> votar,
> >>>>
> >>>> y
> >>>>
> >>>> es
> >>>>
> >>>> a
> >>>> quien se le envían las
> >>>> credenciales correspondientes.
> >>>>
> >>>> Pero en algunas
> >>>> organizaciones, por varias
> >>>> razones el titular puede
> >>>> no
> >>>> estar
> >>>> disponible en algunos momentos
> >>>> y desea que el otro
> >>>>representante
> >>>>
> >>>> tenga la
> >>>>
> >>>> información necesaria.
> >>>>
> >>>> Es por ello que las ALSs que
> >>>> lo deseen, pueden enviarme el
> >>>> nombre y
> >>>>
> >>>> correo
> >>>>
> >>>> del segundo representante para
> >>>> agregarlos en las listas de
> >>>> mails de
> >>>> LACRALO.
> >>>>
> >>>> Siempre permanecerá para la
> >>>> votación el designado
> >>>> oportunamente,
> >>>> hasta
> >>>>
> >>>> que
> >>>>
> >>>> la ALS informe oficialmente un
> >>>> cambio.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Saludos cordiales
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Alberto Soto
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> ______________________________
> >>>> _________________
> >>>> lac-discuss-es mailing list
> >>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.
> >>>> icann.org
> >>>> <mailto:lac-discuss-es@
> >>>> atlarge-lists.icann.org>
> >>>> https://atlarge-lists.icann.
> >>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>>>
> >>>> http://www.lacralo.org
> >>>>
> >>>> ______________________________
> >>>> _________________
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> >>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.
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> >>>> <mailto:lac-discuss-es@
> >>>> atlarge-lists.icann.org>
> >>>> https://atlarge-lists.icann.
> >>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>>>
> >>>> http://www.lacralo.org
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> --
> >>>> *Fatima Cambronero*
> >>>> Abogada-Argentina
> >>>>
> >>>> Phone: +54 9351 5282 668
> >>>> Twitter: @facambronero
> >>>> Skype: fatima.cambronero
> >>>> ______________________________
> >>>> _________________
> >>>> lac-discuss-es mailing list
> >>>>
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >>>> <mailto:lac-discuss-es@
> >>>> atlarge-lists.icann.org>
> >>>> https://atlarge-lists.icann.
> >>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>>>
> >>>> http://www.lacralo.org
> >>>>
> >>>>
> >>>> --
> >>>> *Fatima Cambronero*
> >>>> Abogada-Argentina
> >>>>
> >>>> Phone: +54 9351 5282 668
> >>>> Twitter: @facambronero
> >>>> Skype: fatima.cambronero
> >>>>
> >>>>_______________________________________________
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> >>>> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
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> >>>><mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
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> >>>>
> >>>>
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> >>>> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >>>> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
> >>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-
> >>>> discuss-es
> >>>>
> >>>> http://www.lacralo.org
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> _______________________________________________
> >>>> lac-discuss-es mailing list
> >>>> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >>>> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
> >>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>>>
> >>>> http://www.lacralo.org
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> --
> >>>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> >>>> Dr. Alejandro Pisanty
> >>>> Facultad de Química UNAM
> >>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> >>>> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> >>>> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> >>>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> >>>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> >>>> Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/
> >>>> 22285/4A106C0C8614
> >>>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> >>>> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> >>>> . . . . . . . . . . . . . . . .
> >>>>
> >>>
> >>> _______________________________________________
> >>> lac-discuss-es mailing list
> >>> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >>>
> >>> http://www.lacralo.org
> >>>
> >>
> >>
> >
> >
> >--
> >- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> > Dr. Alejandro Pisanty
> >Facultad de Química UNAM
> >Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> >+52-1-5541444475 FROM ABROAD
> >+525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> >Blog: http://pisanty.blogspot.com
> >LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> >Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
> >http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
> >Twitter: http://twitter.com/apisanty
> >---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> >. . . . . . . . . . . . . . . .
> >_______________________________________________
> >lac-discuss-es mailing list
> >lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> >https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
> >
> >http://www.lacralo.org
>
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
* Fatima * Cambronero
Attorney-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668
Twitter:facambronero
Skype: fatima.cambronero
_______________________________________________
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/66e1aedc50.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: vanda(a)uol.com.br
Alejandro.
We had this doubt about the Board rule when the candidature
NomComm Gonzalo. Because um was also a member of the Institute of
Intellectual Property in Chile. Asque was consulted and accepted as
board member of our region. Asque comprendque pelas rules
Board, a member involved with the proposal and enforcement (not
as they say in Spanish) of public policies estpermitido not be
member of the Board. Those who are not directly involved no
special restriction.
Vanda Scartezini
Polo Consultores Associados
Av. Paulista 1159, 1004 cj
01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
Land Line: +55 11 3266.6253
Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty(a)gmail.com> wrote:
> Colleagues,
>
> Since we are in this discussion we try to combine pragmatism and
> Principles (everyone chooses their mix).
>
> Maritza, for deepening your particular case a moment you put your
> Can express yourself freely according to your criteria
> Professional and the position of the organization you represent, for example
> .amazon In case where there is an official position of the government
> Peruvian,
> If you to defer the same? Attention, is not questioned;
> We are exploring a background theme to Travs an example. If INDECOPI
> Have an official position about it, you have freedom qumargen
> To
> Express disagreement and even vote against this position?
>
> We are not lost in the branches regarding the academic activity; is sta
> Another issue.
>
> Humberto and Maritza, I think the general principle on which is based the
> Board to rule applies, mutatis mutandis, to all
> Organization.
>
> I think also that the way forward regarding conflicts of
> Intersy conditioning vote is for each participant to do
> Know what are the interests it represents and which may limit their
> Independence, but not every one of us who determines if they are
> Conflict or not (subjective perception); this makes the community, a
> Committee
> Reliable formed by ourselves, or an independent third party. The
> Conflict depends not only of the individual but of the especfica situation.
>
> Alejandro Pisanty
>
> 13/09/2014 9:58 GMT-05: 00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe> :
>
Dear >> @ s tod @ s,
>>
>>
>> Forgive the delay in responding, I had a health problem that I
>> Impidihacerlo before.
>>
>>
I >> think the criteria of incompatibility and conflict of
Interests >>
Must be associated with >> the functions directly to each
-Performing >>
Into a >> government.Consider the argument that the mere
Fact >> receive a salary from the State to be an inconsistency
>> Represent users, will introduce a variable
Discriminatory >>
>> For people who are not official spokespersons or representatives
A >>
>> Government, and on the contrary, this criterion was sufficient to make
>> Limitations and restrict our freedom as individuals and citizens
What >>
>> Prohibits any law in the world.
>>
>>
>> As some people know, Indecopi is a government agency
What >>
Has >> functional Econmica technique and, unlike other autonomous
>> Agencies. Inside the indecopi there are 10 committees and
>> 3
Specialized >> Salas (Intellectual Property and Consumer Protection
Competition >>) to see different themes and all are
>> Independent, that is, no overlap in their functions or are
Intrudes into >> issues that are not within their competence (1 Free Competition
>> 2.
Dumping >>, 3 Barriers Burocrticas, 4 Consumer Protection 5.
>> Unfair Competition Bankruptcy Proceedings 6, 7 Property
Intellectual >> (divided in 3 Commissions: Distinctive Signs 7.1, 7.2..
Copyright >> and 7.3. Inventions) and 8 Infrastructure
Quality >>).
For many countries >> Indecopi is a hybrid and, in turn, a reference to
Worldwide for how >> handled functionally and quality
Technics >>
>> Their pronouncements.
>>
>>
In my case >> and centrndonos subject in discussion, although
I work >>
>> To that agency (situation that has never been denied), my work is
Technique >> - solving the Chamber on Intellectual Property.
No >>
>> Am the official spokesperson or official representative of the Government, so much as
>> That in all cases that are under my responsibility are
>> Signed by a person in charge and there is a collegial body (5
Vowels >>)
>> That is responsible for approving (or not) and discuss the procedures that I have
To >>
My position >> when they (Vocals) who ultimately determine the
>> Sense of a statement.
>>
>>
>> Also exist in my country other government entities that
Responsible >>
>> Of work linked to Icann (eg, point defense
Amazon >>
>> Was conducted by the Ministry of Foreign Affairs of Peru, the
Promotion of brands >> pas is done through the Promper (another
State entity >>), the protection of consumers is made by a
Commission >>
>> And / or Special Branch Indecopi independent and not linked to
Other >>
>> Areas, etc).
>>
>>
>> I have reviewed carefully the bylaws
>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>> (. Additional Requirements 4.1) and interpret the following:
>>
>>
>> A) The definition of official bylaws that set is the
The >> hold an elective government position, ie named
>> Officially, what will come to be an appointment of official rate and
These >>
Official appointments >> in my country for resolution of power are made
Executive >> (or whoever is delegated this function) and subsequent publication
In >>
>> The official gazette El Peruano.
>>
>>
>> B) The second requirement is to have * primary * function is
>> Say by * Main function * the development or the power to influence
In government policies >> opblicas. Situation which, as I have
>> Explained above, it does not happen in my case into the
>> Government.
>>
>>
>> As you can see, there is no incompatibility between my condition of
Wage >> government, with other features.If applicable,
Then >>
Anger to end >> I could not be Professor Graduate (because
Also >>
I am an academic >> at a private university) and discuss a technician level
The >>
Laws of my country >> (within which the criteria are met and
Laws >>
Especficas >> Indecopi) or writing * papers * or lecture in
Which expresses my >> posicintcnica and academic on legal issues,
>> Because that is my profession (lawyer) and my cousin on condition of
Working >> government.
>>
>>
>> As you can see, there is no incompatibility between my condition of
Wage >> representacina government and for users. Without
Subject >> what I have said previously, I remain at the disposal of the
What >>
LACRALO >> authorities determined.
>>
>>
>> Finally, I would like to thank the people who were the subject
And >> clear discussion in favor of representation that
Johnny >>
Has so graciously >> delegate on me.Thanks Vanda, Sergio
>> Salinas,
Bronstein >> Sergio, Carlos Vera, Humberto, Johnny and the others tod @ s.
>>
>>
Greetings >> I remain at your disposal for any inquiries of you and / or
>> Additional comment.
>>
>>
Maritza Agero >>
>>
The >> September 13, 2014 3:43 Humberto Carrasco
>> <hcarrascob(a)gmail.com
>>> I wrote:
>>
>>> Dear Alexander,
>>>
Thanks again for >>> focus point of debate.
>>>
For clarity of >>> those without a good understanding of
English >>> let me copy versions in Spanish and Portuguese Course:
>>>
* >>> Espaol: *
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>>
* >>> Section 4: ADDITIONAL REQUIREMENTS (FOR THE SELECTION OF
DIRECTORS >>>)
* >>>
>>>
>>> 1.Notwithstanding any contrary Disposition in this
Document >>> not podrdesempearse like no principal officer of a
>>> National government or a multinational entity established by
Treaty or >>>
>>> Other agreement between national governments. According to its utilization in the
>>> Herein, the term official refers to a
Person >>>
>>> (I) holds an elective governmental office or (ii) who is employed
Of >>>
>>> Such a government or government entity and whose primary function in such
>>> Government or entity is to develop or influence policies
Or governmental >>>
Pblicas >>>.
>>>
Portugus >>> *: *
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>>
Seo >>> * 4 * QUALIFICAES Adicionais
>>>
1 >>> However em something reserved, nThis document, official nenhum of
Uma >>>
National Entidade >>> ou do governo estabelecida multinational treaty
Ou >>>
Outro >>> agreed between Governos nacionais prune atuar as Diretor um.As
NThis used >>> document, or "official" means heat uma pessoa (i)
Man ™ >>> ou um governamental eleitoral charge (ii) gives funcionria
Governamental >>> ou multinational Entidade and principal cuja funo
Unwrap >>> ou ou Governamentais influence Public Policy.
>>>
Rinse >>> above, continuarmi opinin in the sense of trying to
Elucidate this point >>> safer:
>>>
1. >>> This is a rule that applies to the Board (Board) as well as
SealAlejandro >>> and not in regulations LACRALO. It
>>> Therefore is
Debatable >>> extend its aplicacina LACRALO. This is because in law,
The >>>
>>> Rules establishing requirements "should be interpreted
Restrictively >>> "and
>>> Therefore can not apply for "analogue". This will be in accordance
Thereby >>>
>>> Stipulated in clause 3.1 of the MOU that points out:
>>> "The LACRALO estarcompuesta for At-Large and individuals with
>>> Non-commercial interests in the region of Latin America and the Caribbean.
All >>>
>>> Citizens or residents of the region are welcome to be
Member >>>
>>> An ALS or to form a new organization that podracreditarse
As >>>
>>> ALS. "
>>>
2. >>> However, if the community understands that this rule derives a
>>> "* General principle *" applies to all ICANN stakeholders and
I do >>>
LACRALO tambina >>> mean, will have to see whether in this case are met
The >>>
>>> Requirements, that is, we will have to determine if these shoes Maritza
>>> Criteria, which are:
>>> (I) holds an elective governmental office or
>>> (Ii) who is employed by such government or government entity whose
_ >>> * Main function * _en such government or entity is to develop or _ *
* >>> Influence government opblicas _polticas.
>>>
Maritza >>> Apparently not occupy an elective government position. Then
Centrmonos >>>, to see if it can be pigeonholed in the second situation.
>>>
A.- >>> If we understand that the government is INDECOPI or entity
Government >>>, the first course will be fulfilled raised.
B.- >>> What we must determine is whether the * main * function is
>>> Develop or influence governmental or public policies.
>>>
Aqusera >>> good to know what the * main * function she fulfills
In >>>
INDECOPI >>> because if it is an operative function (For example, is
Who >>> should draft resolutions on trademark issues), not
Will fulfill >>>
>>> Requirement, and even may be a member of the BOARD.
>>>
* >>> To summarize, it is not a simple issue, but According to my understanding the standard
Cited by Alejandro >>> does not expressly apply to members of
LACRALO >>>.
>>> If the community thinks of this rule derives a general principle
>>> Applicable to all ICANN stakeholders (including LACRALO), we will have to
Determine >>> which is the main function of Maritza in INDECOPI. *
>>>
A hug to all >>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> On 13/09/2014 2:26 a.m., Alejandro Pisanty wrote:
>>>
>>>> Humberto,
>>>>
>>>> Aquestla relevant section of the "Bylaws" in
>>>> https://www.icann.org/
>>>> Resources / pages / bylaws-on-2012-02-25 # VI
>>>>
Section 4 >>>> * ADDITIONAL QUALIFICATIONS *
>>>>
>>>> 1 HEREIN NOTWITHSTANDING anything to the Contrary, no official of
>>>> A national government or a multinational entity established by
>>>> Treaty or other agreement Between May serve national Governments
>>>> As a director.As used HEREIN, the term "official" mens a person
>>>> (I) who holds an elective office Governmental or (ii) who is
Such >>>> employed by government or multinational entity and Whose
Such primary function >>>> with government or entity is to Develop or
>>>> Influence Governmental or public policies.
>>>>
>>>>
SIT >>>> well that in some countries some institutions
>>>> State as the public universities are autnomas, ie
>>>> Receive state funding but are self-governing, so no
>>>> Are the government. Moreover regulators
>>>> Telecommunications may be autonomous, that is, the
State >>>> but not the government, but as they develop or influence
>>>> Opblicas government policies, they apply the same
>>>> Article.
>>>>
>>>> The article refers only to the Board and should be treated with
>>>> Adjustments as a general principle for cases like LACRALO.
>>>> In addition to the letter of the law ESTN accounting principles
>>>> ("The spirit of the legislature" as they say in some countries the
>>>> Lawyers).
>>>>
>>>> Aadira a case of subtle but important ms Conflict: A
>>>> Consultant working primarily for governments and agencies
>>>> Intergovernmental, say the Caribbean Telecommunications
>>>> Union or CITEL, in policy issues affecting governance
>>>> Internet, has not guaranteed the necessary independence, and
>>>> Can decide not entraren conflict with customers
>>>> Regularly pay their bills.
>>>>
>>>> No excesses of "purity", we can revive the proposal of Sergio
>>>> Bronstein and make Accino rule statements
>>>> Interest, which must be updated when there are changes every year or
>>>> (Whichever comes first), verifiable, and to solicit the
>>>> Recusacin vote or even the participation in the discussion
>>>> Issues in which the conflict is considered as insurmountable.
>>>> The Board has a conflict Comitde Inters for this purpose.
>>>>
Alejandro Pisanty >>>>
>>>>
>>>>
>>>> 12/09/2014 16:25 GMT-05: 00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com> >:
>>>>
>>>>
>>>> Dear Alejandro:
>>>>
>>>> This comment is appreciated.For purposes of discussion focus
>>>> On a concrete base, Serposible Ftima sealen you or me
>>>> The rule that this inconsistency relates to
>>>> Check it in detail?
>>>>
>>>> Many thanks in advance.
>>>>
A hug >>>>
9/12/2014 9:37 pm >>>> The Alexander Pisanty wrote:
>>>>
>>>> Vanda,
>>>>
>>>> Aquhay a misunderstanding.
>>>>
>>>> In ICANN is a BAN certain positions - such as
>>>> The Board - to
>>>> People working for governments in positions and
>>>> Organizations
>>>> Make the policies that affect Internet.
>>>>
>>>> When we built in 1999 NCDNHC analyze this
>>>> Carefully and
>>>> We conclude that the academics of public institutions of
Educacine >>>>
>>>> Research usually not found in this case.
>>>>
INDECOPI >>>> Instead, CANTV and some other organizations
>>>> Which
>>>> Sestn LACRALO members have in that situation.
>>>>
>>>> The employees of these organizations - not only managers
>>>> - ESTN
>>>> Subject to the internal rules of organizations and not
>>>> Can go
>>>> Against the policies of their employers. hese ESTN
Represented >>>>
Travs >>>> ICANN GAC.
>>>>
In >>>> user organizations within ICANN - NCUC,
>>>> NPOC; NCSG, At
>>>> Large - require independence. Independence from what?
Independence >>>>
>>>> Judgment about something that may be controversial,
>>>> As
>>>> Policies of governments and businesses. Let this
Clarity without >>>>
>>>> While recognizing that reality is complex.
>>>>
Your >>>> Description To INDECOPI as contrary to organ
Positions >>>>
>>>> Users dejmuy clear that there is an irreconcilable conflict ah.
>>>>
Alejandro Pisanty >>>>
>>>>
>>>> 12/09/2014 12:05 GMT-05: 00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br> >:
>>>>
>>>>
>>>> Friends, allow a wrong understanding corrigir
>>>> Had in this
>>>> Issue.
>>>>
>>>> A) I was considering a person in a matter was
>>>> A person of
>>>> Government and was not involved in any activity
>>>> Directly with
>>>> Users simplesmente was a pblica employed.
>>>>
>>>> B) But confirmque s not as.The person in a matter
Has an activity >>>>
>>>> Volunteer work with Internet users and is
>>>> Simplesmente one
>>>> Government employee. w
>>>>
>>>> My reasons:
>>>> If we fail a government employee not
Represents the position >>>>
>>>> Government, de facto, by the reality of their position in
>>>> The organ of
>>>> Government, which belongs directly participate fully
>>>> LACRALO
>>>> As we do with employees of universities
>>>> Pblicas who are in
>>>> LACRALO?- I cite as an example the Carlton colleague (employee
>>>> Of
University of West Indies >>>> - a public university) by
>>>> All known
>>>> Because we do not lose him for certain and estsuper
>>>> Involved with
>>>> LACRALO and asdebe remain !!.
>>>> As if a person volunteers at defesa of
>>>> Users,
>>>> Entity under the rules of LACRALO, I do not think that only
>>>> The de facto
>>>> Person receber your soldo as a government employee, without
Special >>>>
>>>> Title, it can be an impediment.
>>>>
As my posiciny retifico >>>> am in favor of Maritza
>>>> Assume posicina
>>>> That was considered with all the same shortcuts to
>>>> Dems.
>>>>
Hugs to all >>>>
>>>>
Vanda Scartezini >>>>
Polo Consultores Associados >>>>
>>>> Av.Paulista 1159, 1004 cj
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br> > Wrote:
>>>>
>>>> I think there is clear where one local in ICANN
Its individual function >>>>
>>>> Work can participate: as a direct representative
>>>> Government, as
>>>> Representative interest of an economic agent, whether
>>>> An entity for purposes
>>>>-Profit or not, as in the example pro GNSO.Ai no
APRA also space >>>>
>>>> Intellectual property experts. No
>>>> Discrimination if it is a
>>>> Government agency or is an office property
>>>> Intellectual.
Furthermore there >>>> At Large who has the intention of
>>>> Aggravate that
>>>> Seek inclusion of user issues
>>>> Internet. To estes
>>>> Must be nonprofit organizations and
>>>> Focus on defense
>>>> The interests of users, but if you intend to
Governments are nin >>>>
>>>> T = visen get gain in activity.
>>>> So I think I'm more in the line of Fatima. A
>>>> Government agency
>>>> Focada intellectual property has focused on the
>>>> Defense s \\ the
>>>> Internet users. Personally, I became
>>>> Agency president
>>>> Brasilea intellectual property and have certainty that
>>>> Had nothing in
>>>> Account internet users and colleagues that
ESTN now either >>>>
>>>> Have focus on internet users.
Vanda Scartezini >>>>
Polo Consultores Associados >>>>
>>>> Av.Paulista 1159, 1004 cj
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 09/11/14 11:18, "Vera Carlos Quintana"
>>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com> > Wrote:
>>>>
>>>> Dear all: On these issues must be handled
And mode of pragmtico >>>>
>>>> Also attached to law.
>>>>
>>>> 1.Many representatives in this and other
>>>> Groups are professionals
>>>> To the "voluntary" in the same les
Is an input >>>>
>>>> Professional and additionally receive payment for their
Aquo >>>> work in
>>>> Commissions for projects carried out either
Direct Mode >>>>
>>>> (Projects, professional salary, fees
>>>> Professionals, etc) or
Indirect >>>> (added value to their own
>>>> Professions).Thus the
>>>> "Voluntary" does not exist as such but
>>>> Work for that
>>>> Experience in working groups and committees
>>>> Getting paid
Professionally >>>> directly or indirectly. The
>>>> User interest is
>>>> Real but secondary and dedication have almost
>>>> Exclusively to these issues
>>>> As it is part of your job or profession.
>>>>
Others are direct >>>> 2 ms volunteers and not
>>>> Live this either directly
>>>> Or indirectly.That is in our currculos
>>>> No "voluntary
>>>> ALS "and therefore this activity we
>>>> Remunerated OF ANY way. The
>>>> User interest is primary here. In this
Our case >>>>
>>>> Participacina often is not as intense,
>>>> Constant or deep as
For we must >>>> first, besides time
>>>> Dedicated to volunteering,
>>>> Work to survive and not us volunteering
Adds value to what >>>>
>>>> We do professionally.
>>>>
>>>> 3.Law: If any member sb ALS
>>>> Some point had a
>>>> Actual conflict of interest or potential this
I >>>> used deberser IN
>>>> THAT TIME and take decision whether ALS
>>>> This ongoing delegate or
>>>> Not their role to that particular situation. That
Estel substitute >>>>
>>>> You too. I mean nobody can be denied
>>>> Participate in something
>>>> Potential for CAN.At a meeting when one
>>>> Member may
>>>> Have a conflict in particular and especfico
>>>> Subject, declared and
>>>> Fails to participate or delegates its participaciny
>>>> Is the fact that
>>>> Accordingly.
>>>>
>>>> 4 The argument that an officer be
CAN institution >>>>
>>>> Represent a conflict is irrelevant to the
>>>> Actuacin of delegated
>>>> Per. If present at some point a
>>>> Conflict would analizarY
>>>> THEY tomarn the decision concerned.
>>>>
Carlos Vera Quintana >>>>
0988141143 >>>>
Sguemecveraq >>>>
>>>>
>>>> On 11/09/2014, at 8:28, Fatima Cambronero
>>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com> > I wrote:
>>>>
>>>>
>>>> Sergio,
>>>>
>>>> I ledo absurd comments but the truth
This surpasses any >>>>
>>>> The
>>>> Type.
>>>> Working for the government, you are employee or
>>>> Public official, the
>>>> Government pay you the salary every month is
One directly >>>>
Conflict >>>>
>>>> Interest when it comes to defending the interests
>>>> Users. The
>>>> Anytime
>>>> Justify whatever you want to justify.
>>>> Addition in the case of Maritza works for a
>>>> Government agency that
>>>> Is
>>>> Dedicated to intellectual property.Take an
>>>> Fictitious example, a
X domain name >>>> government-sponsored
Per >>>> it becomes
>>>> Trademark, to quintereses you think
>>>> To be plotted and
Defend >>>>
>>>> INDECOPI?
>>>> In the event that a government employee
>>>> (Employee or official)
Want >>>>
>>>> Represent the interests of users, is
>>>> Conflict, acy in
>>>> Anywhere in the world.We have
LACRALO >>>> similar situations?
S. >>>>
>>>> We have mechanisms to decertify these
>>>> ALS? S. Do not be
Want >>>>
>>>> Do something else.
>>>> Addition will be important that you read
>>>> My message carefully.My
Preocupacin >>>>
>>>> Estdirigida to assure them due
Per >>>> representacina AUI,
>>>> Because s
Jhonny >>>> temporarily not be able to exercise
>>>> That my representaciny
>>>> Comment was directed to seek another
>>>> Person not
>>>> Conflict to ensure their votes within
>>>> LACRALO. That was the
>>>> Same
>>>> Private conversation I had with Maritza.
Furthermore >>>> be important to inform
>>>> Properly before
>>>> Attacks against my person, which besides
>>>> Have nothing to do.
>>>> I
>>>> I am not an employee of the National University of
>>>> Córdoba or the government
>>>> Of
>>>> Argentina (stenemos in LACRALO employees
>>>> Government of Argentina).
>>>> I
>>>> I will teach the Faculty of Law
UNC >>>> as Professor
Invited >>>>, I do voluntarily without receiving
>>>> Ningn salary or
>>>> Remuneracin or awards or anything. I do
>>>> Because I like teaching
>>>> And
>>>> Because as I do in At-Large, is part of
>>>> The decision I ever made
>>>> Of
>>>> Volunteer work for convictions
>>>> Personal.
Asque >>>> please, focus correctly
>>>> The issue I raised and
>>>> No
HACS >>>> do as always, to divert
>>>> Attention on matters not
>>>> Have nothing to do with the substance
>>>> Estconversando.
>>>> Also be good to see a little more of
Corporatism when >>>>
>>>> Discuss statements and Policies, that Serams
>>>> Productive for LACRALO.
>>>> I regret that vote becomes Per AUI
>>>> Nonexistent with the new
>>>> Representation they have chosen.
>>>> I deeply wish to attack to defend
>>>> Not become the rule
>>>> In
>>>> This thread or LACRALO.
>>>>
Fatima Cambronero >>>>
>>>>
>>>> On September 11, 2014, 10:06 am, Sergio
Salinas Porto >>>> <
Presidencia(a)internauta.org.ar >>>>
>>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar> >
>>>> I wrote:
>>>>
>>>>
>>>> Dear Fatima, I regret not being in
>>>> Agree with you.
>>>> I think you enter into a big mistake
>>>> Own a freshly started.
>>>> One thing to be public officials, and other
Be used >>>> public.
>>>> With these criteria scoring many
>>>> Of / the companions of
LACRALO >>>>
>>>> Should leave shall be as per
>>>> Things, many
Desempean >>>>
>>>> As teachers of public universities
>>>> (Not you too?), Or are
Employees >>>>
>>>> Of justice, or employees of
>>>> Municipal departments or
>>>> Provincial.
>>>> A pblica College Students
>>>> (Could get to hang your note
>>>> Of
>>>> Vote in Lacralo what?), Etc.
>>>> The conflict itself is located somewhere official
>>>> Public with deciciones
>>>> Government or not.
>>>> I have not seen any manifestation yours,
>>>> Even when you proposed
>>>> To
>>>> Be ALAC Member, about conflict
Interest when persibas >>>>
Money >>>>
>>>> National government (which is where
>>>> Education funds come from
>>>> In
>>>> Argentina) where the teacher
>>>> Crdoba National University.
>>>> To be clear and not bad
>>>> Intemplete: I think that there is no
>>>> Conflict of interest with respect to
>>>> You nor with respect to
>>>> Maritza.
Hug >>>> dear fatima!
>>>> On Sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
Cambronero >>>> "<
Fatimacambronero(a)gmail.com >>>>
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com> >
>>>> I wrote:
>>>>
>>>>
Johnny >>>> all / os,
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> First let me apologize
>>>> For the delay in answering this
>>>> Thread
>>>> Post.I was traveling with
>>>> Difficult to follow all the
>>>> Conversations.
>>>>
>>>>
>>>>
Then >>>> I'd like to make two
>>>> Comments on this issue.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> The ability to appoint two
>>>> Contacts per ALS (primary one
>>>> With
>>>> Voting and contact
>>>> Secondary non-voting) is
Find >>>>
>>>> Force since the very beginning of
>>>> LACRALO.You can check
Our >>>>
>>>> Operating Principles applicable here,
>>>> At # 4:
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ [ERROR: Sentence too long to translate (3111> 1800 bytes)] [ERROR: Sentence too long to translate (2046> 1800 bytes)] >>>>
>>>>
>>>>
Maritza >>>> works for INDECOPI
>>>> National Institute for Defense
>>>> Competition and the Protection of
>>>> Intellectual Property, which is the
>>>> Peruvian government agency responsible
>>>> Intellectual Property.
Link >>>>
>>>> To your website:
Http://www.indecopi.gob.pe/ >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
Although >>>> INDECOPI deal with the
>>>> Defense of the rights of
>>>> Consumers (please corrjanme if
>>>> It wrong), is finally
>>>> One
>>>> Government agency.The government
Peruvian >>>> is who pays all
>>>> Months her
Salary >>>> [ERROR: Sentence too long to translate (3176> 1800 bytes).] In that case,
Estaramos >>>>
Becoming nonexistent >>>>
>>>> Representation of the ALS.In my
>>>> Opinin,
>>>> Is
>>>> May participate in discussions
>>>> As secondary contact, but
>>>> To
>>>> Time of the vote, with contact
>>>> Primary, should refrain
Losing >>>>
>>>> The right that it all ALS
Accredited >>>> [ERROR: Sentence too long to translate (2215> 1800 bytes)].
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> I remain at your disposal to help
>>>> With you on what is
>>>> Within
My chances >>>> [ERROR: Sentence too long to translate (2193> 1800 bytes).] In this
>>>>
>>>> Sense
>>>>
Miss >>>> present.Lawyer
Maritza >>>> Agero Miano as a second
>>>> AUI PERU representative for
>>>> The effects of representation to
>>>>
LACRALO >>>>
>>>>
>>>> And ICANN.
>>>>
>>>> In this sense, in my
>>>> Condition of President and Owner
>>>>
Accredited >>>>
>>>>
>>>> AUI PERU, by this
>>>> Request be granted the
Voting in credentials >>>>
>>>> Representation of our
Organization >>>>
>>>> In LACRALO.
>>>>
>>>> I appreciate the attention to this.
>>>>
>>>> Best regards,
>>>>
Johnny Laureano >>>>
>>>> Pres.AUI PERU
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 1 September 2014, 14:20
Alberto Soto >>>>
>>>> <alberto(a)soto.net.ar
>>>> <mailto:alberto@soto.net.ar> >
>>>>
>>>> I wrote:
>>>>
>>>> Dear, according to our
>>>> Standards every ALS may have
>>>> Two
>>>>
>>>> Representatives.
>>>>
>>>> One of them is who is
I >>>> designated by it and
Authorized >>>>
>>>> Vote
>>>>
>>>> And
>>>>
>>>> Is
>>>>
>>>> To
>>>> Envan who is the
>>>> Credentials relevant.
>>>>
>>>> But in some
>>>> Organizations for several
>>>> Reasons holder may
>>>> No
>>>> Be
>>>> Available at times
>>>> And want the other
Representative >>>>
>>>>
>>>> Has the
>>>>
>>>> Necessary information.
>>>>
>>>> That's why the ALS that
>>>> They want, they can send the
>>>> Name and
>>>>
Mail >>>>
>>>>
>>>> The second representative
>>>> Add them to lists
>>>> Mails
>>>> LACRALO.
>>>>
>>>> Always permanecerpara the
Voting designated >>>>
>>>> Timely,
>>>> Up
>>>>
What >>>>
>>>>
ALS >>>> officially report provides a
>>>> Change.
>>>>
>>>>
>>>>
Best regards >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
Alberto Soto >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
______________________________ >>>>
_________________ >>>>
>>>> Lac-discuss-en mailing list
>>>> Lac-discuss-es @ atlarge-lists.
Icann.org >>>>
>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>> Atlarge-lists.icann.org>
>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>> Org / mailman / listinfo / lac-discuss-es
>>>>
Http://www.lacralo.org >>>>
>>>>
______________________________ >>>>
_________________ >>>>
>>>> Lac-discuss-en mailing list
>>>> Lac-discuss-es @ atlarge-lists.
Icann.org >>>>
>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>> Atlarge-lists.icann.org>
>>>> https://atlarge-lists.icann. [ERROR: Sentence too long to translate (2114> 1800 bytes)] [ERROR: Sentence too long to translate (1807> 1800 bytes)]
>>>> Org / mailman / listinfo / lac-discuss-es
>>>>
Http://www.lacralo.org >>>>
>>>>
>>>> _______________________________________________
>>>> Lac-discuss-en mailing list
>>>> Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>>>> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>> Org / mailman / listinfo / lac-discuss-es
>>>>
Http://www.lacralo.org >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> _______________________________________________
>>>> Lac-discuss-en mailing list
>>>> Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>>>> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-
>>>> Discuss-is
>>>>
Http://www.lacralo.org >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> _______________________________________________
>>>> Lac-discuss-en mailing list
>>>> Lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>>>> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org>
>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>
Http://www.lacralo.org >>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> -
>>>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Dr. Alejandro Pisanty >>>>
School of Chemistry UNAM >>>>
>>>> Av.University 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>>>> + 52-1-5541444475 FROM ABROAD
>>>> SMS +525541444475 +525541444475 FROM MEXICO
>>>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
>>>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
UNAM >>>> Join the group on LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/
>>>> 22285 / 4A106C0C8614
>>>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
>>>> ---- >> Join ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>>>>. . . . . . . . . . . . . . . .
>>>>
>>>
_______________________________________________ >>>
>>> Lac-discuss-en mailing list
Lac-discuss->>> es(a)atlarge-lists.icann.org
>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>
Http://www.lacralo.org >>>
>>>
>>
>>
>
>
> -
> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> Dr. Alejandro Pisanty
>Facultad de Química UNAM
>Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>+52-1-5541444475 FROM ABROAD
>+525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
>Blog: http://pisanty.blogspot.com
>LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
>Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
>http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
>Twitter: http://twitter.com/apisanty
>---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>. . . . . . . . . . . . . . . .
>_______________________________________________
>lac-discuss-es mailing list
>lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
>https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
>http://www.lacralo.org
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/84440ad109.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: apisanty(a)gmail.com
Humberto,
returning briefly:
1 the right place to make a proposal to the community is the group
Governance. Good thing Sergio tells us that they're caring for.
2. a parameter of interest is the fluidity of identities. For example,
calibration, Maritza was "fellow" as "government." Sergio, have
such data into account to a proposal that combines, as
I mentioned yesterday, principles and pragmatism.
Best regards.
Alejandro Pisanty
13/09/2014 3:43 GMT-05: 00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com> :
> Estimado Alejandro,
>
> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>
> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>
> *Español:*
>
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>
>
> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
>
> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o
> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
> presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona
> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de
> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o
> públicas.
> *Portugués:*
>
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>
> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>
> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma
> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou
> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>
> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es
> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las
> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y
> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo
> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos
> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros
> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como
> ALS."
>
> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio
> general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero
> también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los
> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
> criterios, los que son:
> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya *función
> principal *en tal gobierno o entidad es *desarrollar o influenciar *políticas
> gubernamentales o públicas.
>
> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>
> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
> b.- Lo que debemos determinar, es si su* función principal*, es
> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>
> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en
> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría
> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>
> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO.
> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>
> Un abrazo a todos
>
>
>
>
>
> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>
> Humberto,
>
> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>
> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>
> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a
> national government or a multinational entity established by treaty or
> other agreement between national governments may serve as a Director. As
> used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective
> governmental office or (ii) who is employed by such government or
> multinational entity and whose primary function with such government or
> entity is to develop or influence governmental or public policies.
>
>
> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como
> las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del
> estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por
> otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es
> decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o
> influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
> artículo.
>
> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además
> de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del
> legislador", como dicen en algunos países los abogados).
>
> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que
> trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales,
> digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política
> que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la
> independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto
> con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
>
> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein
> y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser
> actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero),
> verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la
> participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea
> considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de
> Interés para este fin.
>
> Alejandro Pisanty
>
>
> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com>:
>
>> Estimado Alejandro:
>>
>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre
>> una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que
>> se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
>>
>> Muchas gracias de antemano.
>>
>> Un abrazo
>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>
>>> Vanda,
>>>
>>> aquí hay un malentendido.
>>>
>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board -
>>> a
>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones
>>> que
>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>
>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y
>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e
>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>
>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales
>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>
>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están
>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en
>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en
>>> ICANN a través del GAC.
>>>
>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At
>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de
>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las
>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin
>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>
>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los
>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>
>>> Alejandro Pisanty
>>>
>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br>:
>>>
>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este
>>>> asunto.
>>>>
>>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del
>>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con
>>>> los
>>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>>
>>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una
>>>> actividad
>>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una
>>>> empleada del gobierno. w
>>>>
>>>> Mis razones:
>>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la
>>>> posición
>>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de
>>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO ,
>>>> como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están
>>>> en
>>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la
>>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos
>>>> conocido,
>>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con
>>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios,
>>>> en
>>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la
>>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial
>>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>>
>>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la
>>>> posición a
>>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
>>>>
>>>> Abrazos a todos
>>>>
>>>> Vanda Scartezini
>>>> Polo Consultores Associados
>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br> wrote:
>>>>
>>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su
>>>>> trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como
>>>>> representante de interés de un agente económico, sea una entidad con
>>>>> fines
>>>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra
>>>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una
>>>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual.
>>>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que
>>>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para
>>>>> estes
>>>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa
>>>>> de
>>>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos
>>>>> nin
>>>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno
>>>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los
>>>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia
>>>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en
>>>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora
>>>>> tampoco
>>>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>>>> Vanda Scartezini
>>>>> Polo Consultores Associados
>>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq(a)gmail.com> wrote:
>>>>>
>>>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y
>>>>>> también apegados a Derecho.
>>>>>>
>>>>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son
>>>>>> profesionales
>>>>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo
>>>>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en
>>>>>> las
>>>>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo
>>>>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o
>>>>>> indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el
>>>>>> "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa
>>>>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera
>>>>>> profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario
>>>>>> es
>>>>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos
>>>>>> temas
>>>>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>>>>
>>>>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni
>>>>>> directa
>>>>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece
>>>>>> "voluntario
>>>>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El
>>>>>> interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra
>>>>>> participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda
>>>>>> como
>>>>>> los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado,
>>>>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo
>>>>>> que hacemos profesionalmente.
>>>>>>
>>>>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento
>>>>>> tuviera un
>>>>>> conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN
>>>>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado
>>>>>> continua o
>>>>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente
>>>>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo
>>>>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros
>>>>>> puede
>>>>>> tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se
>>>>>> abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que
>>>>>> corresponde.
>>>>>>
>>>>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA
>>>>>> representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la
>>>>>> delegada
>>>>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará
>>>>>> Y
>>>>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>>>>
>>>>>> Carlos Vera Quintana
>>>>>> 0988141143
>>>>>> Sígueme @cveraq
>>>>>>
>>>>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>>>>>> <fatimacambronero(a)gmail.com> escribió:
>>>>>>>
>>>>>>> Sergio,
>>>>>>>
>>>>>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera
>>>>>>> cualquiera
>>>>>>> del
>>>>>>> tipo.
>>>>>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que
>>>>>>> el
>>>>>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un
>>>>>>> conflicto de
>>>>>>> interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo
>>>>>>> quieras
>>>>>>> justificar como lo quieras justificar.
>>>>>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno
>>>>>>> que
>>>>>>> se
>>>>>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que
>>>>>>> un
>>>>>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta
>>>>>>> en
>>>>>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y
>>>>>>> defender
>>>>>>> INDECOPI?
>>>>>>> En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario)
>>>>>>> quiera
>>>>>>> representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en
>>>>>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO?
>>>>>>> Sí.
>>>>>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo
>>>>>>> quieran
>>>>>>> hacer es otra cosa.
>>>>>>> Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>>>>>> preocupación
>>>>>>> está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú,
>>>>>>> porque sé
>>>>>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y
>>>>>>> mi
>>>>>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga
>>>>>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la
>>>>>>> misma
>>>>>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>>>>>> Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de
>>>>>>> realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que
>>>>>>> ver.
>>>>>>> Yo
>>>>>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno
>>>>>>> de
>>>>>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de
>>>>>>> Argentina).
>>>>>>> Yo
>>>>>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora
>>>>>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni
>>>>>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la
>>>>>>> docencia
>>>>>>> y
>>>>>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he
>>>>>>> tomado
>>>>>>> de
>>>>>>> realizar trabajo voluntario por convicciones personales.
>>>>>>> Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he
>>>>>>> planteado y
>>>>>>> no
>>>>>>> hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no
>>>>>>> tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando.
>>>>>>> También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de
>>>>>>> discutir statements y policies, eso sería más productivo para
>>>>>>> LACRALO.
>>>>>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva
>>>>>>> representación que han elegido.
>>>>>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en
>>>>>>> regla
>>>>>>> en
>>>>>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>>>>>
>>>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>>>
>>>>>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto <
>>>>>>> presidencia(a)internauta.org.ar> escribió:
>>>>>>>
>>>>>>> Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos.
>>>>>>>> Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién
>>>>>>>> iniciado.
>>>>>>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico.
>>>>>>>> Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de
>>>>>>>> LACRALO
>>>>>>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se
>>>>>>>> desempeñan
>>>>>>>> como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son
>>>>>>>> empleados
>>>>>>>> de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o
>>>>>>>> provinciales.
>>>>>>>> Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su
>>>>>>>> nota
>>>>>>>> de
>>>>>>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>>>>>>> El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones
>>>>>>>> gubernamentales o no.
>>>>>>>> No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste
>>>>>>>> para
>>>>>>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías
>>>>>>>> dinero del
>>>>>>>> gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación
>>>>>>>> en
>>>>>>>> argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba.
>>>>>>>> Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay
>>>>>>>> ningun
>>>>>>>> conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta
>>>>>>>> a
>>>>>>>> Maritza.
>>>>>>>> Abrazo querida fatima!
>>>>>>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" <
>>>>>>>> fatimacambronero(a)gmail.com> escribió:
>>>>>>>>
>>>>>>>> Johnny, todas/os,
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder
>>>>>>>>> este
>>>>>>>>> hilo
>>>>>>>>> de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas
>>>>>>>>> las
>>>>>>>>> conversaciones.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario
>>>>>>>>> con
>>>>>>>>> derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se
>>>>>>>>> encuentra
>>>>>>>>> vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar
>>>>>>>>> nuestros
>>>>>>>>> Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25
>>>>
>>>>> 2
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>>>>>>>> e
>>>>>>>>> rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando
>>>>>>>>> Johnny, de
>>>>>>>>> designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso
>>>>>>>>> dices
>>>>>>>>> en el
>>>>>>>>> primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a
>>>>>>>>> voto
>>>>>>>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú,
>>>>>>>>> quisiera
>>>>>>>>> manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría
>>>>>>>>> aclarar
>>>>>>>>> que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este
>>>>>>>>> tema, a
>>>>>>>>> quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del
>>>>>>>>> curso de
>>>>>>>>> ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora,
>>>>>>>>> respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me
>>>>>>>>> une
>>>>>>>>> incluso una amistad.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de
>>>>>>>>> la
>>>>>>>>> Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es
>>>>>>>>> la
>>>>>>>>> Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual.
>>>>>>>>> Enlace
>>>>>>>>> a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los
>>>>>>>>> consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente
>>>>>>>>> una
>>>>>>>>> agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los
>>>>>>>>> meses su
>>>>>>>>> sueldo.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de
>>>>>>>>> AUI
>>>>>>>>> Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de
>>>>>>>>> Perú,
>>>>>>>>> en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los
>>>>>>>>> usuarios
>>>>>>>>> de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el
>>>>>>>>> gobierno
>>>>>>>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de
>>>>>>>>> conflicto
>>>>>>>>> de
>>>>>>>>> intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de
>>>>>>>>> Internet
>>>>>>>>> de
>>>>>>>>> Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso,
>>>>>>>>> estaríamos
>>>>>>>>> volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi
>>>>>>>>> opinión,
>>>>>>>>> se
>>>>>>>>> podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero
>>>>>>>>> al
>>>>>>>>> momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener
>>>>>>>>> perdiendo
>>>>>>>>> el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la
>>>>>>>>> posibilidad de
>>>>>>>>> revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto
>>>>>>>>> de
>>>>>>>>> AUI
>>>>>>>>> Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro
>>>>>>>>> de
>>>>>>>>> LACRALO y de At-Large en general, en representación de los
>>>>>>>>> intereses
>>>>>>>>> de
>>>>>>>>> los
>>>>>>>>> usuarios finales de Internet.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté
>>>>>>>>> dentro de
>>>>>>>>> mis posibilidades.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Saludos cordiales,
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <
>>>>>>>>> jlaureano(a)aui.pe
>>>>>>>>> escribió:
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Estimado Alberto,
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy
>>>>>>>>>> saludable
>>>>>>>>>> que
>>>>>>>>>> las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>> sentido,
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda
>>>>>>>>>> representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>> LACRALO
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> e ICANN.
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>> acreditado
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las
>>>>>>>>>> credenciales de votación en representación de nuestra organización
>>>>>>>>>> en LACRALO.
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> Agradezco la atención al presente.
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> Atentamente,
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> Johnny Laureano
>>>>>>>>>> Pdte. AUI PERU
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto
>>>>>>>>>> <alberto(a)soto.net.ar>
>>>>>>>>>> escribió:
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> representantes.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a
>>>>>>>>>>> votar,
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> y
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> es
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> a
>>>>>>>>>>> quien se le envían las credenciales correspondientes.
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular
>>>>>>>>>>> puede
>>>>>>>>>>> no
>>>>>>>>>>> estar
>>>>>>>>>>> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> tenga la
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> información necesaria.
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el
>>>>>>>>>>> nombre y
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> correo
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails
>>>>>>>>>>> de
>>>>>>>>>>> LACRALO.
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente,
>>>>>>>>>>> hasta
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>> que
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> la ALS informe oficialmente un cambio.
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> Saludos cordiales
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> Alberto Soto
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>>> _______________________________________________
>>>>>>>>>>> lac-discuss-es mailing list
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>>>>>>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> --
>>>>>>>>> *Fatima Cambronero*
>>>>>>>>> Abogada-Argentina
>>>>>>>>>
>>>>>>>>> Phone: +54 9351 5282 668
>>>>>>>>> Twitter: @facambronero
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> Dr. Alejandro Pisanty
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>
>
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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http://mm.icann.org/transbot_archive/88cb6e4ad8.html
--]]
1
0
Sept. 13, 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: presidencia(a)internauta.org.ar
Dear the topic being discussed is being discussed in this
moment Governance Group, so it will not be necessary to organize
a new working group on the subject. Within our rules
procedure and operating principles will be clear who and whom I could not
LACRALO membership.
Best Regards
* Sergio Salinas Porto
Argentina President Internauta
Argentina Association of Internet Users
<http://www.internauta.org.ar> / CTA <http://ctamdq.org.ar>
FLUI American Federation of Internet Users
<http://www.fuilatin.org>
facebook: salinasporto <http://www.facebook.com/salinasporto> &
sergiosalinasII <http://www.facebook.com/sergiosalinasII>
twitter: sergiosalinas <http://twitter.com/sergiosalinas>
Google+: Sergio Salinas Porto
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Hangout: presidencia(a)internauta.org.ar
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Pixelhub: salinasporto <http://pixelhub.me/salinasporto>
Youtube: salinasporto <http://www.youtube.com/salinasporto>
Skype: internautaargentina
Mobi: +54 9 223 5 215819 *
* "Hopefully we can be disobedient, whenever we received orders
humiliate our conscience or violate our common sense "Eduardo
Galeano *
The September 13, 2014, 16:05, Juan Manuel Rojas <jumaropi(a)yahoo.com>
wrote:
> Estimados todos,
> Debo decir que Alejandro ha tocado un punto importante. Pero no considero
> que pueda ser tratado por el Grupo de Gobernanza, porque estaríamos
> sobrecargando un GT de trabajo y actividades.
>
> Si entiendo bien, lo que él propone es crear una especia de comisión que
> sea formada por nosotros mismos, (unos cuantos claro) para evaluar la
> posibilidad de que existan conflictos de intereses en casos determinados.
> No sería un grupo de trabajo permanente pero sí considero relevante que se
> cree y que haga las evaluaciones pertinentes, cuando se presenten.
>
>
> JUAN MANUEL ROJAS
> Comunicador Social
> Presidente - AGEIA DENSI Colombia
>
> Twitter: @JmanuRojas
>
> Unete a LACRALO:
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
> El Sábado, 13 de septiembre, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco <
> hcarrascob(a)gmail.com> escribió:
>
>
>
> Alejandro,
>
> De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los
> eventuales conflictos.
>
> Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema.
>
> Un abrazo
>
> Enviado desde mi iPhone
>
> > El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty(a)gmail.com>
> escribió:
> >
> > Colegas,
> >
> > ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
> > principios (cada quien elige su mezcla).
> >
> > Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
> > permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
> > profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo
> > en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno
> peruano,
> > en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
> > estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el
> INDECOPI
> > tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes
> para
> > expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
> >
> > No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
> > otro tema.
> >
> > Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
> > regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la
> organización.
> >
> > Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
> > interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe
> hacer
> > saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su
> > independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en
> > conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un
> comité
> > confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
> > conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
> >
> > Alejandro Pisanty
> >
> > 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe>:
> >
> >> Estimad@s tod@s,
> >>
> >>
> >> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
> >> impidió hacerlo antes.
> >>
> >>
> >> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de
> intereses
> >> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno
> desempeña
> >> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
> >> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
> >> representar a los usuarios, sería introducir una variable
> discriminatoria a
> >> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales
> de un
> >> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
> >> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía
> que
> >> ninguna ley en el mundo prohíbe.
> >>
> >>
> >> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno
> que
> >> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
> >> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y
> 3
> >> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
> >> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
> >> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
> >> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia,
> 2.
> >> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
> >> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
> >> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
> >> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la
> Calidad).
> >> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
> >> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad
> técnica de
> >> sus pronunciamientos.
> >>
> >>
> >> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien
> trabajo
> >> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
> >> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual.
> No
> >> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
> >> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
> >> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5
> Vocales)
> >> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo
> a
> >> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
> >> sentido de un pronunciamiento.
> >>
> >>
> >> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se
> encargan
> >> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto
> Amazon
> >> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
> >> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
> >> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una
> Comisión
> >> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con
> otras
> >> áreas, etc).
> >>
> >>
> >> He revisado con detenimiento el bylaws
> >> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
> >> (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
> >>
> >>
> >> a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el
> >> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
> >> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y
> esos
> >> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
> >> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación
> en
> >> el Diario Oficial “El Peruano”.
> >>
> >>
> >> b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es
> >> decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar
> >> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
> >> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del
> gobierno.
> >>
> >>
> >> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> >> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso,
> entonces se
> >> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque
> también
> >> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico
> las
> >> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y
> leyes
> >> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
> >> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
> >> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
> >> trabajadora del gobierno.
> >>
> >>
> >> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> >> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
> >> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo
> que
> >> las autoridades de LACRALO determinen.
> >>
> >>
> >> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
> >> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que
> Johnny
> >> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio
> Salinas,
> >> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
> >>
> >>
> >> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
> >> comentario adicional.
> >>
> >>
> >> Maritza Agüero
> >>
> >> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <
> hcarrascob(a)gmail.com
> >>> escribió:
> >>
> >>> Estimado Alejandro,
> >>>
> >>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
> >>>
> >>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
> >>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
> >>>
> >>> *Español:*
> >>>
> >>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
> >>>
> >>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS
> DIRECTORES)
> >>> *
> >>>
> >>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
> >>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
> >>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por
> tratado o
> >>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
> >>> presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una
> persona
> >>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada
> de
> >>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
> >>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas
> gubernamentales o
> >>> públicas.
> >>>
> >>> *Portugués:*
> >>>
> >>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
> >>>
> >>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
> >>>
> >>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de
> uma
> >>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado
> ou
> >>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
> >>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
> >>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
> >>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
> >>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
> >>>
> >>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
> >>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
> >>>
> >>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
> >>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo
> tanto, es
> >>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho,
> las
> >>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse
> restrictivamente" y
> >>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme
> con lo
> >>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
> >>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
> >>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe.
> Todos
> >>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser
> miembros
> >>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse
> como
> >>> ALS."
> >>>
> >>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
> >>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con
> ello me
> >>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen
> los
> >>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
> >>> criterios, los que son:
> >>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
> >>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
> >>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
> >>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
> >>>
> >>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
> >>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
> >>>
> >>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
> >>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
> >>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
> >>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
> >>>
> >>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple
> en
> >>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
> >>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se
> cumpliría
> >>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
> >>>
> >>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
> >>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de
> LACRALO.
> >>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
> >>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
> >>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
> >>>
> >>> Un abrazo a todos
> >>>
> >>>
> >>>
> >>>
> >>>
> >>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
> >>>
> >>>> Humberto,
> >>>>
> >>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en
> https://www.icann.org/
> >>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
> >>>>
> >>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
> >>>>
> >>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
> >>>> a national government or a multinational entity established by
> >>>> treaty or other agreement between national governments may serve
> >>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
> >>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
> >>>> employed by such government or multinational entity and whose
> >>>> primary function with such government or entity is to develop or
> >>>> influence governmental or public policies.
> >>>>
> >>>>
> >>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
> >>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
> >>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
> >>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
> >>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
> >>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
> >>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
> >>>> artículo.
> >>>>
> >>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
> >>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
> >>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
> >>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
> >>>> abogados).
> >>>>
> >>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
> >>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
> >>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
> >>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
> >>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
> >>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
> >>>> regularmente pagan sus cuentas.
> >>>>
> >>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
> >>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
> >>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
> >>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
> >>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
> >>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
> >>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
> >>>>
> >>>> Alejandro Pisanty
> >>>>
> >>>>
> >>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
> >>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Estimado Alejandro:
> >>>>
> >>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
> >>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
> >>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
> >>>> revisarla en detalle?
> >>>>
> >>>> Muchas gracias de antemano.
> >>>>
> >>>> Un abrazo
> >>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
> >>>>
> >>>> Vanda,
> >>>>
> >>>> aquí hay un malentendido.
> >>>>
> >>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
> >>>> el Board - a
> >>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
> >>>> organizaciones que
> >>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
> >>>>
> >>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
> >>>> cuidadosamente y
> >>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
> >>>> educación e
> >>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
> >>>>
> >>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
> >>>> las cuales
> >>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
> >>>>
> >>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
> >>>> - están
> >>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
> >>>> pueden ir en
> >>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
> >>>> representados en
> >>>> ICANN a través del GAC.
> >>>>
> >>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
> >>>> NPOC; NCSG, At
> >>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
> >>>> Independencia de
> >>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
> >>>> como las
> >>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
> >>>> claridad sin
> >>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
> >>>>
> >>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
> >>>> posiciones de los
> >>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
> >>>>
> >>>> Alejandro Pisanty
> >>>>
> >>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
> >>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
> >>>> tuvo en este
> >>>> asunto.
> >>>>
> >>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
> >>>> una persona del
> >>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
> >>>> directa con los
> >>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
> >>>>
> >>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
> >>>> tiene una actividad
> >>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
> >>>> simplesmente una
> >>>> empleada del gobierno. w
> >>>>
> >>>> Mis razones:
> >>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
> >>>> represente la posición
> >>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
> >>>> el órgano de
> >>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
> >>>> de LACRALO ,
> >>>> como hacemos con los empleados de las universidades
> >>>> públicas que están en
> >>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
> >>>> de la
> >>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
> >>>> todos conocido,
> >>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
> >>>> involucrado con
> >>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
> >>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
> >>>> los usuarios, en
> >>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
> >>>> el facto de la
> >>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
> >>>> especial
> >>>> titulo, pueda ser un impedimento.
> >>>>
> >>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
> >>>> asuma la posición a
> >>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
> >>>> demás.
> >>>>
> >>>> Abrazos a todos
> >>>>
> >>>> Vanda Scartezini
> >>>> Polo Consultores Associados
> >>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
> >>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> >>>> Land Line: +55 11 3266.6253
> >>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
> >>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
> >>>>
> >>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
> >>>> persona función de su
> >>>> trabajo puede participar: como representante directo
> >>>> del gobierno, como
> >>>> representante de interés de un agente económico, sea
> >>>> una entidad con fines
> >>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
> >>>> también espacio apra
> >>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
> >>>> discriminación si es una
> >>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
> >>>> intelectual.
> >>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
> >>>> agravar los que
> >>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
> >>>> internet. Para estes
> >>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
> >>>> foco en la defensa de
> >>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
> >>>> sean gobiernos nin
> >>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
> >>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
> >>>> agencia de gobierno
> >>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
> >>>> defensa de s\los
> >>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
> >>>> presidente de la agencia
> >>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
> >>>> en nada tenia en
> >>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
> >>>> están ahora tampoco
> >>>> tienen foco en usuarios de internet.
> >>>> Vanda Scartezini
> >>>> Polo Consultores Associados
> >>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
> >>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> >>>> Land Line: +55 11 3266.6253
> >>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
> >>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
> >>>>
> >>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
> >>>> de modo pragmático y
> >>>> también apegados a Derecho.
> >>>>
> >>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
> >>>> grupos, son profesionales
> >>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
> >>>> resulta un insumo
> >>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
> >>>> trabajo aquí o en las
> >>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
> >>>> de modo directo
> >>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
> >>>> profesionales, etc) o
> >>>> indirecto (valor agregado a sus propias
> >>>> profesiones). Por tanto el
> >>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
> >>>> trabajan por que esa
> >>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
> >>>> les remunera
> >>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
> >>>> interés por el usuario es
> >>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
> >>>> exclusiva a estos temas
> >>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
> >>>>
> >>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
> >>>> vivimos de esto ni directa
> >>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
> >>>> no aparece "voluntario
> >>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
> >>>> remunera de ningún modo. El
> >>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
> >>>> caso nuestra
> >>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
> >>>> constante o profunda como
> >>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
> >>>> dedicado al voluntariado,
> >>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
> >>>> agrega valor para lo
> >>>> que hacemos profesionalmente.
> >>>>
> >>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
> >>>> algún momento tuviera un
> >>>> conflicto de intereses real o potencial esto
> >>>> deberá ser analizado EN
> >>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
> >>>> este delegado continua o
> >>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
> >>>> está el suplente
> >>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
> >>>> participar por algo
> >>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
> >>>> de los miembros puede
> >>>> tener un conflicto en determinado y específico
> >>>> tema, lo declara y se
> >>>> abstiene de participar o delega su participación y
> >>>> es el hecho que
> >>>> corresponde.
> >>>>
> >>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
> >>>> institución PODRÍA
> >>>> representar un conflicto es irrelevante para la
> >>>> actuación de la delegada
> >>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
> >>>> conflicto se lo analizará Y
> >>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
> >>>>
> >>>> Carlos Vera Quintana
> >>>> 0988141143
> >>>> Sígueme @cveraq
> >>>>
> >>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
> >>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
> >>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Sergio,
> >>>>
> >>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
> >>>> que esto supera cualquiera
> >>>> del
> >>>> tipo.
> >>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
> >>>> funcionario público, que el
> >>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
> >>>> directamente un
> >>>> conflicto de
> >>>> interés cuando hay que defender los intereses
> >>>> de los usuarios. Lo
> >>>> quieras
> >>>> justificar como lo quieras justificar.
> >>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
> >>>> Agencia del gobierno que
> >>>> se
> >>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
> >>>> ejemplo ficticio, que un
> >>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
> >>>> de Perú se convierta en
> >>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
> >>>> que va a representar y
> >>>> defender
> >>>> INDECOPI?
> >>>> En el caso de que un empleado del gobierno
> >>>> (empleado o funcionario)
> >>>> quiera
> >>>> representar los intereses de los usuarios, es
> >>>> un conflicto, acá y en
> >>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
> >>>> situaciones similares en LACRALO?
> >>>> Sí.
> >>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
> >>>> ALS? Sí. Que no lo
> >>>> quieran
> >>>> hacer es otra cosa.
> >>>> Además sería importante que leas
> >>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
> >>>> preocupación
> >>>> está dirigida a asegurarles una debida
> >>>> representación a AUI Perú,
> >>>> porque sé
> >>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
> >>>> esa representación y mi
> >>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
> >>>> persona que no tenga
> >>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
> >>>> LACRALO. Esa fue la
> >>>> misma
> >>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
> >>>> Por otro lado sería importante que te informes
> >>>> correctamente antes de
> >>>> realizar ataques contra mi persona, que además
> >>>> no tienen nada que ver.
> >>>> Yo
> >>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
> >>>> Córdoba ni del gobierno
> >>>> de
> >>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
> >>>> gobierno de Argentina).
> >>>> Yo
> >>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
> >>>> la UNC como Profesora
> >>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
> >>>> ningún sueldo, ni
> >>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
> >>>> porque me gusta la docencia
> >>>> y
> >>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
> >>>> la decisión que he tomado
> >>>> de
> >>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
> >>>> personales.
> >>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
> >>>> el tema que he planteado y
> >>>> no
> >>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
> >>>> atención sobre asuntos que no
> >>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
> >>>> está conversando.
> >>>> También sería bueno ver un poco más de
> >>>> corporativismo al momento de
> >>>> discutir statements y policies, eso sería más
> >>>> productivo para LACRALO.
> >>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
> >>>> inexistente con la nueva
> >>>> representación que han elegido.
> >>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
> >>>> no se convierta en regla
> >>>> en
> >>>> este hilo ni en LACRALO.
> >>>>
> >>>> Fatima Cambronero
> >>>>
> >>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
> >>>> Salinas Porto <
> >>>> presidencia(a)internauta.org.ar
> >>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
> >>>> acuerdo con vos.
> >>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
> >>>> propio de un recién iniciado.
> >>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
> >>>> ser empleado publico.
> >>>> Con el criterio que estas marcando muchos
> >>>> de los/las compañeros de
> >>>> LACRALO
> >>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
> >>>> lo que se, muchos se
> >>>> desempeñan
> >>>> como docentes de universidades publicas
> >>>> (vos también no?), o son
> >>>> empleados
> >>>> de la justicia, o empleados de
> >>>> reparticiones municipales o
> >>>> provinciales.
> >>>> Estudiantes de una universidad pública
> >>>> (podria llegar a pender su nota
> >>>> de
> >>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
> >>>> El conflicto recide en si es funcionario
> >>>> público con deciciones
> >>>> gubernamentales o no.
> >>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
> >>>> incluso cuando te propusiste
> >>>> para
> >>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
> >>>> interes cuando persibías
> >>>> dinero del
> >>>> gobierno nacional (que es de donde
> >>>> provienen los fondos de educación
> >>>> en
> >>>> argentina) siendo docente de la
> >>>> universidad nacional de córdoba.
> >>>> Para que quede claro y no se mal
> >>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
> >>>> conflicto de interes en lo que respecta a
> >>>> vos ni en lo que respecta a
> >>>> Maritza.
> >>>> Abrazo querida fatima!
> >>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
> >>>> Cambronero" <
> >>>> fatimacambronero(a)gmail.com
> >>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>>
> >>>> Johnny, todas/os,
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> En primer lugar quisiera disculparme
> >>>> por la demora en responder este
> >>>> hilo
> >>>> de correos. Estuve de viaje y con
> >>>> dificultades para seguir todas las
> >>>> conversaciones.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Luego me gustaría hacer dos
> >>>> comentarios respecto de este asunto.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> La posibilidad de designar dos
> >>>> contactos por cada ALS (uno primario
> >>>> con
> >>>> derecho a voto y un contacto
> >>>> secundario sin derecho a voto) se
> >>>> encuentra
> >>>> vigente desde los comienzos mismos de
> >>>> LACRALO. Pueden revisar
> >>>> nuestros
> >>>> Principios Operativos vigentes aquí,
> >>>> en el #4:
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
> >>>> Principios%25
> >>>>
> >>>> 2
> >>>> 0Operativos%2520de%2520la%
> >>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
> >>>> e
> >>>> rsion=1&modificationDate=
> >>>> 1283972736000&api=v2
> >>>>
> >>>>
> >>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> En segundo lugar, respecto de la
> >>>> solicitud que estás realizando
> >>>> Johnny, de
> >>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
> >>>> contacto secundario (eso dices
> >>>> en el
> >>>> primer párrafo de tu correo) o como
> >>>> contacto primario con derecho a
> >>>> voto
> >>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
> >>>> correo) de AUI Perú, quisiera
> >>>> manifestar una preocupación al
> >>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
> >>>> aclarar
> >>>> que he tenido una conversación en
> >>>> privado con Maritza sobre este
> >>>> tema, a
> >>>> quién conozco personalmente del
> >>>> Fellowship Program de ICANN y del
> >>>> curso de
> >>>> ISOC de Next Generation Leaders del
> >>>> cual soy su Experta Moderadora,
> >>>> respecto de quien no tengo ningún
> >>>> conflicto personal y con quien me
> >>>> une
> >>>> incluso una amistad.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
> >>>> Instituto Nacional de Defensa de la
> >>>> Competencia y de la Protección de la
> >>>> Propiedad Intelectual, que es la
> >>>> Agencia del gobierno peruano encargada
> >>>> de la Propiedad Intelectual.
> >>>> Enlace
> >>>> a su sitio web:
> >>>> http://www.indecopi.gob.pe/
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
> >>>> defensa de los derechos de los
> >>>> consumidores (por favor, corríjanme si
> >>>> me equivoco), es finalmente
> >>>> una
> >>>> agencia del gobierno. El gobierno
> >>>> peruano es quien paga todos los
> >>>> meses su
> >>>> sueldo.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
> >>>> siendo el contacto primario de
> >>>> AUI
> >>>> Perú con derecho a voto una persona
> >>>> que es empleada del gobierno de
> >>>> Perú,
> >>>> en el caso de presentarse un conflicto
> >>>> entre los intereses de los
> >>>> usuarios
> >>>> de Internet (regionales, aunque
> >>>> principalmente locales) y el gobierno
> >>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
> >>>> en una situación de conflicto
> >>>> de
> >>>> intereses, y debería apartarse de
> >>>> representar a los usuarios de
> >>>> Internet
> >>>> de
> >>>> Perú y abstenerse de votar como
> >>>> delegada de su ALS. En ese caso,
> >>>> estaríamos
> >>>> volviendo inexistente la
> >>>> representación de dicha ALS. En mi
> >>>> opinión,
> >>>> se
> >>>> podría participar de las discusiones
> >>>> como contacto secundario, pero
> >>>> al
> >>>> momento del voto, siendo contacto
> >>>> primario, se deberían abstener
> >>>> perdiendo
> >>>> el derecho que le asiste a toda ALS
> >>>> acreditada.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
> >>>> a Johnny a Maritza la
> >>>> posibilidad de
> >>>> revisar esta modificación del contacto
> >>>> primario con derecho a voto de
> >>>> AUI
> >>>> Perú para lograr que su participación
> >>>> sea realmente efectiva dentro
> >>>> de
> >>>> LACRALO y de At-Large en general, en
> >>>> representación de los intereses
> >>>> de
> >>>> los
> >>>> usuarios finales de Internet.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Quedo a su disposición para colaborar
> >>>> con ustedes en lo que esté
> >>>> dentro de
> >>>> mis posibilidades.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Saludos cordiales,
> >>>>
> >>>> Fatima Cambronero
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
> >>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
> >>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
> >>>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>> Estimado Alberto,
> >>>>
> >>>> En principio para felicitar esta
> >>>> iniciativa, me parece muy saludable
> >>>> que
> >>>> las ALS deleguen o acrediten a un
> >>>> segundo representante. En este
> >>>>
> >>>> sentido,
> >>>>
> >>>> presentamos a la Srta. Abogada
> >>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
> >>>> representante de AUI PERU, para
> >>>> los efectos de representación ante
> >>>>
> >>>> LACRALO
> >>>>
> >>>> e ICANN.
> >>>>
> >>>> En este mismo sentido, en mi
> >>>> condición de Presidente y Titular
> >>>>
> >>>> acreditado
> >>>>
> >>>> de AUI PERU, mediante el presente
> >>>> solicito se le otorgue las
> >>>> credenciales de votación en
> >>>> representación de nuestra
> >>>> organización
> >>>> en LACRALO.
> >>>>
> >>>> Agradezco la atención al presente.
> >>>>
> >>>> Atentamente,
> >>>>
> >>>> Johnny Laureano
> >>>> Pdte. AUI PERU
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
> >>>> Alberto Soto
> >>>> <alberto(a)soto.net.ar
> >>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
> >>>>
> >>>> escribió:
> >>>>
> >>>> Estimados, según nuestras
> >>>> normas cada ALS puede tener dos
> >>>>
> >>>> representantes.
> >>>>
> >>>> Uno de ellos es quien es
> >>>> designado por la misma y
> >>>> autorizado a
> >>>> votar,
> >>>>
> >>>> y
> >>>>
> >>>> es
> >>>>
> >>>> a
> >>>> quien se le envían las
> >>>> credenciales correspondientes.
> >>>>
> >>>> Pero en algunas
> >>>> organizaciones, por varias
> >>>> razones el titular puede
> >>>> no
> >>>> estar
> >>>> disponible en algunos momentos
> >>>> y desea que el otro
> representante
> >>>>
> >>>> tenga la
> >>>>
> >>>> información necesaria.
> >>>>
> >>>> Es por ello que las ALSs que
> >>>> lo deseen, pueden enviarme el
> >>>> nombre y
> >>>>
> >>>> correo
> >>>>
> >>>> del segundo representante para
> >>>> agregarlos en las listas de
> >>>> mails de
> >>>> LACRALO.
> >>>>
> >>>> Siempre permanecerá para la
> >>>> votación el designado
> >>>> oportunamente,
> >>>> hasta
> >>>>
> >>>> que
> >>>>
> >>>> la ALS informe oficialmente un
> >>>> cambio.
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Saludos cordiales
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> Alberto Soto
> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> ______________________________
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> >>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.
> >>>> icann.org
> >>>> <mailto:lac-discuss-es@
> >>>> atlarge-lists.icann.org>
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> >>>>
> >>>>
> >>>>
> >>>> --
> >>>> *Fatima Cambronero*
> >>>> Abogada-Argentina
> >>>>
> >>>> Phone: +54 9351 5282 668
> >>>> Twitter: @facambronero
> >>>> Skype: fatima.cambronero
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> >>>> *Fatima Cambronero*
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> >>>>
> >>>>
> >>>> --
> >>>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
> >>>> Dr. Alejandro Pisanty
> >>>> Facultad de Química UNAM
> >>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
> >>>> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
> >>>> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> >>>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> >>>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> >>>> Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/
> >>>> 22285/4A106C0C8614
> >>>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
> >>>> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> >>>> . . . . . . . . . . . . . . . .
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> >>> lac-discuss-es mailing list
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[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/14eea24083.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: jumaropi(a)yahoo.com
Dear all,
I must say that Alexander has played an important point. But I do not consider that it can be treated by the Governance Group, because we would be overloading a WG work and activities.
If I understand correctly, what he proposes is to create a kind of commission to be formed by ourselves, (a few of course) to evaluate the possibility of conflicts of interest in certain cases. There would be a permanent working group but I consider relevant and which is believed to make proper evaluations, if offered.
JUAN MANUEL ROJAS
Social Communicator
President - AGEIA DENSI Colombia
Twitter:JmanuRojas
Join LACRALO:
https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
On Saturday, September 13, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com> wrote:
Alexander,
Right. I think we should create a solution to determine possible conflicts.
Personally, I see governance group itself can include this topic.
A hug
Sent from my iPhone
> El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty(a)gmail.com> escribió:
>
> Colegas,
>
> ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
> principios (cada quien elige su mezcla).
>
> Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
> permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
> profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo
> en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano,
> en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
> estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI
> tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para
> expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
>
> No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
> otro tema.
>
> Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
> regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
>
> Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
> interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer
> saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su
> independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en
> conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité
> confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
> conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
>
> Alejandro Pisanty
>
> 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe>:
>
>> Estimad@s tod@s,
>>
>>
>> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
>> impidió hacerlo antes.
>>
>>
>> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses
>> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña
>> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
>> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
>> representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a
>> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un
>> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
>> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que
>> ninguna ley en el mundo prohíbe.
>>
>>
>> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que
>> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
>> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3
>> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
>> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
>> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
>> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2.
>> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
>> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
>> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
>> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad).
>> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
>> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de
>> sus pronunciamientos.
>>
>>
>> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo
>> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
>> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No
>> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
>> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
>> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales)
>> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a
>> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
>> sentido de un pronunciamiento.
>>
>>
>> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan
>> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon
>> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
>> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
>> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión
>> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras
>> áreas, etc).
>>
>>
>> He revisado con detenimiento el bylaws
>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>> (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
>>
>>
>> a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el
>> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
>> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos
>> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
>> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en
>> el Diario Oficial “El Peruano”.
>>
>>
>> b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es
>> decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar
>> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
>> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
>>
>>
>> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se
>> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también
>> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las
>> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes
>> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
>> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
>> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
>> trabajadora del gobierno.
>>
>>
>> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
>> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que
>> las autoridades de LACRALO determinen.
>>
>>
>> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
>> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny
>> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas,
>> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
>>
>>
>> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
>> comentario adicional.
>>
>>
>> Maritza Agüero
>>
>> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>> escribió:
>>
>>> Estimado Alejandro,
>>>
>>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>>>
>>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
>>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>>>
>>> *Español:*
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>>
>>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES)
>>> *
>>>
>>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
>>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
>>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o
>>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
>>> presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona
>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de
>>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
>>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o
>>> públicas.
>>>
>>> *Portugués:*
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>>
>>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>>>
>>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma
>>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou
>>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
>>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
>>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
>>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
>>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
>>>
>>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
>>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>>>
>>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
>>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es
>>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las
>>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y
>>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo
>>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
>>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
>>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos
>>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros
>>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como
>>> ALS."
>>>
>>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
>>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me
>>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los
>>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
>>> criterios, los que son:
>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
>>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
>>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
>>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
>>>
>>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
>>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>>>
>>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
>>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
>>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
>>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>>>
>>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en
>>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
>>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría
>>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>>>
>>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
>>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO.
>>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
>>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
>>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>>>
>>> Un abrazo a todos
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>
>>>> Humberto,
>>>>
>>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/
>>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>>
>>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>>>
>>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>>>> a national government or a multinational entity established by
>>>> treaty or other agreement between national governments may serve
>>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>>>> employed by such government or multinational entity and whose
>>>> primary function with such government or entity is to develop or
>>>> influence governmental or public policies.
>>>>
>>>>
>>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
>>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
>>>> artículo.
>>>>
>>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
>>>> abogados).
>>>>
>>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
>>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>>>> regularmente pagan sus cuentas.
>>>>
>>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>>>
>>>> Alejandro Pisanty
>>>>
>>>>
>>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>>>>
>>>>
>>>> Estimado Alejandro:
>>>>
>>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>>>> revisarla en detalle?
>>>>
>>>> Muchas gracias de antemano.
>>>>
>>>> Un abrazo
>>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>
>>>> Vanda,
>>>>
>>>> aquí hay un malentendido.
>>>>
>>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>>>> el Board - a
>>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>>>> organizaciones que
>>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>>
>>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>>>> cuidadosamente y
>>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>>>> educación e
>>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>>
>>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>>>> las cuales
>>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>>
>>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>>>> - están
>>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>>>> pueden ir en
>>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
>>>> representados en
>>>> ICANN a través del GAC.
>>>>
>>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>>>> NPOC; NCSG, At
>>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>>>> Independencia de
>>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>>>> como las
>>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>>>> claridad sin
>>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>>
>>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>>>> posiciones de los
>>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>>
>>>> Alejandro Pisanty
>>>>
>>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>>>>
>>>>
>>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>>>> tuvo en este
>>>> asunto.
>>>>
>>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>>>> una persona del
>>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>>>> directa con los
>>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>>
>>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
>>>> tiene una actividad
>>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>>>> simplesmente una
>>>> empleada del gobierno. w
>>>>
>>>> Mis razones:
>>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>>>> represente la posición
>>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>>>> el órgano de
>>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>>>> de LACRALO ,
>>>> como hacemos con los empleados de las universidades
>>>> públicas que están en
>>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>>>> de la
>>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>>>> todos conocido,
>>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>>>> involucrado con
>>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>>>> los usuarios, en
>>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>>>> el facto de la
>>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>>>> especial
>>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>>
>>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>>>> asuma la posición a
>>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>>>> demás.
>>>>
>>>> Abrazos a todos
>>>>
>>>> Vanda Scartezini
>>>> Polo Consultores Associados
>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>>>>
>>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>>>> persona función de su
>>>> trabajo puede participar: como representante directo
>>>> del gobierno, como
>>>> representante de interés de un agente económico, sea
>>>> una entidad con fines
>>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>>>> también espacio apra
>>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>>>> discriminación si es una
>>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>>>> intelectual.
>>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>>>> agravar los que
>>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>>>> internet. Para estes
>>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>>>> foco en la defensa de
>>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>>>> sean gobiernos nin
>>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>>>> agencia de gobierno
>>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>>>> defensa de s\los
>>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>>>> presidente de la agencia
>>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>>>> en nada tenia en
>>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>>>> están ahora tampoco
>>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>>> Vanda Scartezini
>>>> Polo Consultores Associados
>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>>>>
>>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>>>> de modo pragmático y
>>>> también apegados a Derecho.
>>>>
>>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>>>> grupos, son profesionales
>>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>>>> resulta un insumo
>>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>>>> trabajo aquí o en las
>>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>>>> de modo directo
>>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>>>> profesionales, etc) o
>>>> indirecto (valor agregado a sus propias
>>>> profesiones). Por tanto el
>>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>>>> trabajan por que esa
>>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>>>> les remunera
>>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>>>> interés por el usuario es
>>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>>>> exclusiva a estos temas
>>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>>
>>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>>>> vivimos de esto ni directa
>>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
>>>> no aparece "voluntario
>>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>>>> remunera de ningún modo. El
>>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
>>>> caso nuestra
>>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>>>> constante o profunda como
>>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>>>> dedicado al voluntariado,
>>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>>>> agrega valor para lo
>>>> que hacemos profesionalmente.
>>>>
>>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>>>> algún momento tuviera un
>>>> conflicto de intereses real o potencial esto
>>>> deberá ser analizado EN
>>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>>>> este delegado continua o
>>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>>>> está el suplente
>>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>>>> participar por algo
>>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
>>>> de los miembros puede
>>>> tener un conflicto en determinado y específico
>>>> tema, lo declara y se
>>>> abstiene de participar o delega su participación y
>>>> es el hecho que
>>>> corresponde.
>>>>
>>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>>>> institución PODRÍA
>>>> representar un conflicto es irrelevante para la
>>>> actuación de la delegada
>>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>>>> conflicto se lo analizará Y
>>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>>
>>>> Carlos Vera Quintana
>>>> 0988141143
>>>> Sígueme @cveraq
>>>>
>>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Sergio,
>>>>
>>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
>>>> que esto supera cualquiera
>>>> del
>>>> tipo.
>>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>>>> funcionario público, que el
>>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>>>> directamente un
>>>> conflicto de
>>>> interés cuando hay que defender los intereses
>>>> de los usuarios. Lo
>>>> quieras
>>>> justificar como lo quieras justificar.
>>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>>>> Agencia del gobierno que
>>>> se
>>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>>>> ejemplo ficticio, que un
>>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>>>> de Perú se convierta en
>>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>>>> que va a representar y
>>>> defender
>>>> INDECOPI?
>>>> En el caso de que un empleado del gobierno
>>>> (empleado o funcionario)
>>>> quiera
>>>> representar los intereses de los usuarios, es
>>>> un conflicto, acá y en
>>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>>>> situaciones similares en LACRALO?
>>>> Sí.
>>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>>>> ALS? Sí. Que no lo
>>>> quieran
>>>> hacer es otra cosa.
>>>> Además sería importante que leas
>>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>>> preocupación
>>>> está dirigida a asegurarles una debida
>>>> representación a AUI Perú,
>>>> porque sé
>>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>>>> esa representación y mi
>>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>>>> persona que no tenga
>>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>>>> LACRALO. Esa fue la
>>>> misma
>>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>>> Por otro lado sería importante que te informes
>>>> correctamente antes de
>>>> realizar ataques contra mi persona, que además
>>>> no tienen nada que ver.
>>>> Yo
>>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>>>> Córdoba ni del gobierno
>>>> de
>>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
>>>> gobierno de Argentina).
>>>> Yo
>>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>>>> la UNC como Profesora
>>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>>>> ningún sueldo, ni
>>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>>>> porque me gusta la docencia
>>>> y
>>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>>>> la decisión que he tomado
>>>> de
>>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>>>> personales.
>>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
>>>> el tema que he planteado y
>>>> no
>>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>>>> atención sobre asuntos que no
>>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>>>> está conversando.
>>>> También sería bueno ver un poco más de
>>>> corporativismo al momento de
>>>> discutir statements y policies, eso sería más
>>>> productivo para LACRALO.
>>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>>>> inexistente con la nueva
>>>> representación que han elegido.
>>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>>>> no se convierta en regla
>>>> en
>>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>>
>>>> Fatima Cambronero
>>>>
>>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>>>> Salinas Porto <
>>>> presidencia(a)internauta.org.ar
>>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>>>> acuerdo con vos.
>>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>>>> propio de un recién iniciado.
>>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>>>> ser empleado publico.
>>>> Con el criterio que estas marcando muchos
>>>> de los/las compañeros de
>>>> LACRALO
>>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>>>> lo que se, muchos se
>>>> desempeñan
>>>> como docentes de universidades publicas
>>>> (vos también no?), o son
>>>> empleados
>>>> de la justicia, o empleados de
>>>> reparticiones municipales o
>>>> provinciales.
>>>> Estudiantes de una universidad pública
>>>> (podria llegar a pender su nota
>>>> de
>>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>>> El conflicto recide en si es funcionario
>>>> público con deciciones
>>>> gubernamentales o no.
>>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>>>> incluso cuando te propusiste
>>>> para
>>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>>>> interes cuando persibías
>>>> dinero del
>>>> gobierno nacional (que es de donde
>>>> provienen los fondos de educación
>>>> en
>>>> argentina) siendo docente de la
>>>> universidad nacional de córdoba.
>>>> Para que quede claro y no se mal
>>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>>>> conflicto de interes en lo que respecta a
>>>> vos ni en lo que respecta a
>>>> Maritza.
>>>> Abrazo querida fatima!
>>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>>>> Cambronero" <
>>>> fatimacambronero(a)gmail.com
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Johnny, todas/os,
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> En primer lugar quisiera disculparme
>>>> por la demora en responder este
>>>> hilo
>>>> de correos. Estuve de viaje y con
>>>> dificultades para seguir todas las
>>>> conversaciones.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Luego me gustaría hacer dos
>>>> comentarios respecto de este asunto.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> La posibilidad de designar dos
>>>> contactos por cada ALS (uno primario
>>>> con
>>>> derecho a voto y un contacto
>>>> secundario sin derecho a voto) se
>>>> encuentra
>>>> vigente desde los comienzos mismos de
>>>> LACRALO. Pueden revisar
>>>> nuestros
>>>> Principios Operativos vigentes aquí,
>>>> en el #4:
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>>>> Principios%25
>>>>
>>>> 2
>>>> 0Operativos%2520de%2520la%
>>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>>> e
>>>> rsion=1&modificationDate=
>>>> 1283972736000&api=v2
>>>>
>>>>
>>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> En segundo lugar, respecto de la
>>>> solicitud que estás realizando
>>>> Johnny, de
>>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
>>>> contacto secundario (eso dices
>>>> en el
>>>> primer párrafo de tu correo) o como
>>>> contacto primario con derecho a
>>>> voto
>>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>>>> correo) de AUI Perú, quisiera
>>>> manifestar una preocupación al
>>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
>>>> aclarar
>>>> que he tenido una conversación en
>>>> privado con Maritza sobre este
>>>> tema, a
>>>> quién conozco personalmente del
>>>> Fellowship Program de ICANN y del
>>>> curso de
>>>> ISOC de Next Generation Leaders del
>>>> cual soy su Experta Moderadora,
>>>> respecto de quien no tengo ningún
>>>> conflicto personal y con quien me
>>>> une
>>>> incluso una amistad.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>>>> Instituto Nacional de Defensa de la
>>>> Competencia y de la Protección de la
>>>> Propiedad Intelectual, que es la
>>>> Agencia del gobierno peruano encargada
>>>> de la Propiedad Intelectual.
>>>> Enlace
>>>> a su sitio web:
>>>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>>>> defensa de los derechos de los
>>>> consumidores (por favor, corríjanme si
>>>> me equivoco), es finalmente
>>>> una
>>>> agencia del gobierno. El gobierno
>>>> peruano es quien paga todos los
>>>> meses su
>>>> sueldo.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>>>> siendo el contacto primario de
>>>> AUI
>>>> Perú con derecho a voto una persona
>>>> que es empleada del gobierno de
>>>> Perú,
>>>> en el caso de presentarse un conflicto
>>>> entre los intereses de los
>>>> usuarios
>>>> de Internet (regionales, aunque
>>>> principalmente locales) y el gobierno
>>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
>>>> en una situación de conflicto
>>>> de
>>>> intereses, y debería apartarse de
>>>> representar a los usuarios de
>>>> Internet
>>>> de
>>>> Perú y abstenerse de votar como
>>>> delegada de su ALS. En ese caso,
>>>> estaríamos
>>>> volviendo inexistente la
>>>> representación de dicha ALS. En mi
>>>> opinión,
>>>> se
>>>> podría participar de las discusiones
>>>> como contacto secundario, pero
>>>> al
>>>> momento del voto, siendo contacto
>>>> primario, se deberían abstener
>>>> perdiendo
>>>> el derecho que le asiste a toda ALS
>>>> acreditada.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
>>>> a Johnny a Maritza la
>>>> posibilidad de
>>>> revisar esta modificación del contacto
>>>> primario con derecho a voto de
>>>> AUI
>>>> Perú para lograr que su participación
>>>> sea realmente efectiva dentro
>>>> de
>>>> LACRALO y de At-Large en general, en
>>>> representación de los intereses
>>>> de
>>>> los
>>>> usuarios finales de Internet.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Quedo a su disposición para colaborar
>>>> con ustedes en lo que esté
>>>> dentro de
>>>> mis posibilidades.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Saludos cordiales,
>>>>
>>>> Fatima Cambronero
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
>>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
>>>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>> Estimado Alberto,
>>>>
>>>> En principio para felicitar esta
>>>> iniciativa, me parece muy saludable
>>>> que
>>>> las ALS deleguen o acrediten a un
>>>> segundo representante. En este
>>>>
>>>> sentido,
>>>>
>>>> presentamos a la Srta. Abogada
>>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
>>>> representante de AUI PERU, para
>>>> los efectos de representación ante
>>>>
>>>> LACRALO
>>>>
>>>> e ICANN.
>>>>
>>>> En este mismo sentido, en mi
>>>> condición de Presidente y Titular
>>>>
>>>> acreditado
>>>>
>>>> de AUI PERU, mediante el presente
>>>> solicito se le otorgue las
>>>> credenciales de votación en
>>>> representación de nuestra
>>>> organización
>>>> en LACRALO.
>>>>
>>>> Agradezco la atención al presente.
>>>>
>>>> Atentamente,
>>>>
>>>> Johnny Laureano
>>>> Pdte. AUI PERU
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>>>> Alberto Soto
>>>> <alberto(a)soto.net.ar
>>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
>>>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>> Estimados, según nuestras
>>>> normas cada ALS puede tener dos
>>>>
>>>> representantes.
>>>>
>>>> Uno de ellos es quien es
>>>> designado por la misma y
>>>> autorizado a
>>>> votar,
>>>>
>>>> y
>>>>
>>>> es
>>>>
>>>> a
>>>> quien se le envían las
>>>> credenciales correspondientes.
>>>>
>>>> Pero en algunas
>>>> organizaciones, por varias
>>>> razones el titular puede
>>>> no
>>>> estar
>>>> disponible en algunos momentos
>>>> y desea que el otro representante
>>>>
>>>> tenga la
>>>>
>>>> información necesaria.
>>>>
>>>> Es por ello que las ALSs que
>>>> lo deseen, pueden enviarme el
>>>> nombre y
>>>>
>>>> correo
>>>>
>>>> del segundo representante para
>>>> agregarlos en las listas de
>>>> mails de
>>>> LACRALO.
>>>>
>>>> Siempre permanecerá para la
>>>> votación el designado
>>>> oportunamente,
>>>> hasta
>>>>
>>>> que
>>>>
>>>> la ALS informe oficialmente un
>>>> cambio.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Saludos cordiales
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Alberto Soto
>>>>
>>>>
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>>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
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http://mm.icann.org/transbot_archive/e85de93ffd.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: hcarrascob(a)gmail.com
Alexander,
Right. I think we should create a solution to determine possible conflicts.
Personally, I see governance group itself can include this topic.
A hug
Sent from my iPhone
> El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty(a)gmail.com> escribió:
>
> Colegas,
>
> ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
> principios (cada quien elige su mezcla).
>
> Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
> permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
> profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo
> en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano,
> en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
> estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI
> tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para
> expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
>
> No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
> otro tema.
>
> Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
> regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
>
> Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
> interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer
> saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su
> independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en
> conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité
> confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
> conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
>
> Alejandro Pisanty
>
> 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe>:
>
>> Estimad@s tod@s,
>>
>>
>> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
>> impidió hacerlo antes.
>>
>>
>> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses
>> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña
>> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
>> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
>> representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a
>> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un
>> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
>> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que
>> ninguna ley en el mundo prohíbe.
>>
>>
>> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que
>> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
>> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3
>> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
>> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
>> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
>> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2.
>> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
>> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
>> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
>> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad).
>> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
>> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de
>> sus pronunciamientos.
>>
>>
>> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo
>> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
>> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No
>> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
>> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
>> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales)
>> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a
>> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
>> sentido de un pronunciamiento.
>>
>>
>> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan
>> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon
>> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
>> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
>> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión
>> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras
>> áreas, etc).
>>
>>
>> He revisado con detenimiento el bylaws
>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>> (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
>>
>>
>> a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el
>> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
>> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos
>> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
>> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en
>> el Diario Oficial “El Peruano”.
>>
>>
>> b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es
>> decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar
>> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
>> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
>>
>>
>> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se
>> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también
>> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las
>> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes
>> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
>> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
>> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
>> trabajadora del gobierno.
>>
>>
>> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
>> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que
>> las autoridades de LACRALO determinen.
>>
>>
>> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
>> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny
>> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas,
>> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
>>
>>
>> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
>> comentario adicional.
>>
>>
>> Maritza Agüero
>>
>> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>> escribió:
>>
>>> Estimado Alejandro,
>>>
>>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>>>
>>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
>>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>>>
>>> *Español:*
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>>
>>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES)
>>> *
>>>
>>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
>>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
>>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o
>>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
>>> presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona
>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de
>>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
>>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o
>>> públicas.
>>>
>>> *Portugués:*
>>>
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>>
>>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>>>
>>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma
>>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou
>>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
>>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
>>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
>>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
>>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
>>>
>>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
>>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>>>
>>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
>>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es
>>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las
>>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y
>>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo
>>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
>>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
>>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos
>>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros
>>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como
>>> ALS."
>>>
>>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
>>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me
>>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los
>>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
>>> criterios, los que son:
>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
>>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
>>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
>>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
>>>
>>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
>>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>>>
>>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
>>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
>>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
>>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>>>
>>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en
>>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
>>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría
>>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>>>
>>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
>>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO.
>>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
>>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
>>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>>>
>>> Un abrazo a todos
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>
>>>> Humberto,
>>>>
>>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/
>>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>>
>>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>>>
>>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>>>> a national government or a multinational entity established by
>>>> treaty or other agreement between national governments may serve
>>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>>>> employed by such government or multinational entity and whose
>>>> primary function with such government or entity is to develop or
>>>> influence governmental or public policies.
>>>>
>>>>
>>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
>>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
>>>> artículo.
>>>>
>>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
>>>> abogados).
>>>>
>>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
>>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>>>> regularmente pagan sus cuentas.
>>>>
>>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>>>
>>>> Alejandro Pisanty
>>>>
>>>>
>>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>>>>
>>>>
>>>> Estimado Alejandro:
>>>>
>>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>>>> revisarla en detalle?
>>>>
>>>> Muchas gracias de antemano.
>>>>
>>>> Un abrazo
>>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>
>>>> Vanda,
>>>>
>>>> aquí hay un malentendido.
>>>>
>>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>>>> el Board - a
>>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>>>> organizaciones que
>>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>>
>>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>>>> cuidadosamente y
>>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>>>> educación e
>>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>>
>>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>>>> las cuales
>>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>>
>>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>>>> - están
>>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>>>> pueden ir en
>>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
>>>> representados en
>>>> ICANN a través del GAC.
>>>>
>>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>>>> NPOC; NCSG, At
>>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>>>> Independencia de
>>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>>>> como las
>>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>>>> claridad sin
>>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>>
>>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>>>> posiciones de los
>>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>>
>>>> Alejandro Pisanty
>>>>
>>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>>>>
>>>>
>>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>>>> tuvo en este
>>>> asunto.
>>>>
>>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>>>> una persona del
>>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>>>> directa con los
>>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>>
>>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
>>>> tiene una actividad
>>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>>>> simplesmente una
>>>> empleada del gobierno. w
>>>>
>>>> Mis razones:
>>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>>>> represente la posición
>>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>>>> el órgano de
>>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>>>> de LACRALO ,
>>>> como hacemos con los empleados de las universidades
>>>> públicas que están en
>>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>>>> de la
>>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>>>> todos conocido,
>>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>>>> involucrado con
>>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>>>> los usuarios, en
>>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>>>> el facto de la
>>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>>>> especial
>>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>>
>>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>>>> asuma la posición a
>>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>>>> demás.
>>>>
>>>> Abrazos a todos
>>>>
>>>> Vanda Scartezini
>>>> Polo Consultores Associados
>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>>>>
>>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>>>> persona función de su
>>>> trabajo puede participar: como representante directo
>>>> del gobierno, como
>>>> representante de interés de un agente económico, sea
>>>> una entidad con fines
>>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>>>> también espacio apra
>>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>>>> discriminación si es una
>>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>>>> intelectual.
>>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>>>> agravar los que
>>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>>>> internet. Para estes
>>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>>>> foco en la defensa de
>>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>>>> sean gobiernos nin
>>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>>>> agencia de gobierno
>>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>>>> defensa de s\los
>>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>>>> presidente de la agencia
>>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>>>> en nada tenia en
>>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>>>> están ahora tampoco
>>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>>> Vanda Scartezini
>>>> Polo Consultores Associados
>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>>>>
>>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>>>> de modo pragmático y
>>>> también apegados a Derecho.
>>>>
>>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>>>> grupos, son profesionales
>>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>>>> resulta un insumo
>>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>>>> trabajo aquí o en las
>>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>>>> de modo directo
>>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>>>> profesionales, etc) o
>>>> indirecto (valor agregado a sus propias
>>>> profesiones). Por tanto el
>>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>>>> trabajan por que esa
>>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>>>> les remunera
>>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>>>> interés por el usuario es
>>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>>>> exclusiva a estos temas
>>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>>
>>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>>>> vivimos de esto ni directa
>>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
>>>> no aparece "voluntario
>>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>>>> remunera de ningún modo. El
>>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
>>>> caso nuestra
>>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>>>> constante o profunda como
>>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>>>> dedicado al voluntariado,
>>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>>>> agrega valor para lo
>>>> que hacemos profesionalmente.
>>>>
>>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>>>> algún momento tuviera un
>>>> conflicto de intereses real o potencial esto
>>>> deberá ser analizado EN
>>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>>>> este delegado continua o
>>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>>>> está el suplente
>>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>>>> participar por algo
>>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
>>>> de los miembros puede
>>>> tener un conflicto en determinado y específico
>>>> tema, lo declara y se
>>>> abstiene de participar o delega su participación y
>>>> es el hecho que
>>>> corresponde.
>>>>
>>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>>>> institución PODRÍA
>>>> representar un conflicto es irrelevante para la
>>>> actuación de la delegada
>>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>>>> conflicto se lo analizará Y
>>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>>
>>>> Carlos Vera Quintana
>>>> 0988141143
>>>> Sígueme @cveraq
>>>>
>>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Sergio,
>>>>
>>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
>>>> que esto supera cualquiera
>>>> del
>>>> tipo.
>>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>>>> funcionario público, que el
>>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>>>> directamente un
>>>> conflicto de
>>>> interés cuando hay que defender los intereses
>>>> de los usuarios. Lo
>>>> quieras
>>>> justificar como lo quieras justificar.
>>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>>>> Agencia del gobierno que
>>>> se
>>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>>>> ejemplo ficticio, que un
>>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>>>> de Perú se convierta en
>>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>>>> que va a representar y
>>>> defender
>>>> INDECOPI?
>>>> En el caso de que un empleado del gobierno
>>>> (empleado o funcionario)
>>>> quiera
>>>> representar los intereses de los usuarios, es
>>>> un conflicto, acá y en
>>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>>>> situaciones similares en LACRALO?
>>>> Sí.
>>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>>>> ALS? Sí. Que no lo
>>>> quieran
>>>> hacer es otra cosa.
>>>> Además sería importante que leas
>>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>>> preocupación
>>>> está dirigida a asegurarles una debida
>>>> representación a AUI Perú,
>>>> porque sé
>>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>>>> esa representación y mi
>>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>>>> persona que no tenga
>>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>>>> LACRALO. Esa fue la
>>>> misma
>>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>>> Por otro lado sería importante que te informes
>>>> correctamente antes de
>>>> realizar ataques contra mi persona, que además
>>>> no tienen nada que ver.
>>>> Yo
>>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>>>> Córdoba ni del gobierno
>>>> de
>>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
>>>> gobierno de Argentina).
>>>> Yo
>>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>>>> la UNC como Profesora
>>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>>>> ningún sueldo, ni
>>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>>>> porque me gusta la docencia
>>>> y
>>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>>>> la decisión que he tomado
>>>> de
>>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>>>> personales.
>>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
>>>> el tema que he planteado y
>>>> no
>>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>>>> atención sobre asuntos que no
>>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>>>> está conversando.
>>>> También sería bueno ver un poco más de
>>>> corporativismo al momento de
>>>> discutir statements y policies, eso sería más
>>>> productivo para LACRALO.
>>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>>>> inexistente con la nueva
>>>> representación que han elegido.
>>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>>>> no se convierta en regla
>>>> en
>>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>>
>>>> Fatima Cambronero
>>>>
>>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>>>> Salinas Porto <
>>>> presidencia(a)internauta.org.ar
>>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>>>> acuerdo con vos.
>>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>>>> propio de un recién iniciado.
>>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>>>> ser empleado publico.
>>>> Con el criterio que estas marcando muchos
>>>> de los/las compañeros de
>>>> LACRALO
>>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>>>> lo que se, muchos se
>>>> desempeñan
>>>> como docentes de universidades publicas
>>>> (vos también no?), o son
>>>> empleados
>>>> de la justicia, o empleados de
>>>> reparticiones municipales o
>>>> provinciales.
>>>> Estudiantes de una universidad pública
>>>> (podria llegar a pender su nota
>>>> de
>>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>>> El conflicto recide en si es funcionario
>>>> público con deciciones
>>>> gubernamentales o no.
>>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>>>> incluso cuando te propusiste
>>>> para
>>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>>>> interes cuando persibías
>>>> dinero del
>>>> gobierno nacional (que es de donde
>>>> provienen los fondos de educación
>>>> en
>>>> argentina) siendo docente de la
>>>> universidad nacional de córdoba.
>>>> Para que quede claro y no se mal
>>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>>>> conflicto de interes en lo que respecta a
>>>> vos ni en lo que respecta a
>>>> Maritza.
>>>> Abrazo querida fatima!
>>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>>>> Cambronero" <
>>>> fatimacambronero(a)gmail.com
>>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>>
>>>> Johnny, todas/os,
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> En primer lugar quisiera disculparme
>>>> por la demora en responder este
>>>> hilo
>>>> de correos. Estuve de viaje y con
>>>> dificultades para seguir todas las
>>>> conversaciones.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Luego me gustaría hacer dos
>>>> comentarios respecto de este asunto.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> La posibilidad de designar dos
>>>> contactos por cada ALS (uno primario
>>>> con
>>>> derecho a voto y un contacto
>>>> secundario sin derecho a voto) se
>>>> encuentra
>>>> vigente desde los comienzos mismos de
>>>> LACRALO. Pueden revisar
>>>> nuestros
>>>> Principios Operativos vigentes aquí,
>>>> en el #4:
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>>>> Principios%25
>>>>
>>>> 2
>>>> 0Operativos%2520de%2520la%
>>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>>> e
>>>> rsion=1&modificationDate=
>>>> 1283972736000&api=v2
>>>>
>>>>
>>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> En segundo lugar, respecto de la
>>>> solicitud que estás realizando
>>>> Johnny, de
>>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
>>>> contacto secundario (eso dices
>>>> en el
>>>> primer párrafo de tu correo) o como
>>>> contacto primario con derecho a
>>>> voto
>>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>>>> correo) de AUI Perú, quisiera
>>>> manifestar una preocupación al
>>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
>>>> aclarar
>>>> que he tenido una conversación en
>>>> privado con Maritza sobre este
>>>> tema, a
>>>> quién conozco personalmente del
>>>> Fellowship Program de ICANN y del
>>>> curso de
>>>> ISOC de Next Generation Leaders del
>>>> cual soy su Experta Moderadora,
>>>> respecto de quien no tengo ningún
>>>> conflicto personal y con quien me
>>>> une
>>>> incluso una amistad.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>>>> Instituto Nacional de Defensa de la
>>>> Competencia y de la Protección de la
>>>> Propiedad Intelectual, que es la
>>>> Agencia del gobierno peruano encargada
>>>> de la Propiedad Intelectual.
>>>> Enlace
>>>> a su sitio web:
>>>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>>>> defensa de los derechos de los
>>>> consumidores (por favor, corríjanme si
>>>> me equivoco), es finalmente
>>>> una
>>>> agencia del gobierno. El gobierno
>>>> peruano es quien paga todos los
>>>> meses su
>>>> sueldo.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>>>> siendo el contacto primario de
>>>> AUI
>>>> Perú con derecho a voto una persona
>>>> que es empleada del gobierno de
>>>> Perú,
>>>> en el caso de presentarse un conflicto
>>>> entre los intereses de los
>>>> usuarios
>>>> de Internet (regionales, aunque
>>>> principalmente locales) y el gobierno
>>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
>>>> en una situación de conflicto
>>>> de
>>>> intereses, y debería apartarse de
>>>> representar a los usuarios de
>>>> Internet
>>>> de
>>>> Perú y abstenerse de votar como
>>>> delegada de su ALS. En ese caso,
>>>> estaríamos
>>>> volviendo inexistente la
>>>> representación de dicha ALS. En mi
>>>> opinión,
>>>> se
>>>> podría participar de las discusiones
>>>> como contacto secundario, pero
>>>> al
>>>> momento del voto, siendo contacto
>>>> primario, se deberían abstener
>>>> perdiendo
>>>> el derecho que le asiste a toda ALS
>>>> acreditada.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
>>>> a Johnny a Maritza la
>>>> posibilidad de
>>>> revisar esta modificación del contacto
>>>> primario con derecho a voto de
>>>> AUI
>>>> Perú para lograr que su participación
>>>> sea realmente efectiva dentro
>>>> de
>>>> LACRALO y de At-Large en general, en
>>>> representación de los intereses
>>>> de
>>>> los
>>>> usuarios finales de Internet.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Quedo a su disposición para colaborar
>>>> con ustedes en lo que esté
>>>> dentro de
>>>> mis posibilidades.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Saludos cordiales,
>>>>
>>>> Fatima Cambronero
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
>>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
>>>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>> Estimado Alberto,
>>>>
>>>> En principio para felicitar esta
>>>> iniciativa, me parece muy saludable
>>>> que
>>>> las ALS deleguen o acrediten a un
>>>> segundo representante. En este
>>>>
>>>> sentido,
>>>>
>>>> presentamos a la Srta. Abogada
>>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
>>>> representante de AUI PERU, para
>>>> los efectos de representación ante
>>>>
>>>> LACRALO
>>>>
>>>> e ICANN.
>>>>
>>>> En este mismo sentido, en mi
>>>> condición de Presidente y Titular
>>>>
>>>> acreditado
>>>>
>>>> de AUI PERU, mediante el presente
>>>> solicito se le otorgue las
>>>> credenciales de votación en
>>>> representación de nuestra
>>>> organización
>>>> en LACRALO.
>>>>
>>>> Agradezco la atención al presente.
>>>>
>>>> Atentamente,
>>>>
>>>> Johnny Laureano
>>>> Pdte. AUI PERU
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>>>> Alberto Soto
>>>> <alberto(a)soto.net.ar
>>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
>>>>
>>>> escribió:
>>>>
>>>> Estimados, según nuestras
>>>> normas cada ALS puede tener dos
>>>>
>>>> representantes.
>>>>
>>>> Uno de ellos es quien es
>>>> designado por la misma y
>>>> autorizado a
>>>> votar,
>>>>
>>>> y
>>>>
>>>> es
>>>>
>>>> a
>>>> quien se le envían las
>>>> credenciales correspondientes.
>>>>
>>>> Pero en algunas
>>>> organizaciones, por varias
>>>> razones el titular puede
>>>> no
>>>> estar
>>>> disponible en algunos momentos
>>>> y desea que el otro representante
>>>>
>>>> tenga la
>>>>
>>>> información necesaria.
>>>>
>>>> Es por ello que las ALSs que
>>>> lo deseen, pueden enviarme el
>>>> nombre y
>>>>
>>>> correo
>>>>
>>>> del segundo representante para
>>>> agregarlos en las listas de
>>>> mails de
>>>> LACRALO.
>>>>
>>>> Siempre permanecerá para la
>>>> votación el designado
>>>> oportunamente,
>>>> hasta
>>>>
>>>> que
>>>>
>>>> la ALS informe oficialmente un
>>>> cambio.
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Saludos cordiales
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> Alberto Soto
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> ______________________________
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>>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.
>>>> icann.org
>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>> atlarge-lists.icann.org>
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>>>>
>>>>
>>>> --
>>>> *Fatima Cambronero*
>>>> Abogada-Argentina
>>>>
>>>> Phone: +54 9351 5282 668
>>>> Twitter: @facambronero
>>>> Skype: fatima.cambronero
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>>>>
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>>>>
>>>> --
>>>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>>>> Dr. Alejandro Pisanty
>>>> Facultad de Química UNAM
>>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>>>> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
>>>> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
>>>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
>>>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
>>>> Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/
>>>> 22285/4A106C0C8614
>>>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
>>>> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
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[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/b2c81d8d5c.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: apisanty(a)gmail.com
Colleagues,
as we are in this discussion we try to combine pragmatism and
principles (everyone chooses their mix).
Maritza, for deepening your particular case a moment: your place you
can express freely according to your criteria
professional position and the organization you represent, for example
.amazon in case where there is an official position of the Peruvian government,
if you to defer the same? Attention is not questioning;
We are exploring an underlying theme through an example. If INDECOPI
has an official position, what have leeway to
express disagreement and even vote against that position?
We did not lose on the branches regarding academic activity; This is
another issue.
Humberto and Maritza, I think the general principle on which is based the
rule for the Board applies, mutatis mutandis, to the entire organization.
I also think that the way forward regarding conflicts of
interest and conditioning of the vote is that each participant must do
know what interests it represents and which may limit their
independence, but not every one of us who determines if it is in
conflict or not (subjective perception); this makes the community a committee
reliable formed by ourselves, or an independent third party. The
conflict depends not only on the individual but on the specific situation.
Alejandro Pisanty
13/09/2014 9:58 GMT-05: 00 Maritza Aguero <myaguero(a)aui.pe> :
> Estimad@s tod@s,
>
>
> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
> impidió hacerlo antes.
>
>
> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses
> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña
> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
> representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a
> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un
> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que
> ninguna ley en el mundo prohíbe.
>
>
> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que
> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3
> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2.
> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad).
> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a
> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de
> sus pronunciamientos.
>
>
> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo
> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No
> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así
> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales)
> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a
> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
> sentido de un pronunciamiento.
>
>
> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan
> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon
> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión
> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras
> áreas, etc).
>
>
> He revisado con detenimiento el bylaws
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
> (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
>
>
> a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el
> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos
> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en
> el Diario Oficial “El Peruano”.
>
>
> b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es
> decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar
> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
>
>
> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se
> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también
> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las
> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes
> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
> trabajadora del gobierno.
>
>
> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin
> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que
> las autoridades de LACRALO determinen.
>
>
> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny
> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas,
> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
>
>
> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
> comentario adicional.
>
>
> Maritza Agüero
>
> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
> > escribió:
>
>> Estimado Alejandro,
>>
>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>>
>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>>
>> *Español:*
>>
>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>
>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES)
>> *
>>
>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o
>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
>> presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona
>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de
>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o
>> públicas.
>>
>> *Portugués:*
>>
>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>
>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>>
>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma
>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou
>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
>>
>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>>
>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es
>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las
>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y
>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo
>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos
>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros
>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como
>> ALS."
>>
>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me
>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los
>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
>> criterios, los que son:
>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
>>
>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>>
>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>>
>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en
>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría
>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>>
>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO.
>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>>
>> Un abrazo a todos
>>
>>
>>
>>
>>
>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>
>>> Humberto,
>>>
>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/
>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>
>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>>
>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>>> a national government or a multinational entity established by
>>> treaty or other agreement between national governments may serve
>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>>> employed by such government or multinational entity and whose
>>> primary function with such government or entity is to develop or
>>> influence governmental or public policies.
>>>
>>>
>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
>>> artículo.
>>>
>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
>>> abogados).
>>>
>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>>> regularmente pagan sus cuentas.
>>>
>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>>
>>> Alejandro Pisanty
>>>
>>>
>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>>>
>>>
>>> Estimado Alejandro:
>>>
>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>>> revisarla en detalle?
>>>
>>> Muchas gracias de antemano.
>>>
>>> Un abrazo
>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>
>>> Vanda,
>>>
>>> aquí hay un malentendido.
>>>
>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>>> el Board - a
>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>>> organizaciones que
>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>
>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>>> cuidadosamente y
>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>>> educación e
>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>
>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>>> las cuales
>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>
>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>>> - están
>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>>> pueden ir en
>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
>>> representados en
>>> ICANN a través del GAC.
>>>
>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>>> NPOC; NCSG, At
>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>>> Independencia de
>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>>> como las
>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>>> claridad sin
>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>
>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>>> posiciones de los
>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>
>>> Alejandro Pisanty
>>>
>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>>>
>>>
>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>>> tuvo en este
>>> asunto.
>>>
>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>>> una persona del
>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>>> directa con los
>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>
>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
>>> tiene una actividad
>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>>> simplesmente una
>>> empleada del gobierno. w
>>>
>>> Mis razones:
>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>>> represente la posición
>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>>> el órgano de
>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>>> de LACRALO ,
>>> como hacemos con los empleados de las universidades
>>> públicas que están en
>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>>> de la
>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>>> todos conocido,
>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>>> involucrado con
>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>>> los usuarios, en
>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>>> el facto de la
>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>>> especial
>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>
>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>>> asuma la posición a
>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>>> demás.
>>>
>>> Abrazos a todos
>>>
>>> Vanda Scartezini
>>> Polo Consultores Associados
>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>>>
>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>>> persona función de su
>>> trabajo puede participar: como representante directo
>>> del gobierno, como
>>> representante de interés de un agente económico, sea
>>> una entidad con fines
>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>>> también espacio apra
>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>>> discriminación si es una
>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>>> intelectual.
>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>>> agravar los que
>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>>> internet. Para estes
>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>>> foco en la defensa de
>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>>> sean gobiernos nin
>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>>> agencia de gobierno
>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>>> defensa de s\los
>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>>> presidente de la agencia
>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>>> en nada tenia en
>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>>> están ahora tampoco
>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>> Vanda Scartezini
>>> Polo Consultores Associados
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>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>>>
>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>>> de modo pragmático y
>>> también apegados a Derecho.
>>>
>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>>> grupos, son profesionales
>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>>> resulta un insumo
>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>>> trabajo aquí o en las
>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>>> de modo directo
>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>>> profesionales, etc) o
>>> indirecto (valor agregado a sus propias
>>> profesiones). Por tanto el
>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>>> trabajan por que esa
>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>>> les remunera
>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>>> interés por el usuario es
>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>>> exclusiva a estos temas
>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>
>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>>> vivimos de esto ni directa
>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
>>> no aparece "voluntario
>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>>> remunera de ningún modo. El
>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
>>> caso nuestra
>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>>> constante o profunda como
>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>>> dedicado al voluntariado,
>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>>> agrega valor para lo
>>> que hacemos profesionalmente.
>>>
>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>>> algún momento tuviera un
>>> conflicto de intereses real o potencial esto
>>> deberá ser analizado EN
>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>>> este delegado continua o
>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>>> está el suplente
>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>>> participar por algo
>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
>>> de los miembros puede
>>> tener un conflicto en determinado y específico
>>> tema, lo declara y se
>>> abstiene de participar o delega su participación y
>>> es el hecho que
>>> corresponde.
>>>
>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>>> institución PODRÍA
>>> representar un conflicto es irrelevante para la
>>> actuación de la delegada
>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>>> conflicto se lo analizará Y
>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>
>>> Carlos Vera Quintana
>>> 0988141143
>>> Sígueme @cveraq
>>>
>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>>>
>>>
>>> Sergio,
>>>
>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
>>> que esto supera cualquiera
>>> del
>>> tipo.
>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>>> funcionario público, que el
>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>>> directamente un
>>> conflicto de
>>> interés cuando hay que defender los intereses
>>> de los usuarios. Lo
>>> quieras
>>> justificar como lo quieras justificar.
>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>>> Agencia del gobierno que
>>> se
>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>>> ejemplo ficticio, que un
>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>>> de Perú se convierta en
>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>>> que va a representar y
>>> defender
>>> INDECOPI?
>>> En el caso de que un empleado del gobierno
>>> (empleado o funcionario)
>>> quiera
>>> representar los intereses de los usuarios, es
>>> un conflicto, acá y en
>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>>> situaciones similares en LACRALO?
>>> Sí.
>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>>> ALS? Sí. Que no lo
>>> quieran
>>> hacer es otra cosa.
>>> Además sería importante que leas
>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>> preocupación
>>> está dirigida a asegurarles una debida
>>> representación a AUI Perú,
>>> porque sé
>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>>> esa representación y mi
>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>>> persona que no tenga
>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>>> LACRALO. Esa fue la
>>> misma
>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>> Por otro lado sería importante que te informes
>>> correctamente antes de
>>> realizar ataques contra mi persona, que además
>>> no tienen nada que ver.
>>> Yo
>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>>> Córdoba ni del gobierno
>>> de
>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
>>> gobierno de Argentina).
>>> Yo
>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>>> la UNC como Profesora
>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>>> ningún sueldo, ni
>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>>> porque me gusta la docencia
>>> y
>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>>> la decisión que he tomado
>>> de
>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>>> personales.
>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
>>> el tema que he planteado y
>>> no
>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>>> atención sobre asuntos que no
>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>>> está conversando.
>>> También sería bueno ver un poco más de
>>> corporativismo al momento de
>>> discutir statements y policies, eso sería más
>>> productivo para LACRALO.
>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>>> inexistente con la nueva
>>> representación que han elegido.
>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>>> no se convierta en regla
>>> en
>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>
>>> Fatima Cambronero
>>>
>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>>> Salinas Porto <
>>> presidencia(a)internauta.org.ar
>>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>>
>>> escribió:
>>>
>>>
>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>>> acuerdo con vos.
>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>>> propio de un recién iniciado.
>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>>> ser empleado publico.
>>> Con el criterio que estas marcando muchos
>>> de los/las compañeros de
>>> LACRALO
>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>>> lo que se, muchos se
>>> desempeñan
>>> como docentes de universidades publicas
>>> (vos también no?), o son
>>> empleados
>>> de la justicia, o empleados de
>>> reparticiones municipales o
>>> provinciales.
>>> Estudiantes de una universidad pública
>>> (podria llegar a pender su nota
>>> de
>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>> El conflicto recide en si es funcionario
>>> público con deciciones
>>> gubernamentales o no.
>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>>> incluso cuando te propusiste
>>> para
>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>>> interes cuando persibías
>>> dinero del
>>> gobierno nacional (que es de donde
>>> provienen los fondos de educación
>>> en
>>> argentina) siendo docente de la
>>> universidad nacional de córdoba.
>>> Para que quede claro y no se mal
>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>>> conflicto de interes en lo que respecta a
>>> vos ni en lo que respecta a
>>> Maritza.
>>> Abrazo querida fatima!
>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>>> Cambronero" <
>>> fatimacambronero(a)gmail.com
>>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>>> escribió:
>>>
>>>
>>> Johnny, todas/os,
>>>
>>>
>>>
>>> En primer lugar quisiera disculparme
>>> por la demora en responder este
>>> hilo
>>> de correos. Estuve de viaje y con
>>> dificultades para seguir todas las
>>> conversaciones.
>>>
>>>
>>>
>>> Luego me gustaría hacer dos
>>> comentarios respecto de este asunto.
>>>
>>>
>>>
>>> La posibilidad de designar dos
>>> contactos por cada ALS (uno primario
>>> con
>>> derecho a voto y un contacto
>>> secundario sin derecho a voto) se
>>> encuentra
>>> vigente desde los comienzos mismos de
>>> LACRALO. Pueden revisar
>>> nuestros
>>> Principios Operativos vigentes aquí,
>>> en el #4:
>>>
>>>
>>>
>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>>> Principios%25
>>>
>>> 2
>>> 0Operativos%2520de%2520la%
>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>> e
>>> rsion=1&modificationDate=
>>> 1283972736000&api=v2
>>>
>>>
>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>
>>>
>>>
>>> En segundo lugar, respecto de la
>>> solicitud que estás realizando
>>> Johnny, de
>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
>>> contacto secundario (eso dices
>>> en el
>>> primer párrafo de tu correo) o como
>>> contacto primario con derecho a
>>> voto
>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>>> correo) de AUI Perú, quisiera
>>> manifestar una preocupación al
>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
>>> aclarar
>>> que he tenido una conversación en
>>> privado con Maritza sobre este
>>> tema, a
>>> quién conozco personalmente del
>>> Fellowship Program de ICANN y del
>>> curso de
>>> ISOC de Next Generation Leaders del
>>> cual soy su Experta Moderadora,
>>> respecto de quien no tengo ningún
>>> conflicto personal y con quien me
>>> une
>>> incluso una amistad.
>>>
>>>
>>>
>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>>> Instituto Nacional de Defensa de la
>>> Competencia y de la Protección de la
>>> Propiedad Intelectual, que es la
>>> Agencia del gobierno peruano encargada
>>> de la Propiedad Intelectual.
>>> Enlace
>>> a su sitio web:
>>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>>
>>>
>>>
>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>>> defensa de los derechos de los
>>> consumidores (por favor, corríjanme si
>>> me equivoco), es finalmente
>>> una
>>> agencia del gobierno. El gobierno
>>> peruano es quien paga todos los
>>> meses su
>>> sueldo.
>>>
>>>
>>>
>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>>> siendo el contacto primario de
>>> AUI
>>> Perú con derecho a voto una persona
>>> que es empleada del gobierno de
>>> Perú,
>>> en el caso de presentarse un conflicto
>>> entre los intereses de los
>>> usuarios
>>> de Internet (regionales, aunque
>>> principalmente locales) y el gobierno
>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
>>> en una situación de conflicto
>>> de
>>> intereses, y debería apartarse de
>>> representar a los usuarios de
>>> Internet
>>> de
>>> Perú y abstenerse de votar como
>>> delegada de su ALS. En ese caso,
>>> estaríamos
>>> volviendo inexistente la
>>> representación de dicha ALS. En mi
>>> opinión,
>>> se
>>> podría participar de las discusiones
>>> como contacto secundario, pero
>>> al
>>> momento del voto, siendo contacto
>>> primario, se deberían abstener
>>> perdiendo
>>> el derecho que le asiste a toda ALS
>>> acreditada.
>>>
>>>
>>>
>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
>>> a Johnny a Maritza la
>>> posibilidad de
>>> revisar esta modificación del contacto
>>> primario con derecho a voto de
>>> AUI
>>> Perú para lograr que su participación
>>> sea realmente efectiva dentro
>>> de
>>> LACRALO y de At-Large en general, en
>>> representación de los intereses
>>> de
>>> los
>>> usuarios finales de Internet.
>>>
>>>
>>>
>>> Quedo a su disposición para colaborar
>>> con ustedes en lo que esté
>>> dentro de
>>> mis posibilidades.
>>>
>>>
>>>
>>> Saludos cordiales,
>>>
>>> Fatima Cambronero
>>>
>>>
>>>
>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
>>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
>>>
>>> escribió:
>>>
>>> Estimado Alberto,
>>>
>>> En principio para felicitar esta
>>> iniciativa, me parece muy saludable
>>> que
>>> las ALS deleguen o acrediten a un
>>> segundo representante. En este
>>>
>>> sentido,
>>>
>>> presentamos a la Srta. Abogada
>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
>>> representante de AUI PERU, para
>>> los efectos de representación ante
>>>
>>> LACRALO
>>>
>>> e ICANN.
>>>
>>> En este mismo sentido, en mi
>>> condición de Presidente y Titular
>>>
>>> acreditado
>>>
>>> de AUI PERU, mediante el presente
>>> solicito se le otorgue las
>>> credenciales de votación en
>>> representación de nuestra
>>> organización
>>> en LACRALO.
>>>
>>> Agradezco la atención al presente.
>>>
>>> Atentamente,
>>>
>>> Johnny Laureano
>>> Pdte. AUI PERU
>>>
>>>
>>>
>>>
>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>>> Alberto Soto
>>> <alberto(a)soto.net.ar
>>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
>>>
>>> escribió:
>>>
>>> Estimados, según nuestras
>>> normas cada ALS puede tener dos
>>>
>>> representantes.
>>>
>>> Uno de ellos es quien es
>>> designado por la misma y
>>> autorizado a
>>> votar,
>>>
>>> y
>>>
>>> es
>>>
>>> a
>>> quien se le envían las
>>> credenciales correspondientes.
>>>
>>> Pero en algunas
>>> organizaciones, por varias
>>> razones el titular puede
>>> no
>>> estar
>>> disponible en algunos momentos
>>> y desea que el otro representante
>>>
>>> tenga la
>>>
>>> información necesaria.
>>>
>>> Es por ello que las ALSs que
>>> lo deseen, pueden enviarme el
>>> nombre y
>>>
>>> correo
>>>
>>> del segundo representante para
>>> agregarlos en las listas de
>>> mails de
>>> LACRALO.
>>>
>>> Siempre permanecerá para la
>>> votación el designado
>>> oportunamente,
>>> hasta
>>>
>>> que
>>>
>>> la ALS informe oficialmente un
>>> cambio.
>>>
>>>
>>>
>>> Saludos cordiales
>>>
>>>
>>>
>>> Alberto Soto
>>>
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Dr. Alejandro Pisanty
School of Chemistry UNAM
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http://mm.icann.org/transbot_archive/925b57a80c.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: myaguero(a)aui.pe
Dear @ s tod @ s,
Sorry for the delay in responding, I had a health problem that I
prevented from doing so before.
I think the criteria of incompatibility and conflict of interest
must be associated with the functions directly to each plays
within a government. Consider the argument that the mere
fact receive a salary from the state to be an inconsistency
represent users, would introduce a discriminatory variable
for people who are not official spokespersons or representatives of a
Administration, and on the contrary, this criterion would be sufficient to perform
limitations and restrict our freedom as individuals and citizens who
No law prohibits in the world.
As some people know, Indecopi is a government agency that
is functional, technical and economic autonomy unlike other
agencies. Inside the indecopi there are 10 committees and 3
Meeting Specialist (Intellectual Property, Consumer Protection and
Antitrust) who see different themes and all are
independent, that is, no overlap in their functions or are
meddling in issues that are not within their competence (1 Antitrust, 2.
Dumping, Bureaucratic Barriers 3, 4 Consumer Protection 5.
Unfair Competition Bankruptcy Proceedings 6, 7 Property
Intellectual (divided in 3 Commissions: Distinctive Signs 7.1, 7.2..
Copyright and 7.3. Inventions) and Quality Infrastructure 8).
For many countries Indecopi is a hybrid and, in turn, a reference to
world for how it handles the technical and functional quality
their pronouncements.
In my case and focusing the subject under discussion, although work
to that agency (a situation that has never been denied), my work is
technique - solving the Chamber on Intellectual Property. No
I am the official spokesperson or official representative of the government, so much so
that in all cases that are under my responsibility are
signed by a person in charge and there is a collegial body (5 Members)
which is responsible for approving (or not) and discuss the procedures that I have to
my charge when they (Vocals) who ultimately determine the
meaning of a statement.
Also, in my country there are other government agencies that are responsible
of tasks related to Icann (eg point defense Amazon
was conducted by the Ministry of Foreign Affairs of Peru, the
country promoting marks is performed through Promperú (another
State agency), the protection of consumers is done by a Commission
and / or Special Branch Indecopi independent and not linked to other
areas, etc).
I have carefully reviewed the bylaws
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
. additional "4.1) and interpret the following:
a) The definition of "official" that the bylaws states is the
hold an elective government position, ie, officially named,
what will become a title of "official" type and these appointments
official in my country are made by resolution of the Executive (or
who may delegate such functions) and subsequent publication in the Journal
Official "El Peruano".
b) The second requirement is to have "* primary * function", ie,
by "* Main function *" development or power to influence
governmental or public policies. Situation as I have explained
before, it does not happen in my case within the government.
As you can see, there is no incompatibility between my condition
salaried government, with other features.If it were the case then
I would go to the extreme that I could not be Professor Graduate (because also
I am an academic at a private university) and a technical level to discuss the
laws of my country (within which the criteria and laws are
Indecopi specific) or writing * papers * or lecture in the
which expresses my technical and academic position on legal issues, because
that's my profession (lawyer) and my premium on worker status
government.
As you can see, there is no incompatibility between my condition
salaried government and representation on behalf of users. Without
Subject to what I have stated previously, I am available to what
LACRALO authorities determined.
Finally, I would like to thank the people who were the subject
clear discussion and voted in favor of representation Johnny
so graciously has delegated to me. Thanks Vanda, Sergio Salinas,
Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny and everyone else s.
Greetings and remain at your disposal for any questions you and / or
additional comment.
Maritza Agüero
The September 13, 2014 3:43 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com>
wrote:
> Estimado Alejandro,
>
> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>
> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del
> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>
> *Español:*
>
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>
> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÃN DE LOS DIRECTORES)
> *
>
> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un
> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o
> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el
> presente documento, el término âfuncionarioâ hace referencia a una persona
> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de
> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar polÃticas gubernamentales o
> públicas.
>
> *Portugués:*
>
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>
> *Seção 4. QUALIFICAÃÃES ADICIONAIS*
>
> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma
> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou
> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
> desenvolver ou influenciar polÃticas públicas ou governamentais.
>
> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>
> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es
> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las
> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y
> por ello, no pueden aplicarse por "analogÃa". Ello estarÃa conforme con lo
> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos
> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros
> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como
> ALS."
>
> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me
> refiero también a LACRALO, habrÃa que ver si en este caso se cumplen los
> requisitos, o sea, habrÃa que determinar si Maritza calza en estos
> criterios, los que son:
> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
> influenciar *_polÃticas gubernamentales o públicas.
>
> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>
> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
> gubernamental, se cumplirÃa el primer supuesto planteado.
> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar
> o influenciar polÃticas publicas o gubernamentales.
>
> Aquà serÃa bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en
> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es
> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumplirÃa
> el requisito, e incluso podrÃa ser miembro del BOARD.
>
> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO.
> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habrÃa que
> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>
> Un abrazo a todos
>
>
>
>
>
> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>
>> Humberto,
>>
>> aquà está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/
>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>
>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>
>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>> a national government or a multinational entity established by
>> treaty or other agreement between national governments may serve
>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>> employed by such government or multinational entity and whose
>> primary function with such government or entity is to develop or
>> influence governmental or public policies.
>>
>>
>> Nótese bien que en algunos paÃses algunas instituciones del
>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>> polÃticas gubernamentales o públicas, se les aplicarÃa el mismo
>> artÃculo.
>>
>> El artÃculo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>> ("el espÃritu del legislador", como dicen en algunos paÃses los
>> abogados).
>>
>> AñadirÃa un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>> Union o CITEL, en temas de polÃtica que afectan la gobernanza de
>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>> regularmente pagan sus cuentas.
>>
>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>
>> Alejandro Pisanty
>>
>>
>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>>
>>
>> Estimado Alejandro:
>>
>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>> revisarla en detalle?
>>
>> Muchas gracias de antemano.
>>
>> Un abrazo
>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>
>> Vanda,
>>
>> aquà hay un malentendido.
>>
>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>> el Board - a
>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>> organizaciones que
>> hacen las polÃticas que afectan a Internet.
>>
>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>> cuidadosamente y
>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>> educación e
>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>
>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>> las cuales
>> tenemos miembros en LACRALO sà están en esa situación.
>>
>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>> - están
>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>> pueden ir en
>> contra de las polÃticas de sus empleadores. Ãstos están
>> representados en
>> ICANN a través del GAC.
>>
>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>> NPOC; NCSG, At
>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>> Independencia de
>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>> como las
>> polÃticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>> claridad sin
>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>
>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>> posiciones de los
>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahÃ.
>>
>> Alejandro Pisanty
>>
>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
>> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>>
>>
>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>> tuvo en este
>> asunto.
>>
>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>> una persona del
>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>> directa con los
>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>
>> B) Pero confirmé que no és asÃ. La persona en cuestión
>> tiene una actividad
>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>> simplesmente una
>> empleada del gobierno. w
>>
>> Mis razones:
>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>> represente la posición
>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>> el órgano de
>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>> de LACRALO ,
>> como hacemos con los empleados de las universidades
>> públicas que están en
>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>> de la
>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>> todos conocido,
>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>> involucrado con
>> LACRALO y asà debe permanecer !!.
>> AsÃ, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>> los usuarios, en
>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>> el facto de la
>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>> especial
>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>
>> Asà retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>> asuma la posición a
>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>> demás.
>>
>> Abrazos a todos
>>
>> Vanda Scartezini
>> Polo Consultores Associados
>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>> Land Line: +55 11 3266.6253
>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>>
>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>> persona función de su
>> trabajo puede participar: como representante directo
>> del gobierno, como
>> representante de interés de un agente económico, sea
>> una entidad con fines
>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>> también espacio apra
>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>> discriminación si es una
>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>> intelectual.
>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>> agravar los que
>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>> internet. Para estes
>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>> foco en la defensa de
>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>> sean gobiernos nin
>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>> agencia de gobierno
>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>> defensa de s\los
>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>> presidente de la agencia
>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>> en nada tenia en
>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>> están ahora tampoco
>> tienen foco en usuarios de internet.
>> Vanda Scartezini
>> Polo Consultores Associados
>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>> Land Line: +55 11 3266.6253
>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>>
>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>> de modo pragmático y
>> también apegados a Derecho.
>>
>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>> grupos, son profesionales
>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>> resulta un insumo
>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>> trabajo aquà o en las
>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>> de modo directo
>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>> profesionales, etc) o
>> indirecto (valor agregado a sus propias
>> profesiones). Por tanto el
>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>> trabajan por que esa
>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>> les remunera
>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>> interés por el usuario es
>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>> exclusiva a estos temas
>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>
>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>> vivimos de esto ni directa
>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currÃculos
>> no aparece "voluntario
>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>> remunera de ningún modo. El
>> interés por el usuario es primario aquÃ. En este
>> caso nuestra
>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>> constante o profunda como
>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>> dedicado al voluntariado,
>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>> agrega valor para lo
>> que hacemos profesionalmente.
>>
>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>> algún momento tuviera un
>> conflicto de intereses real o potencial esto
>> deberá ser analizado EN
>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>> este delegado continua o
>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>> está el suplente
>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>> participar por algo
>> potencial, por un PODRÃA. En una junta cuando uno
>> de los miembros puede
>> tener un conflicto en determinado y especÃfico
>> tema, lo declara y se
>> abstiene de participar o delega su participación y
>> es el hecho que
>> corresponde.
>>
>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>> institución PODRÃA
>> representar un conflicto es irrelevante para la
>> actuación de la delegada
>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>> conflicto se lo analizará Y
>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>
>> Carlos Vera Quintana
>> 0988141143
>> SÃgueme @cveraq
>>
>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>> <fatimacambronero(a)gmail.com
>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>>
>>
>> Sergio,
>>
>> He leÃdo comentarios absurdos pero la verdad
>> que esto supera cualquiera
>> del
>> tipo.
>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>> funcionario público, que el
>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>> directamente un
>> conflicto de
>> interés cuando hay que defender los intereses
>> de los usuarios. Lo
>> quieras
>> justificar como lo quieras justificar.
>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>> Agencia del gobierno que
>> se
>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>> ejemplo ficticio, que un
>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>> de Perú se convierta en
>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>> que va a representar y
>> defender
>> INDECOPI?
>> En el caso de que un empleado del gobierno
>> (empleado o funcionario)
>> quiera
>> representar los intereses de los usuarios, es
>> un conflicto, acá y en
>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>> situaciones similares en LACRALO?
>> SÃ.
>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>> ALS? SÃ. Que no lo
>> quieran
>> hacer es otra cosa.
>> Además serÃa importante que leas
>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>> preocupación
>> está dirigida a asegurarles una debida
>> representación a AUI Perú,
>> porque sé
>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>> esa representación y mi
>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>> persona que no tenga
>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>> LACRALO. Esa fue la
>> misma
>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>> Por otro lado serÃa importante que te informes
>> correctamente antes de
>> realizar ataques contra mi persona, que además
>> no tienen nada que ver.
>> Yo
>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>> Córdoba ni del gobierno
>> de
>> Argentina (sà tenemos en LACRALO empleados del
>> gobierno de Argentina).
>> Yo
>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>> la UNC como Profesora
>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>> ningún sueldo, ni
>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>> porque me gusta la docencia
>> y
>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>> la decisión que he tomado
>> de
>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>> personales.
>> Asà que por favor, enfocate correctamente en
>> el tema que he planteado y
>> no
>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>> atención sobre asuntos que no
>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>> está conversando.
>> También serÃa bueno ver un poco más de
>> corporativismo al momento de
>> discutir statements y policies, eso serÃa más
>> productivo para LACRALO.
>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>> inexistente con la nueva
>> representación que han elegido.
>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>> no se convierta en regla
>> en
>> este hilo ni en LACRALO.
>>
>> Fatima Cambronero
>>
>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>> Salinas Porto <
>> presidencia(a)internauta.org.ar
>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
>>
>>
>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>> acuerdo con vos.
>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>> propio de un recién iniciado.
>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>> ser empleado publico.
>> Con el criterio que estas marcando muchos
>> de los/las compañeros de
>> LACRALO
>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>> lo que se, muchos se
>> desempeñan
>> como docentes de universidades publicas
>> (vos también no?), o son
>> empleados
>> de la justicia, o empleados de
>> reparticiones municipales o
>> provinciales.
>> Estudiantes de una universidad pública
>> (podria llegar a pender su nota
>> de
>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>> El conflicto recide en si es funcionario
>> público con deciciones
>> gubernamentales o no.
>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>> incluso cuando te propusiste
>> para
>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>> interes cuando persibÃas
>> dinero del
>> gobierno nacional (que es de donde
>> provienen los fondos de educación
>> en
>> argentina) siendo docente de la
>> universidad nacional de córdoba.
>> Para que quede claro y no se mal
>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>> conflicto de interes en lo que respecta a
>> vos ni en lo que respecta a
>> Maritza.
>> Abrazo querida fatima!
>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>> Cambronero" <
>> fatimacambronero(a)gmail.com
>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>>
>> escribió:
>>
>>
>> Johnny, todas/os,
>>
>>
>>
>> En primer lugar quisiera disculparme
>> por la demora en responder este
>> hilo
>> de correos. Estuve de viaje y con
>> dificultades para seguir todas las
>> conversaciones.
>>
>>
>>
>> Luego me gustarÃa hacer dos
>> comentarios respecto de este asunto.
>>
>>
>>
>> La posibilidad de designar dos
>> contactos por cada ALS (uno primario
>> con
>> derecho a voto y un contacto
>> secundario sin derecho a voto) se
>> encuentra
>> vigente desde los comienzos mismos de
>> LACRALO. Pueden revisar
>> nuestros
>> Principios Operativos vigentes aquÃ,
>> en el #4:
>>
>>
>>
>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>> Principios%25
>>
>> 2
>> 0Operativos%2520de%2520la%
>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>> e
>> rsion=1&modificationDate=
>> 1283972736000&api=v2
>>
>>
>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>
>>
>>
>> En segundo lugar, respecto de la
>> solicitud que estás realizando
>> Johnny, de
>> designar a Maritza AgÌero Miñano como
>> contacto secundario (eso dices
>> en el
>> primer párrafo de tu correo) o como
>> contacto primario con derecho a
>> voto
>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>> correo) de AUI Perú, quisiera
>> manifestar una preocupación al
>> respecto. Antes de eso, me gustarÃa
>> aclarar
>> que he tenido una conversación en
>> privado con Maritza sobre este
>> tema, a
>> quién conozco personalmente del
>> Fellowship Program de ICANN y del
>> curso de
>> ISOC de Next Generation Leaders del
>> cual soy su Experta Moderadora,
>> respecto de quien no tengo ningún
>> conflicto personal y con quien me
>> une
>> incluso una amistad.
>>
>>
>>
>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>> Instituto Nacional de Defensa de la
>> Competencia y de la Protección de la
>> Propiedad Intelectual, que es la
>> Agencia del gobierno peruano encargada
>> de la Propiedad Intelectual.
>> Enlace
>> a su sitio web:
>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>
>>
>>
>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>> defensa de los derechos de los
>> consumidores (por favor, corrÃjanme si
>> me equivoco), es finalmente
>> una
>> agencia del gobierno. El gobierno
>> peruano es quien paga todos los
>> meses su
>> sueldo.
>>
>>
>>
>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>> siendo el contacto primario de
>> AUI
>> Perú con derecho a voto una persona
>> que es empleada del gobierno de
>> Perú,
>> en el caso de presentarse un conflicto
>> entre los intereses de los
>> usuarios
>> de Internet (regionales, aunque
>> principalmente locales) y el gobierno
>> peruano, se estarÃa poniendo a Maritza
>> en una situación de conflicto
>> de
>> intereses, y deberÃa apartarse de
>> representar a los usuarios de
>> Internet
>> de
>> Perú y abstenerse de votar como
>> delegada de su ALS. En ese caso,
>> estarÃamos
>> volviendo inexistente la
>> representación de dicha ALS. En mi
>> opinión,
>> se
>> podrÃa participar de las discusiones
>> como contacto secundario, pero
>> al
>> momento del voto, siendo contacto
>> primario, se deberÃan abstener
>> perdiendo
>> el derecho que le asiste a toda ALS
>> acreditada.
>>
>>
>>
>> Por lo tanto, me gustarÃa solicitarle
>> a Johnny a Maritza la
>> posibilidad de
>> revisar esta modificación del contacto
>> primario con derecho a voto de
>> AUI
>> Perú para lograr que su participación
>> sea realmente efectiva dentro
>> de
>> LACRALO y de At-Large en general, en
>> representación de los intereses
>> de
>> los
>> usuarios finales de Internet.
>>
>>
>>
>> Quedo a su disposición para colaborar
>> con ustedes en lo que esté
>> dentro de
>> mis posibilidades.
>>
>>
>>
>> Saludos cordiales,
>>
>> Fatima Cambronero
>>
>>
>>
>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
>> <mailto:jlaureano@aui.pe>
>>
>> escribió:
>>
>> Estimado Alberto,
>>
>> En principio para felicitar esta
>> iniciativa, me parece muy saludable
>> que
>> las ALS deleguen o acrediten a un
>> segundo representante. En este
>>
>> sentido,
>>
>> presentamos a la Srta. Abogada
>> Maritza AgÌero Miñano como segunda
>> representante de AUI PERU, para
>> los efectos de representación ante
>>
>> LACRALO
>>
>> e ICANN.
>>
>> En este mismo sentido, en mi
>> condición de Presidente y Titular
>>
>> acreditado
>>
>> de AUI PERU, mediante el presente
>> solicito se le otorgue las
>> credenciales de votación en
>> representación de nuestra organización
>> en LACRALO.
>>
>> Agradezco la atención al presente.
>>
>> Atentamente,
>>
>> Johnny Laureano
>> Pdte. AUI PERU
>>
>>
>>
>>
>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>> Alberto Soto
>> <alberto(a)soto.net.ar
>> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
>>
>> escribió:
>>
>> Estimados, según nuestras
>> normas cada ALS puede tener dos
>>
>> representantes.
>>
>> Uno de ellos es quien es
>> designado por la misma y
>> autorizado a
>> votar,
>>
>> y
>>
>> es
>>
>> a
>> quien se le envÃan las
>> credenciales correspondientes.
>>
>> Pero en algunas
>> organizaciones, por varias
>> razones el titular puede
>> no
>> estar
>> disponible en algunos momentos
>> y desea que el otro representante
>>
>> tenga la
>>
>> información necesaria.
>>
>> Es por ello que las ALSs que
>> lo deseen, pueden enviarme el
>> nombre y
>>
>> correo
>>
>> del segundo representante para
>> agregarlos en las listas de
>> mails de
>> LACRALO.
>>
>> Siempre permanecerá para la
>> votación el designado
>> oportunamente,
>> hasta
>>
>> que
>>
>> la ALS informe oficialmente un
>> cambio.
>>
>>
>>
>> Saludos cordiales
>>
>>
>>
>> Alberto Soto
>>
>>
>>
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>> *Fatima Cambronero*
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>>
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>> Dr. Alejandro Pisanty
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lac-discuss-es(a)atlarge-lists.icann.org
https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
http://www.lacralo.org
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/53af2a9083.html
--]]
1
0
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: hcarrascob(a)gmail.com
Dear Alejandro,
Thank you very much again for the focus point of the debate.
For clarity of those without a good understanding of
let me copy English versions in Spanish and Portuguese:
* Spanish: *
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
* Section 4: ADDITIONAL REQUIREMENTS (FOR SELECTION OF DIRECTORS)
*
1 Notwithstanding any contrary provision in this
document can not serve as a director of any officer
national government or a multinational entity established by treaty
or other agreement between national governments.According use in
herein, the term "official" means a
person (i) who holds an elective governmental office or (ii) which is
employee of such a government or governmental entity whose function
principal in such government or entity is to develop or influence
governmental or public policies.
* Portuguese: *
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
* Seção 4 QUALIFICAÇÕES Adicionais *
1 However Não em something Contrário nthis paper, amu official nenhum
Entidade national ou do governo estabelecida multinational treaty
ou outro agreed between Governos nacionais prune atuar as Diretor um.
As used nThis document, or "official" uma pessoa thermal means (i)
that mantém eleitoral governamental charge ou um (ii) é da work
Entidade governamental multinational and cuja ou é main função
develop ou ou Governamentais influence public policy.
I clarified this, continue my review in the sense of trying to
elucidate this point more safely:
1.-This is a rule that applies to the Board (Board) as well as
Alejandro said and not in regulations LACRALO. Thus,
is arguably extend its application to LACRALO. This is because in law,
rules establishing requirements "should be interpreted
restrictively "and therefore can not be applied by" analogy. "This
would be consistent with the provisions of clause 3.1 of the MOU which states:
"The LACRALO shall consist of At-Large Structures and individuals with
non-business interests in Latin America and the Caribbean.
All citizens or residents of the region are welcome to be
members of an ALS or to form a new organization that will
accredited as ALS. "
2. However, if the community understands that this rule derives a
"* General principle *" applies to all ICANN stakeholders and thus
I also refer to LACRALO have to see whether this case meets
requirements, that is, would be whether these shoes Maritza
criteria, which are:
(I) occupied by an elected government position or
(Ii) who is employed by such government or government entity whose
* _ * Main function _in such government or entity is to develop or _ *
* _políticas influence governmental or public.
Maritza Apparently not occupy an elective government position. Then
centrémonos, see if you can be pigeonholed in the second situation.
If we understand that INDECOPI a.- is government or entity
government, will satisfy the first course raised.
b.- What we must determine is whether * your * main function is
develop or influence governmental or public policies.
Here would be good to know what the * main function * she meets
INDECOPI, because if it is an operative function (eg
is who should draft resolutions on trademark issues), not
meet the requirement, and might even be a member of the BOARD.
* To summarize, it is not a simple issue, but as I understand the rule
It cited by Alejandro does not expressly apply to members of
LACRALO. If the community thinks of this rule derives a principle
generally applicable to all players in ICANN (including LACRALO)
would have to determine which is the main function of Maritza in INDECOPI. *
A hug to everyone
El 13/09/2014 2:26 a.m., Alejandro Pisanty wrote:
> Humberto,
>
> aquà está la sección relevante de las "Bylaws" en
> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>
> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>
> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
> a national government or a multinational entity established by
> treaty or other agreement between national governments may serve
> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
> employed by such government or multinational entity and whose
> primary function with such government or entity is to develop or
> influence governmental or public policies.
>
>
> Nótese bien que en algunos paÃses algunas instituciones del
> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
> polÃticas gubernamentales o públicas, se les aplicarÃa el mismo
> artÃculo.
>
> El artÃculo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
> Además de la letra de la ley están los principios que representa
> ("el espÃritu del legislador", como dicen en algunos paÃses los
> abogados).
>
> AñadirÃa un caso de conflicto más sutil pero importante: un
> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
> Union o CITEL, en temas de polÃtica que afectan la gobernanza de
> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
> regularmente pagan sus cuentas.
>
> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>
> Alejandro Pisanty
>
>
> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob(a)gmail.com
> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
>
> Estimado Alejandro:
>
> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
> revisarla en detalle?
>
> Muchas gracias de antemano.
>
> Un abrazo
> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>
> Vanda,
>
> aquà hay un malentendido.
>
> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
> el Board - a
> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
> organizaciones que
> hacen las polÃticas que afectan a Internet.
>
> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
> cuidadosamente y
> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
> educación e
> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>
> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
> las cuales
> tenemos miembros en LACRALO sà están en esa situación.
>
> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
> - están
> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
> pueden ir en
> contra de las polÃticas de sus empleadores. Ãstos están
> representados en
> ICANN a través del GAC.
>
> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
> NPOC; NCSG, At
> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
> Independencia de
> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
> como las
> polÃticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
> claridad sin
> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>
> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
> posiciones de los
> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahÃ.
>
> Alejandro Pisanty
>
> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda(a)uol.com.br
> <mailto:vanda@uol.com.br>>:
>
> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
> tuvo en este
> asunto.
>
> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
> una persona del
> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
> directa con los
> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>
> B) Pero confirmé que no és asÃ. La persona en cuestión
> tiene una actividad
> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
> simplesmente una
> empleada del gobierno. w
>
> Mis razones:
> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
> represente la posición
> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
> el órgano de
> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
> de LACRALO ,
> como hacemos con los empleados de las universidades
> públicas que están en
> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
> de la
> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
> todos conocido,
> porque no queremos perderlo por cierto y está super
> involucrado con
> LACRALO y asà debe permanecer !!.
> AsÃ, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
> los usuarios, en
> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
> el facto de la
> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
> especial
> titulo, pueda ser un impedimento.
>
> Asà retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
> asuma la posición a
> que fue considerada con todos los directos iguales a los
> demás.
>
> Abrazos a todos
>
> Vanda Scartezini
> Polo Consultores Associados
> Av. Paulista 1159, cj 1004
> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> Land Line: +55 11 3266.6253
> Mobile: + 55 11 98181.1464
>
>
>
>
>
>
>
> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda(a)uol.com.br
> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
>
> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
> persona función de su
> trabajo puede participar: como representante directo
> del gobierno, como
> representante de interés de un agente económico, sea
> una entidad con fines
> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
> también espacio apra
> los expertos de propiedad intelectual. No hay
> discriminación si es una
> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
> intelectual.
> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
> agravar los que
> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
> internet. Para estes
> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
> foco en la defensa de
> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
> sean gobiernos nin
> que t=visen obtener lucro en su actividad.
> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
> agencia de gobierno
> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
> defensa de s\los
> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
> presidente de la agencia
> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
> en nada tenia en
> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
> están ahora tampoco
> tienen foco en usuarios de internet.
> Vanda Scartezini
> Polo Consultores Associados
> Av. Paulista 1159, cj 1004
> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
> Land Line: +55 11 3266.6253
> Mobile: + 55 11 98181.1464
>
>
>
>
>
>
>
> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
> <cveraq(a)gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
>
> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
> de modo pragmático y
> también apegados a Derecho.
>
> 1. Muchos de los representantes en este y otros
> grupos, son profesionales
> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
> resulta un insumo
> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
> trabajo aquà o en las
> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
> de modo directo
> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
> profesionales, etc) o
> indirecto (valor agregado a sus propias
> profesiones). Por tanto el
> "voluntariado" como tal no existe sino que
> trabajan por que esa
> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
> les remunera
> profesionalmente directa o indirectamente. El
> interés por el usuario es
> real pero secundario y tienen una dedicación casi
> exclusiva a estos temas
> pues es parte de su trabajo o profesión.
>
> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
> vivimos de esto ni directa
> ni indirectamente. Es decir en nuestros currÃculos
> no aparece "voluntario
> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
> remunera de ningún modo. El
> interés por el usuario es primario aquÃ. En este
> caso nuestra
> participación a menudo no es todo lo intensa,
> constante o profunda como
> los primeros pues debemos, además del tiempo
> dedicado al voluntariado,
> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
> agrega valor para lo
> que hacemos profesionalmente.
>
> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
> algún momento tuviera un
> conflicto de intereses real o potencial esto
> deberá ser analizado EN
> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
> este delegado continua o
> no su rol para esa determinada situación. Para eso
> está el suplente
> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
> participar por algo
> potencial, por un PODRÃA. En una junta cuando uno
> de los miembros puede
> tener un conflicto en determinado y especÃfico
> tema, lo declara y se
> abstiene de participar o delega su participación y
> es el hecho que
> corresponde.
>
> 4. El argumento de que ser funcionario de una
> institución PODRÃA
> representar un conflicto es irrelevante para la
> actuación de la delegada
> de Perú. Si en algún momento se presenta un
> conflicto se lo analizará Y
> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>
> Carlos Vera Quintana
> 0988141143
> SÃgueme @cveraq
>
> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
> <fatimacambronero(a)gmail.com
> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>
> Sergio,
>
> He leÃdo comentarios absurdos pero la verdad
> que esto supera cualquiera
> del
> tipo.
> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
> funcionario público, que el
> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
> directamente un
> conflicto de
> interés cuando hay que defender los intereses
> de los usuarios. Lo
> quieras
> justificar como lo quieras justificar.
> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
> Agencia del gobierno que
> se
> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
> ejemplo ficticio, que un
> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
> de Perú se convierta en
> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
> que va a representar y
> defender
> INDECOPI?
> En el caso de que un empleado del gobierno
> (empleado o funcionario)
> quiera
> representar los intereses de los usuarios, es
> un conflicto, acá y en
> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
> situaciones similares en LACRALO?
> SÃ.
> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
> ALS? SÃ. Que no lo
> quieran
> hacer es otra cosa.
> Además serÃa importante que leas
> cuidadosamente mi mensaje. Mi
> preocupación
> está dirigida a asegurarles una debida
> representación a AUI Perú,
> porque sé
> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
> esa representación y mi
> comentario fue dirigido a que busquen a otra
> persona que no tenga
> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
> LACRALO. Esa fue la
> misma
> conversación que tuve en privado con Maritza.
> Por otro lado serÃa importante que te informes
> correctamente antes de
> realizar ataques contra mi persona, que además
> no tienen nada que ver.
> Yo
> no soy empleada de la Universidad Nacional de
> Córdoba ni del gobierno
> de
> Argentina (sà tenemos en LACRALO empleados del
> gobierno de Argentina).
> Yo
> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
> la UNC como Profesora
> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
> ningún sueldo, ni
> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
> porque me gusta la docencia
> y
> porque como lo hago en At-Large, es parte de
> la decisión que he tomado
> de
> realizar trabajo voluntario por convicciones
> personales.
> Asà que por favor, enfocate correctamente en
> el tema que he planteado y
> no
> hagas como hacés siempre, de desviar la
> atención sobre asuntos que no
> tienen nada que ver con la sustancia que se
> está conversando.
> También serÃa bueno ver un poco más de
> corporativismo al momento de
> discutir statements y policies, eso serÃa más
> productivo para LACRALO.
> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
> inexistente con la nueva
> representación que han elegido.
> Deseo profundamente que atacar para defenderse
> no se convierta en regla
> en
> este hilo ni en LACRALO.
>
> Fatima Cambronero
>
> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
> Salinas Porto <
> presidencia(a)internauta.org.ar
> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
>
> Estimada Fatima, lamento no estar de
> acuerdo con vos.
> Creo que ingresas en un equivoco grande
> propio de un recién iniciado.
> Una cosa es ser funcionario publico y otra
> ser empleado publico.
> Con el criterio que estas marcando muchos
> de los/las compañeros de
> LACRALO
> deberian dejar se ser miembros, ya que por
> lo que se, muchos se
> desempeñan
> como docentes de universidades publicas
> (vos también no?), o son
> empleados
> de la justicia, o empleados de
> reparticiones municipales o
> provinciales.
> Estudiantes de una universidad pública
> (podria llegar a pender su nota
> de
> lo que vote en Lacralo?), etc.
> El conflicto recide en si es funcionario
> público con deciciones
> gubernamentales o no.
> No he visto ninguna manifestacion tuya,
> incluso cuando te propusiste
> para
> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
> interes cuando persibÃas
> dinero del
> gobierno nacional (que es de donde
> provienen los fondos de educación
> en
> argentina) siendo docente de la
> universidad nacional de córdoba.
> Para que quede claro y no se mal
> intemplete: Yo creo que no hay ningun
> conflicto de interes en lo que respecta a
> vos ni en lo que respecta a
> Maritza.
> Abrazo querida fatima!
> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
> Cambronero" <
> fatimacambronero(a)gmail.com
> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
>
> Johnny, todas/os,
>
>
>
> En primer lugar quisiera disculparme
> por la demora en responder este
> hilo
> de correos. Estuve de viaje y con
> dificultades para seguir todas las
> conversaciones.
>
>
>
> Luego me gustarÃa hacer dos
> comentarios respecto de este asunto.
>
>
>
> La posibilidad de designar dos
> contactos por cada ALS (uno primario
> con
> derecho a voto y un contacto
> secundario sin derecho a voto) se
> encuentra
> vigente desde los comienzos mismos de
> LACRALO. Pueden revisar
> nuestros
> Principios Operativos vigentes aquÃ,
> en el #4:
>
>
>
> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25
>
> 2
> 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
> e
> rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
>
>
> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>
>
>
> En segundo lugar, respecto de la
> solicitud que estás realizando
> Johnny, de
> designar a Maritza AgÌero Miñano como
> contacto secundario (eso dices
> en el
> primer párrafo de tu correo) o como
> contacto primario con derecho a
> voto
> (eso dices en el segundo párrafo de tu
> correo) de AUI Perú, quisiera
> manifestar una preocupación al
> respecto. Antes de eso, me gustarÃa
> aclarar
> que he tenido una conversación en
> privado con Maritza sobre este
> tema, a
> quién conozco personalmente del
> Fellowship Program de ICANN y del
> curso de
> ISOC de Next Generation Leaders del
> cual soy su Experta Moderadora,
> respecto de quien no tengo ningún
> conflicto personal y con quien me
> une
> incluso una amistad.
>
>
>
> Martiza trabaja para el INDECOPI,
> Instituto Nacional de Defensa de la
> Competencia y de la Protección de la
> Propiedad Intelectual, que es la
> Agencia del gobierno peruano encargada
> de la Propiedad Intelectual.
> Enlace
> a su sitio web:
> http://www.indecopi.gob.pe/
>
>
>
> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
> defensa de los derechos de los
> consumidores (por favor, corrÃjanme si
> me equivoco), es finalmente
> una
> agencia del gobierno. El gobierno
> peruano es quien paga todos los
> meses su
> sueldo.
>
>
>
> Mi preocupación es por lo tanto, que
> siendo el contacto primario de
> AUI
> Perú con derecho a voto una persona
> que es empleada del gobierno de
> Perú,
> en el caso de presentarse un conflicto
> entre los intereses de los
> usuarios
> de Internet (regionales, aunque
> principalmente locales) y el gobierno
> peruano, se estarÃa poniendo a Maritza
> en una situación de conflicto
> de
> intereses, y deberÃa apartarse de
> representar a los usuarios de
> Internet
> de
> Perú y abstenerse de votar como
> delegada de su ALS. En ese caso,
> estarÃamos
> volviendo inexistente la
> representación de dicha ALS. En mi
> opinión,
> se
> podrÃa participar de las discusiones
> como contacto secundario, pero
> al
> momento del voto, siendo contacto
> primario, se deberÃan abstener
> perdiendo
> el derecho que le asiste a toda ALS
> acreditada.
>
>
>
> Por lo tanto, me gustarÃa solicitarle
> a Johnny a Maritza la
> posibilidad de
> revisar esta modificación del contacto
> primario con derecho a voto de
> AUI
> Perú para lograr que su participación
> sea realmente efectiva dentro
> de
> LACRALO y de At-Large en general, en
> representación de los intereses
> de
> los
> usuarios finales de Internet.
>
>
>
> Quedo a su disposición para colaborar
> con ustedes en lo que esté
> dentro de
> mis posibilidades.
>
>
>
> Saludos cordiales,
>
> Fatima Cambronero
>
>
>
> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
> Johnny Laureano <jlaureano(a)aui.pe
> <mailto:jlaureano@aui.pe>
> escribió:
>
> Estimado Alberto,
>
> En principio para felicitar esta
> iniciativa, me parece muy saludable
> que
> las ALS deleguen o acrediten a un
> segundo representante. En este
>
> sentido,
>
> presentamos a la Srta. Abogada
> Maritza AgÌero Miñano como segunda
> representante de AUI PERU, para
> los efectos de representación ante
>
> LACRALO
>
> e ICANN.
>
> En este mismo sentido, en mi
> condición de Presidente y Titular
>
> acreditado
>
> de AUI PERU, mediante el presente
> solicito se le otorgue las
> credenciales de votación en
> representación de nuestra organización
> en LACRALO.
>
> Agradezco la atención al presente.
>
> Atentamente,
>
> Johnny Laureano
> Pdte. AUI PERU
>
>
>
>
> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
> Alberto Soto
> <alberto(a)soto.net.ar
> <mailto:alberto@soto.net.ar>>
> escribió:
>
> Estimados, según nuestras
> normas cada ALS puede tener dos
>
> representantes.
>
> Uno de ellos es quien es
> designado por la misma y
> autorizado a
> votar,
>
> y
>
> es
>
> a
> quien se le envÃan las
> credenciales correspondientes.
>
> Pero en algunas
> organizaciones, por varias
> razones el titular puede
> no
> estar
> disponible en algunos momentos
> y desea que el otro representante
>
> tenga la
>
> información necesaria.
>
> Es por ello que las ALSs que
> lo deseen, pueden enviarme el
> nombre y
>
> correo
>
> del segundo representante para
> agregarlos en las listas de
> mails de
> LACRALO.
>
> Siempre permanecerá para la
> votación el designado
> oportunamente,
> hasta
>
> que
>
> la ALS informe oficialmente un
> cambio.
>
>
>
> Saludos cordiales
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
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> *Fatima Cambronero*
> Abogada-Argentina
>
> Phone: +54 9351 5282 668
> Twitter: @facambronero
> Skype: fatima.cambronero
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